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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de mayo de 2007 345914 Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:1º.-Aprobar la Exoneración del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Selectiva por el monto de S/. 55,200.00 (Cincuenta y cinco mil doscientos con 00/100 nuevos soles), para la contratación de los servicios de alquiler de un local de enseñanza para el Centro Pre Universitario, por la causal de desabastecimiento inminente que serán atendidos con los Recursos Directamente Recaudados durante el período de cuatro meses, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución Rectoral. 2º.-Precisar que el tipo y descripción básica de la contratación del servicio materia de exoneración por el período aprobado en el resolutivo que antecede, están incluidos y se describe en el anexo que en fojas uno (01) forma parte de la presente Resolución. 3º.- Encargar al Órgano de Control Interno de la Universidad determinar si corresponde las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Universidad, cuya conducta hubiese originado la presencia o con fi guración de la presente exoneración. 4º.-Determinar que la dependencia encargada de la contratación exonerada por medio del primer resolutivo de la presente Resolución, es el Centro Pre Universitario en coordinación con la O fi cina de Abastecimiento de la Universidad. 5º.-Encargar a la Secretaría General de la Universidad, la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario O fi cial El Peruano dentro del plazo de 10 días hábiles de haber sido expedida. 6º.-Encargar a la O fi cina de Abastecimiento remitir a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE copia del la presente Resolución Rectoral, conjuntamente con la copia de los Informes que la sustentan, empleando los formatos adecuados; así como, difundirla a través del SEACE dentro del plazo establecido por Ley. 7º.-Encargar a la Dirección General de Administración, a la Secretaría General, al Órgano de Control Interno y a la O fi cina de Abastecimiento de la Universidad, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.LUIS FERNANDO IZQUIERDO VASQUEZ Rector CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL LOCAL A CONTRATAR PARA EL CENTRO PRE UNIVERSITARIO DE LA UNMSM - Local ubicado en zona estratégica a no más de 120 metros de una avenida principal por donde circulen líneas de transportes que conecten el cono norte, cono sur, cono este y a la Provincia Constitucional del Callao. - Infraestructura de material noble con capacidad aproximada para 1000 personas. - Deberá contar con una cantidad mínima de 15 aulas - De tener más de un piso debe contar con escaleras de acceso a los niveles superiores reglamentaria, debe contar además con una escalera de emergencia. - Debe contar con servicios higiénicos independientes para varones y mujeres. - Todas las aulas deben estar equipadas con carpetas de preferencia bipersonales, así como pizarras para el dictado de clases. - Cada una de las aulas deberá tener buena iluminación natural y arti fi cial contando además con ventanas y puertas que aíslen el aula de ruidos externos. - Las aulas deben contar con buena ventilación natural. - El local debe contar con las aulas adecuadamente distribuidas y tener un espacio común apropiado. 64681-1ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Aprueban trámite anticipado, inscriben programa de bonos denominado “Primer Programa de Bonos de Titulización Estructurados Midas” y registran prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTÓNOMOS N° 02-2007-EF/94.06.2 Lima, 11 de mayo de 2007 VISTOS:El Expediente Nº 2006031121, así como el Memorándum N° 1345-2007-EF/94.06.2 de 11 de mayo de 2007; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 301 y 314 de la Ley del Mercado de Valores, en los fi deicomisos de titulización, la sociedad titulizadora que actúa como fi duciario es la que realiza la emisión de los valores respaldados por el patrimonio fi deicometido; Que, en sesión de fecha 28 de febrero 2005 el Directorio de Continental Sociedad Titulizadora S.A. aprobó la participación de la sociedad como fi duciario en un proceso de titulización, en virtud del cual se emitirán valores en el marco de un programa de emisión hasta por un monto máximo de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en nuevos soles. Asimismo, en dicha oportunidad, se encargó al señor Julio Montoya Pérez, en su calidad de Gerente General de la sociedad, la defi nición y precisión de las características especi fi cas de la participación de la sociedad en la operación; Que, posteriormente, mediante sesión de Directorio de fecha 27 de octubre de 2006, se rati fi có la participación de Continental Sociedad Titulizadora S.A. en el proceso de titulización antes referido, rati fi cándose al factor fi duciario designando para tal proceso; Que, asimismo, en sesión de fecha 27 de octubre de 2006, el Directorio de Continental Bolsa SAB S.A. aprobó la participación de la sociedad como originador y agente colocador en el proceso de titulización antes descrito, encargando al señor Ernesto Ferrero Merino, en su calidad de Gerente General, la de fi nición y precisión de las características especi fi cas de la operación; Que, Continental Bolsa SAB S.A. y Continental Sociedad Titulizadora S.A. suscribieron el denominado “Contrato Marco de Fideicomiso de Titulización” por medio del cual Continental Bolsa SAB S.A., se obligó a transferir en dominio fi duciario los Bonos Soberanos que se identi fi quen en cada Acto Constitutivo a favor de Continental Sociedad Titulizadora S.A., con el objeto de incorporarlos a cada uno de los patrimonios fi deicometidos que respaldarán los valores mobiliarios correspondientes a cada emisión; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 308 y 309 de la Ley de Mercado de Valores, el denominado “Contrato Marco de Fideicomiso de Titulización” fue elevado a escritura pública el 9 de abril de 2007 ante Notario Público de Lima Mario Benvenuto Murguía, y se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N° 11084241 del Registro de Personas Jurídicas de la O fi cina Registral de Lima y Callao; Que, mediante escritos de fecha 16 de noviembre de 2006, 4 de enero, 24 de abril y 4 de mayo de 2007,