Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2007 (25/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y archivese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 64008-1

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MORDAZA y Titulos Profesionales, por motivos de perdida, deterioro y mutilacion; Que, la Institucion regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de MORDAZA y Titulos, mediante Directiva, aprobada por Resolucion N° CU- 224 -2006UNSAAC de 9 de noviembre de 2006; Que, la administrada mediante expediente del Visto, solicita la emision de duplicado de diploma de Titulo Profesional, por motivo de perdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su peticion los requisitos establecidos en el Art. 4° de la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de MORDAZA y Titulos emitidos por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de MORDAZA por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) MORDAZA fedatada de la MORDAZA de la denuncia policial; 3) MORDAZA expedida por el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) MORDAZA certificada por el Secretario General de la UNSAAC, de la Resolucion del Consejo Universitario por la que se le confiere el Titulo Profesional de Licenciado en Educacion; 5) Publicacion en el Diario del MORDAZA, del aviso de la perdida de su diploma de Titulo Profesional; 6) Dos Fotografias; 7) Recibo de MORDAZA por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, obra en autos el Oficio N° 313-D-2007-FEDUNSAAC, cursado por el senor Decano de la Facultad de Educacion, del que se desprende que en fecha 11 de agosto de 2000, la administrada sustento el Trabajo de Tesis colectivo intitulado: "Cualidades y Responsabilidades MORDAZA e Intelectuales del Educador y su influencia en el Educando del Colegio Estatal Mixto Emancipacion Americana de Tinta ­ canchas", obteniendo la nota aprobatoria de quince (15.00) puntos; Que, del Informe N° 003-2007-GYT expedido por el Equipo de MORDAZA y Titulos de la Oficina de Secretaria General de la Institucion, se colige que la recurrente opto al Titulo Profesional de Licenciada en Educacion: Especialidad Lengua y Literatura), conforme aparece en la Resolucion N° CU-1641-2000-UNSAAC de 11 de agosto de 2000, encontrandose inscrito en el Libro 11, folio 195 del Registro de MORDAZA y Titulos de la Universidad; Que, obra en el expediente el Visto MORDAZA de la Comision Revisora de MORDAZA y Titulos de la Universidad; Que, la peticion formulada por la administrada ha sido puesta a consideracion del Consejo Universitario, en Sesion Ordinaria efectuada el dia 8 de MORDAZA de 2007, siendo aprobada por unanimidad; Estando a lo referido, Ley Nº 28626, a la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de MORDAZA y Titulos emitidos por la UNSAAC, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaria General de la Institucion, proceda a la emision de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL, POR MOTIVO DE PERDIDA, a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Codigo Universitario N° 941952-C, confiriendole el TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN EDUCACION, ESPECIALIDAD: LENGUA Y LITERATURA, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolucion. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, debera consignar al margen MORDAZA el sello de DUPLICADO. Tercero.- DISPONER que la Oficina de Secretaria General a traves del Equipo de MORDAZA y Titulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores, un ejemplar de la presente resolucion para su registro respectivo. Cuarto.- DISPONER que el Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaria General y el Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberan adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion.

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de alquiler de local para el Centro Pre Universitario de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA RESOLUCION RECTORAL Nº 02672-R-07 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2007 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 06681-SG-07 de la Oficina de Abastecimiento, sobre exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de los servicios de alquiler de un local de ensenanza para el Centro Pre Universitario. CONSIDERANDO: Que con Resolucion Directoral Nº 460-DGA-2007 de fecha 9 de MORDAZA de 2007, se autorizo la Inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2007 de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Selectiva ­ "Alquiler de local ­ MORDAZA 01 para el Centro Pre Universitario", con un importe total referencial de US$ 18,000.00 dolares americanos; Que mediante Hoja de Requerimiento Nº 239 del 9 de MORDAZA de 2007, se otorga la disponibilidad presupuestal y economica, y la autorizacion de gasto por el importe de S/.55,200.00 nuevos soles, para la realizacion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva conducente a contratar el servicio de alquiler de un local para el Centro Pre Universitario; Que con Oficio Nº 01442-OGE-OA-2007, el Jefe de la Oficina de Abastecimiento remite el Informe Tecnico Nº 256-2007-OA/ups del Jefe de la Unidad de Procesos de Seleccion senalando que la contratacion del servicio de alquiler de local para el Centro Pre Universitario se encuentra actualmente en una "situacion de desabastecimiento inminente", debido al incremento de alumnos matriculados para el Ciclo Academico 2007-I, el cual no pudo ser previsto debido a la dinamica propia de los eventos de esta naturaleza, lo que supero ampliamente las proyecciones realizadas; asimismo, fundamenta las razones tecnicas que motivan la contratacion definitiva materia de la presente exoneracion; Que tal situacion pone en peligro el normal funcionamiento de los servicios brindados por el Centro Pre Universitario, el cual es considerado una actividad productiva necesaria y esencial para la Universidad ya que dicho centro es una unidad academica cuyos ingresos satisface las necesidades de las 51 Escuelas Academicas Profesionales de la Universidad; Que lo descrito se ajusta a la causal de exoneracion prevista en el inciso c) del Articulo 19º y en el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que la Oficina General de Asesoria Legal mediante Informe Nº 0552-OGAL-2007; la Oficina General de Economia con Informe Nº 256-DGA-OGE-2007, y la Direccion General de Administracion mediante Proveido de fecha 16 de MORDAZA de 2007 emiten opinion favorable por la exoneracion del MORDAZA de Seleccion solicitada; Que cuenta con la Hoja de Resumen del Informe Tecnico para Exoneracion de MORDAZA de Seleccion, suscrito por la Oficina de Abastecimiento y la Oficina General de Economia; y,

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