Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2007 (26/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2007

de sufragio y asistencia al cargo de miembro de mesa y los formatos que integran el Kit Electoral, orientando a los ciudadanos que lo solicitan. Articulo 11°. La Secretaria General esta conformada por la Subgerencia de Tramite Documentario, Constancias y Archivo Central. Articulo 12º. La Secretaria General tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el Presupuesto de la Secretaria General para ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecucion de acuerdo a la normatividad vigente. b) Coordinar las acciones administrativas de la Institucion y realizar el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones impartidas por la Jefatura Nacional. c) Coordinar con los organos de la Institucion las acciones derivadas de las disposiciones de la Jefatura Nacional. d) Coordinar con los organismos del sistema electoral las actividades operativas para el desarrollo de los procesos electorales. e) Revisar la documentacion externa dirigida a la Institucion, canalizando su atencion a traves de los organos pertinentes o, de ser el caso, atenderla directamente. f) Revisar la documentacion dirigida a la Jefatura Nacional para su derivacion al organo correspondiente y visar los documentos a ser suscritos por el o la Titular. g) Coordinar con las Fuerzas Armadas, Policia Nacional del Peru y el Ministerio Publico los asuntos relacionados con la seguridad de los procesos electorales, en el MORDAZA de las disposiciones de la Jefatura Nacional. h) Impartir orientaciones a los organos de la Institucion en materia de seguridad electoral. i) Planificar, organizar, dirigir, controlar y supervisar la administracion del Sistema Unico de Tramite Documentario y del Sistema de Archivo Institucional. j) Realizar la digitalizacion o microfilmacion de la documentacion que constituye el acervo documentario de la Institucion, exceptuando la documentacion electoral. k) Organizar los expedientes recibidos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales de acuerdo a la Ley del Procedimiento Administrativo General vigente. l) Centralizar la informacion de los organos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales que tengan personal a su cargo que debe ser dispensado al sufragio y tramitar dichas dispensas ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, y distribuir los correspondientes hologramas. m) Formular, actualizar y expedir los formatos para la recoleccion de firmas de adherentes (kit electoral) para la inscripcion de organizaciones politicas, candidatos u otras opciones para participar en procesos electorales e iniciativas de participacion y control ciudadanos. n) Orientar a los promotores de las organizaciones politicas para la adquisicion y utilizacion de los formatos para inscripcion (kit electoral) en procesos electorales, asi como para las iniciativas de participacion y control ciudadanos. o) Expedir las constancias de sufragio y asistencia al cargo de miembro de mesa. p) Regularizar, en el Sistema de Omisos, los pagos en el Banco de la Nacion, dispensas, pago en Consulados y excusas al cargo de miembro de mesa, y otras permitidas por ley. q) Brindar informacion general sobre la Institucion a los ciudadanos que la soliciten. r) Supervisar el cumplimiento del acceso a la informacion publica conforme a las normas de la materia. s) Certificar la MORDAZA de las resoluciones de la Jefatura Nacional y de los organos de la Institucion. t) Archivar y custodiar los originales de las Resoluciones jefaturales, gerenciales y Directivas generales, especificas y gerenciales y distribuir copias certificadas de las mismas. u) Resolver en MORDAZA instancia administrativa, los recursos administrativos interpuestos ante los diferentes organos de la Institucion. v) Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, y sus modificaciones. w) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico.

x) Coordinar con la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional las actividades, en el MORDAZA de su competencia, que deban desarrollar las Oficinas Regionales de Coordinacion. y) Emitir resoluciones gerenciales en materia de su competencia. z) Formular propuestas para el desarrollo de proyectos en el MORDAZA de sus competencias. aa) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los formatos establecidos, los procedimientos tecnicos y/o administrativos, las directivas generales, especificas y gerenciales en materia de su competencia. bb) Recibir, tramitar y resolver dentro de sus competencias las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institucion. cc) Implementar las Normas de Control Interno aprobadas por la Contraloria General de la Republica. dd) Brindar apoyo a la Procuraduria Publica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales en el ambito de su competencia. ee) Realizar otras actividades relacionadas a su ambito de accion, que le MORDAZA encomendadas por la Jefatura Nacional. 01.2.1 Subgerencia de Constancias y Archivo Central Tramite Documentario,

Articulo 13°. La Subgerencia de Tramite Documentario, Constancias y Archivo Central se encarga de coordinar, desarrollar y supervisar las actividades del Archivo Central, asi como de supervisar y brindar asesoria para el adecuado desarrollo de las actividades relacionadas con el Tramite Documentario de la Institucion y la expedicion de constancias electorales. 03 ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL 03.1 OFICINA INSTITUCIONAL GENERAL DE CONTROL

Articulo 14°. La Oficina General de Control Institucional es el Organo de Control de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Articulo 15°. La Oficina General de Control Institucional es el organo que depende jerarquicamente de la Jefatura Nacional y funcionalmente de la Contraloria General de la Republica. Se encarga de dirigir, supervisar y evaluar las actividades que le son inherentes de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control. Articulo 16°. La Oficina General de Control Institucional esta conformada por la Oficina de Control Institucional. Articulo 17°. La Oficina General de Control Institucional tiene las siguientes funciones: a) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control de acuerdo con los lineamientos de politica y directivas emitidos por la Contraloria General de la Republica. b) Efectuar auditoria a los estados financieros y presupuestarios de la entidad de acuerdo a los lineamientos de la Contraloria General de la Republica. c) Ejecutar oportunamente las acciones de control posterior y las actividades de control previstas y no previstas en el Plan Anual de Control, de acuerdo a las Normas del Sistema Nacional de Control. d) Remitir los informes resultantes de las acciones y actividades de control a la Contraloria General de la Republica; asi como, al Titular de la Institucion conforme a las disposiciones sobre la materia. e) Ejecutar el seguimiento de la implementacion de las medidas correctivas que adopte la entidad como resultado de las acciones y actividades de control efectuadas en la entidad por la propia Oficina General de Control Institucional, la Contraloria General de la Republica y por las Sociedades de Auditoria; asi como efectuar el seguimiento de los procesos judiciales e investigatorios derivados de las acciones de control. f) Asesorar, sin caracter vinculante, a la Jefatura Nacional con el proposito de optimizar la supervision y mejora de los procesos, practicas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinion que comprometa el ejercicio de sus funciones, via el control posterior.

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