Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2007 (26/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de mayo de 2007 345981 Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias financieras que se realicen en el marco del citado literal g) del artículo 5º, se autorizan mediante Resolución del Titular del Pliego, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano” y en la página web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutarán luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Ley Nº 28927, las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para proyectos de inversión y saneamiento se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Informe Técnico Nº 0312007/ VIVIENDA/VMCS/PAPT-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos ha informado respecto al estado situacional del proyecto descrito en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y asimismo, ha emitido opinión favorable respecto a la transferencia fi nanciera a realizarse a favor del GOBIERNO REGIONAL DE PIURA, Provincia de Piura, Departamento de Piura, para la ejecución del referido proyecto, hasta por la suma de S/. 4 505 569,00; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cada por la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2007 y la Ley Nº 28979; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 4 505 569,00 (Cuatro millones quinientos cinco mil quinientos sesenta y nueve y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Recursos Ordinarios a favor del GOBIERNO REGIONAL DE PIURA, Provincia de Piura, Departamento de Piura, para la ejecución del proyecto descrito en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, tomando como referencia el cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B que de igual modo integra la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución y/o conclusión de los proyectos detallados en el Anexo A, quedando prohibido que el GOBIERNO REGIONAL DE PIURA efectúe anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2°.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fi scal 2007, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3°. - De conformidad con la Ley Nº 28979, los desembolsos sólo se efectivizarán luego que el GOBIERNO REGIONAL DE PIURA presente al Programa Agua Para Todos, el contrato de ejecución de estudios, obra o supervisión del proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otro documento relacionado a componentes aprobados en la viabilidad del proyecto, según corresponda; y de conformidad con los artículos 237º, 243º, 246º y demás normas pertinentes del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremos Nº 084-2004-PCM que le sean aplicables. El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B podrá ser materia de modi fi cación en función de los resultados de la ejecución del proyecto, así como por factores externos no previsibles. El cronograma actualizado (o modi fi cado) deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua para Todos. Artículo 4º .- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Especí fi co para el fi nanciamiento del proyecto de saneamiento a suscribirse para tal efecto entre el GOBIERNO REGIONAL DE PIURA. y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 5º.- El Programa Agua para Todos es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del los proyectos contenidos en el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: GOBIERNO REGIONAL DE PIURA COD SNIP PROYECTOSTIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAMONTO APROBADO S/. PPTO. PIM 2007TRANS. FINANC 714AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y CONSTRUCCION DEL ALCANTARILLADO LOS TABLAZOS - LA UNIONINDIRECTA 4,505,569.00 4,505,569.00 TOTAL 4,505,569.00 4,505,569.00 ANEXO B PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: GOBIERNO REGIONAL DE PIURA COD SNIPPROYECTOSTIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS S/.TRANS. FINANC S/. MES 01 MES 02 MES 03 MES 04 MES 05 MES 06 MES 07 S/.MES 08 714AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y CONSTRUCCION DEL ALCANTARILLADO LOS TABLAZOS - LA UNIONINDIRECTA 2,703,341.40 257,461.09 257,461.09 257,461.09 257,461.09 257,461.09 257,461.09 257,461.09 4,505,569.00 TOTAL 2,703,341.40 257,461.09 257,461.09 257,461.09 257,461.09 257,461.09 257,461.09 257,461.09 4,505,569.00 Administración Directa: El primer desembolso se iniciará con la fecha de Resolución de aprobación del Expediente Técnico Administración Indirecta: El primer desembolso se iniciará con la fecha de suscripción del contrato a obra. 65040-4