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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2007 (26/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de mayo de 2007 345992 o) Recibir, tramitar y emitir opinión, en el marco de su competencia, respecto de las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institución. p) Implementar las Normas de Control Interno aprobadas por la Contraloría General de la República. q) Realizar otras actividades relacionadas a su ámbito de acción, que le sean encomendadas por la Jefatura Nacional. 04.1.1 O fi cina de Asesoría Jurídica Artículo 26°. La O fi cina de Asesoría Jurídica se encarga de proporcionar orientación, información y emitir opinión legal en materias relativas al derecho electoral, administrativo y aquéllas relacionadas con el ámbito de su competencia. 04.2 OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO ELECTORAL Artículo 27°. La O fi cina General de Plani fi cación y Desarrollo Electoral es un órgano dependiente de la Jefatura Nacional, se encarga de coordinar y conducir los procesos de plani fi cación, presupuesto, estadística y racionalización, así como dirigir, orientar y programar la cooperación técnica internacional y ejercer las funciones de O fi cina de Programación de Inversiones ante el Sistema Nacional de Inversión Pública, de conformidad con las normas que regulan su accionar. Artículo 28°. La O fi cina General de Plani fi cación y Desarrollo Electoral está conformada por la O fi cina de Planeamiento y la O fi cina de Presupuesto y Proyectos de Inversión. Artículo 29°. La O fi cina General de Plani fi cación y Desarrollo Electoral tiene las siguientes funciones: a) Proponer a la Jefatura Nacional los lineamientos de política institucional. b) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto de la O fi cina para ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecución de acuerdo a la normatividad vigente. c) Formular, proponer, supervisar y evaluar los planes institucionales, de mediano y corto plazo, así como el Plan General de Elecciones y el Programa Multianual de Inversión Pública, en coordinación con los órganos de la Institución. d) Formular, programar, proponer, controlar y evaluar el presupuesto institucional y los presupuestos electorales. e) Consolidar y remitir la información del proceso presupuestario del pliego, a los organismos públicos correspondientes. f) Coordinar, supervisar y evaluar las actividades, programas y proyectos de cooperación internacional de la Institución y gestionar los recursos para su ejecución. g) Emitir informes y otorgar la viabilidad de los proyectos de inversión pública en los casos que corresponda, realizando el monitoreo y evaluación de los proyectos de inversión del sector. h) Formular y actualizar los instrumentos de racionalización. i) Sistematizar la información estadística institucional, así como entregar la información requerida por el Sistema Nacional de Estadística. j) Organizar y mantener actualizado el Registro de Convenios y Proyectos Institucionales, así como emitir informe cuando su celebración implique disposición de recursos de la Institución. k) Elaborar y proponer los procedimientos para la ejecución del sorteo de miembros de mesa, la asignación de número a organizaciones políticas, candidatos u otras opciones y la ubicación en cédula. l) Revisar, sistematizar, integrar y visar los procedimientos electorales formulados por los órganos de la Institución y elevar el Manual de Procedimientos Electorales a Jefatura Nacional para su aprobación. m) Determinar el número necesario de mesas de sufragio para cada proceso, con base en la información proporcionada por la Gerencia de Sistemas e Informática Electoral. n) Proponer y consolidar la ubicación de los locales de votación con base en la información proporcionada por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional. o) Elaborar, actualizar y sistematizar la información geográ fi ca nacional para los procesos electorales. p) Coordinar con la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional las actividades, en el marco de su competencia, que deban desarrollar las O fi cinas Regionales de Coordinación. q) Emitir resoluciones en materias de su competencia. r) Formular propuestas para el desarrollo de proyectos en el marco de sus competencias. s) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los formatos establecidos, los procedimientos técnicos y/o administrativos, las directivas generales y especí fi cas y aprobar directivas gerenciales en materia de su competencia. t) Implementar las Normas de Control Interno, aprobadas por la Contraloría General de la República, que sean de su competencia. u) Brindar apoyo a la Procuraduría Pública de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales en el ámbito de su competencia. v) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus competencias, las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institución. w) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbito de acción, que le sean encomendadas por la Jefatura Nacional. 04.2.1 O fi cina de Planeamiento Artículo 30°. La O fi cina de Planeamiento se encarga de la formulación, supervisión y evaluación de los planes estratégicos, operativos y electorales de la Institución. Asimismo, está a cargo de las acciones de racionalización, así como de la consolidación de las estadísticas institucionales y de la sistematización de la información geográ fi co electoral. 04.2.2 O fi cina de Presupuesto y Proyectos de Inversión Artículo 31°. La O fi cina de Presupuesto y Proyectos de Inversión se encarga de la formulación, programación, supervisión y evaluación del presupuesto institucional y electoral. Asimismo, está a cargo de monitorear y evaluar el desarrollo de los proyectos en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, así como de coordinar las acciones de cooperación internacional. CAPÍTULO V 05 ÓRGANO DE APOYOArtículo 32°. La O fi cina General de Administración es el Órgano de Apoyo de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales. 05. 1 OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Artículo 33°. La O fi cina General de Administración es un órgano dependiente de la Jefatura Nacional, se encarga de administrar los recursos humanos, materiales yfi nancieros, cumpliendo con las disposiciones técnicas y legales que corresponden a los sistemas administrativos. Artículo 34°. La O fi cina General de Administración está conformada por la O fi cina de Recursos Humanos, la Ofi cina de Logística y la O fi cina de Finanzas. Artículo 35°. La O fi cina General de Administración tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el Presupuesto de la O fi cina para ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecución de acuerdo a la normatividad vigente. b) Aprobar lineamientos para la administración de los recursos humanos, materiales y fi nancieros de la Institución. c) Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar las