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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de noviembre de 2007 356491 buceo, asimismo se benefi ciará en las patologías como en las intoxicaciones por monóxido de carbono, en los casos de incendio, quemaduras en estos pacientes su recuperación se abrevia en un 40% por la, oxigenación hiperbárica, por cuanto el tratamiento hiperbárico es capaz de aportar al enfermo un tratamiento efi caz con un mínimo de secuelas, es utilizado también para el pie diabético, en casos de insufi ciencia vascular cerebral, anemia por hemorragia aguda, insufi ciencia arterial, retinitis y otras enfermedades. Esta cámara hiperbática salvará cientos de vidas en nuestra región, por cuanto todos los pacientes son derivados al Hospital General del Callao, la única cámara con que se cuenta es la del Cuartel de Ilo, la cual se encuentra malograda por falta de mantenimiento y repuestos haciéndose necesario y de utilidad pública regional e interregional la implementación de un área de tratamiento hiperbático en el nuevo Hospital de Ilo. Por lo que, en uso de las facultades concedidas por el artículo 13º y 37º Inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por la Ley Nº 27902, inciso a) artículo 14º, del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. Nº 009-2006-CR/GRM; el Consejo Regional de Moquegua por votación unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Declárese de Necesidad y Utilidad Pública Regional la creación de un área de tratamiento hiperbático en el Nuevo Hospital de la Provincia de lIo. Artículo Segundo.- Autorícese al Gerente General Regional, al Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a la Dirección Regional de Salud, y además áreas correspondientes redicen los estudios necesarios que amerite el caso, debiendo otorgarse las partidas necesarias para efectos de su implementación y capacitación del personal que trabajará en dicha área de tratamiento hiperbárico. Artículo Tercero.- Dicha área e implementación deberá estar en funcionamiento el mismo día de inauguración del Nuevo Hospital de Ilo, debiendo remitirse informes periódicos del avance del acuerdo regional al Consejo Regional. Artículo Cuarto.- Remítase Copia del presente Acuerdo a Presidencia Regional, Vicepresidencia Regional, Consejeros Regionales, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Dirección Regional de Administración, Dirección Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia General Regional, y Órgano de Control Interno, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PASTOR AMADOR DÁVILA ANCO Consejero DelegadoConsejo Regional de Moquegua 126279-3 Reconocen y felicitan labor desempeñada por el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo Regional 2008 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 029-2007-CR/GRM 20 de agosto de 2007VISTO:En Sesión Ordinaria de fecha 24 de agosto del 2007, se trató como punto de Agenda “RECONOCIMIENTO A LA LABOR DESTACADA A LOS EQUIPOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO REGIONAL 2008”, a solicitud del Consejero Regional Renato Ascuña Chavera, en uso de las atribuciones de iniciativa de proponer normas y acuerdos regionales que le confi ere el artículo 16 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria la Ley Nº 27902 establece que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia. Que, de conformidad al Art. 15º de la Ley Nº 27867, son atribuciones del Consejo Regional, aprobar el Plan Anual del Presupuesto Participativo Regional y el Plan de Desarrollo Regional Concertado, en concordancia a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, a su vez fi scalizar, supervisar y monitorear el Proceso del Presupuesto Participativo. Que, la Ley Nº 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo” en concordancia con la Resolución Directoral Nº 08-2007-EF/76.01 emitida por la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, aprueba el Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008, establecen la responsabilidad de la Ofi cina de Presupuesto y Planifi cación o la que haga sus veces en la entidad, en la conducción del Presupuesto Participativo, siendo en este caso la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 007- 2007-CR/GRM en el Artículo Primero, se establece que la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, es la encargada de la conducción del Presupuesto Participativo Regional 2008. Que, son funciones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la organización, conducción y convalidación del Presupuesto Participativo Regional, hecho que el presente año, se realizó con varios Talleres Descentralizados en las tres provincias (Ilo, Mariscal Nieto y General Sánchez Cerro) culminado esta función de una forma exitosa, a la altura de las exigencias del Consejo Regional, haciéndose necesario resaltar el acertado desempeño del Equipo Técnico PPR 2008, motivándolos y reconociéndolos por su desplegada labor para incentivar a los demás trabajadores, en que cada vez deben ser mejores y perfeccionar las funciones encomendadas. Que, el Gobierno Regional Moquegua, ha sido considerado Piloto Nacional del Ministerio de Economía y Finanzas en el Proceso de Presupuesto Participativo, hecho que nos identifi ca, al considerar la participación en este proceso de los niños, niñas y adolescentes de las tres provincias, así como la difusión del proceso en los idiomas del Quechua y Aymara. ANÁLISIS DE LOS BENEFICIOSLa aprobación del Presupuesto Participativo Regional 2008, ha servido para que participe toda la sociedad civil debidamente organizada y organizaciones de segundo y tercer nivel debidamente representadas, así como organizaciones sociales de base que han participado activamente a su solicitud, conllevando a que cada organización exponga sus problemas y presenten sus proyectos. Los municipios provinciales y distritales también han priorizado proyectos de su localidad. La sociedad civil y sus autoridades provinciales, cada una de ellas priorizaron los proyectos de sus provincias, en forma integral y concertada, de acuerdo a un orden de prioridades. A su vez, reunidas las tres provincias, con sus autoridades y sociedad civil, en forma conjunta priorizaron los proyectos macroregionales - estratégicos que integran las tres provincias. Cabe destacar que por primera vez en el ámbito nacional, han participado en este proceso los niños, niñas y adolescentes a través de los Municipios Escolares de las tres provincias, integrando incluso la Mesa Directiva y el Comité de Vigilancia PPR 2008. Juntos todos lo sestudiantes priorizaron en su Taller tres proyectos. Por lo que, en uso de las facultades concedidas por el artículo 13º y 37º Inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por la Ley Nº 27902, inciso a) artículo 14º, del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. Nº 009-2006-CR/GRM; el Consejo Regional de Moquegua por votación unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de aprobación del acta;