Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2007 (23/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de noviembre de 2007

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUANUCO. POR TANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fecha 12 de septiembre del 2007, el dictamen Nº 07-2007CPDS-GRH, de la Comision Permanente de Desarrollo Social, relacionado a la Conformacion del Consejo Regional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones en el Ambito del Gobierno Regional MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos 2º, 4º, 5º de la Ley Nº 27867 ­ Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, encontrandose plasmadas sus atribuciones, derechos y obligaciones en los articulos, 15º, 16 y 17º de la Ley Nº 27867 Organica de Gobiernos Regionales; asimismo expresan su decision sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional mediante Acuerdos de Consejo Regional; Que, la Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones, Ley Nº 28983, tiene por objeto establecer el MORDAZA normativo, institucional y de politicas publicas en los ambitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y varones el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomia, impidiendo la discriminacion en todas las esferas de su MORDAZA, publica y privada, propendiendo a la plena igualdad; Que, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece como uno de sus objetivos de equidad social e igualdad de oportunidades "el promover el desarrollo humano y la mejora progresiva y sostenida de las condiciones de MORDAZA de la poblacion para la superacion de la pobreza", proposito que se orienta especialmente a las personas victimas de la desigualdad y exclusion social; Que, el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2005-MIMDES de fecha 12 de septiembre del 2005, tiene como principal objetivo garantizar la igualdad de trato y oportunidades para las mujeres y varones, asi como de los derechos economicos, sociales y politicos de las mujeres e institucionalizar la equidad de genero en las politicas, programas y proyectos del Estado; Que, el enfoque de equidad de genero parte de la constatacion de desigualdades entre mujeres y varones y plantea modificar las relaciones de poder que afectan a las mujeres, erradicar toda forma de violencia basada en genero, asegurar su acceso a recursos, servicios de salud y educacion, acciones positivas para fortalecer su participacion politica y en la toma de decisiones; Que, el cambio de las inequidades de genero y de otras inequidades tendra como resultado el mejoramiento de la calidad de MORDAZA para mujeres y varones, en el fortalecimiento de la democracia y el desarrollo del MORDAZA, para lograr la equidad de genero es imprescindible eliminar toda forma de discriminacion contra la mujer, promover su autonomia y asegurar su pleno desarrollo en todas las esferas de la MORDAZA social, cultural, economica y politica del MORDAZA, con el objeto de garantizarle el ejercicio ciudadano y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los varones;

Que, siendo politica del Gobierno Regional - MORDAZA, la de fomentar el desarrollo regional en forma integral y sostenible, promoviendo la igualdad de oportunidades entre sus habitantes, asi como la equidad de genero como MORDAZA rector, impidiendo la discriminacion por razones de etnia, religion o genero; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos 15º, 37º y 38º de la Ley Nº 27867 - Organica de Gobiernos Regionales y a lo acordado por UNANIMIDAD, en la Sesion de Consejo Regional de la Referencia; ORDENA: Articulo Primero.- CONFORMAR, el Consejo Regional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones (Equidad de Genero), en el Ambito del Gobierno Regional ­ MORDAZA, la misma que estara conformada de la siguiente manera: · Un representante de la Gerencia General Regional. · Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. · Un representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Demarcacion Territorial. · Un representante del MIMDES- Huanuco. · Un representante del Ministerio Publico. · Un representante de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan. · Un representante de la Universidad de Huanuco. · Un representante de la Universidad Agraria de la Selva. · Un representante de la Direccion Regional de Educacion. · Un representante de la Direccion Regional de Salud. · Un representante de la Direccion Regional de Produccion. · Un representante de la Direccion Regional de Agricultura · Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. · Un representante de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento. · Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo. · Un representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones. · Un representante de la Direccion Regional de Energia y Minas. · Un representante de la Direccion Regional de Archivo. · Un representante de la Municipalidad Provincial de Huanuco. · Un representante de los Organismos no Gubernamentales que vienen trabajando equidad de genero. · Una representante de la Red-Nacional de promocion de la Mujer. · Una representante del Consejo Regional de la Mujer. · Una representante de las organizaciones de Mujeres. Articulo Segundo.- El Consejo Regional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones, debera reglamentar la presente Ordenanza Regional, en un plazo no mayor de 90 dias calendario. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementacion de la presenta MORDAZA regional, en merito a los considerandos expuestos. Articulo Cuarto.ENCARGAR, que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, mediante modificaciones presupuestales asigne una partida presupuestaria en gastos corrientes, para el financiamiento del proceso.

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