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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (23/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de noviembre de 2007 358173 Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza conforme a lo prescrito en el artículo 42º de la Ley Nº 27867 -Orgánica de Gobiernos Regionales; Regístrese, comuníquese y publíquese JORGE ESPINOZA EGOAVIL Presidente 135012-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Disponen la obligatoriedad de la habilitación profesional para el ejercicio laboral en la Región de Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2007-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha dieciséis de octubre del año dos mil siete, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, prescribe que “Los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, asimismo el artículo 20 del mismo cuerpo legal señala “Los colegios profesionales son instituciones autónomas con personalidad de derecho público. La ley señala los casos en que la colegiación es obligatoria”; Que, los Colegios Profesionales de la Región Tacna, creados por leyes especiales, han emitido opiniones gremiales ante la presente propuesta normativa regional, por los cuales se determina mayoritariamente que existen profesionales inhabilitados, los cuales se presume que se encuentran laborando en instituciones públicas; Que, los colegios profesionales señalan en sus estatutos correspondientes, como obligación gremial que los agremiados se encuentren habilitados para ejercer la profesión; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido; y, conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a), y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- Disponer la obligatoriedad de la habilitación profesional para el ejercicio laboral en la región de Tacna. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, para que implemente la presente Ordenanza Regional, en coordinación con las Gerencias Regionales, Direcciones Regionales y otros organismos regionales. Artículo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y difúndase en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día dieciséis del mes de octubre del año dos mil siete. RUBY ROSPIGLIOSI DE CHENGUAYEN Consejera Delegada del Consejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, al día diecisiete del mes de octubre del año dos mil siete. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 135459-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Regulan la ubicación de anuncios y avisos publicitarios en la provincia de Lima ORDENANZA Nº 1094 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto en Sesiones Ordinarias de Concejo de fechas 8 y 15 de noviembre de 2007, los Dictámenes Nos. 227-2007-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, 183 y 189-2007-MML-CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y 113 y 119-2007-MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales; y, Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA UBICACIÓN DE ANUNCIOS Y AVISOS PUBLICITARIOS EN LA PROVINCIA DE LIMA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I PRINCIPIOS GENERALES Artículo 1º.- Para cumplir con su objetivo, la presente Ordenanza se basa en los siguientes principios generales: a)La Protección del Ambiente Urbano y el Ornato de la Ciudad.- Como fundamento principal en la ubicación de anuncios y avisos publicitarios, con la fi nalidad de evitar la contaminación visual. b)El Respeto a los Bienes de Dominio Privado así como a los Bienes de Uso y de Servicios Públicos.- Para proteger la calidad de vida de los ciudadanos y disfrutar de las cualidades físicas y estéticas de la ciudad. c)Uniformización de Criterios.- Uniformizar criterios con relación a la ubicación de anuncios y avisos