Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2007 (25/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de noviembre de 2007

Aprueban Directiva que establece el procedimiento para el otorgamiento de la "Subvencion por perdidas materiales" a los damnificados por el sismo ocurrido el 15 de agosto del 2007
RESOLUCION JEFATURAL N° 441-2007-INDECI 23 de noviembre de 2007

a las Direcciones Regionales de Defensa Civil de MORDAZA, Ica y Huancavelica, al Organo de Control Institucional del INDECI, y coordine su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA institucional. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA General de Division EP "R" Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

DIRECTIVA Nº 014 -2007-INDECI/1.0 CONSIDERANDO: Que, como producto del sismo ocurrido el 15.Ago.2007, se han producido perdidas humanas y considerables danos materiales, en razon de lo cual, mediante los Decretos Supremos Nos. 068-2007-PCM, 071-2007-PCM y 075-2007-PCM, se declaro el Estado de Emergencia en el Departamento de Ica, las provincias de Castrovirreyna y Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y las Provincias de Canete y Yauyos del departamento de Lima; Que, por Decreto de Urgencia Nº 023-2007 se dispuso el otorgamiento de ayudas economico - sociales a la poblacion damnificada por el indicado movimiento telurico, estableciendo en el Literal B) del Articulo 2º, que la subvencion por perdidas materiales equivale al monto de Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6 000,00) y se otorga para aliviar el efecto de la destruccion total de las viviendas a consecuencia del terremoto ocurrido el 15.Ago.2007; Que, mediante Decreto Supremo Nº 091-2007-PCM se aprobo el Reglamento para el otorgamiento de la ayuda economico ­ social dispuesta en el articulo 2º literal B del Decreto de Urgencia Nº 023-2007 ­ Subvencion por perdidas materiales; Que, el articulo 2º del mencionado Decreto Supremo faculta al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, para que mediante Resolucion de su Titular, apruebe otras normas complementarias que permitan su aplicacion y ejecucion; Que, resulta necesario aprobar normas complementarias que precisen las acciones que deberan ejecutar las instituciones publicas involucradas para garantizar el adecuado otorgamiento de la mencionada subvencion; Con la visacion de la Sub Jefatura, de las Direcciones Nacionales de Operaciones, de Logistica y de Educacion y Capacitacion y de las Oficinas de Planificacion y Presupuesto y de Asesoria Juridica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 19338 y sus normas modificatorias, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, aprobado por el Decreto Supremo N° 059-2001-PCM, modificado por los Decretos Supremos N° 005-2003-PCM y 0952005-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 0142007-INDECI/1.0, DIRECTIVA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA "SUBVENCION POR PERDIDAS MATERIALES" A LOS DAMNIFICADOS POR EL SISMO OCURRIDO EL 15 DE AGOSTO DEL 2007, que consta de cinco (05) folios y que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Sub Jefatura del INDECI, la supervision y control del cumplimiento de la Directiva indicada en el articulo precedente. Articulo Tercero.- Disponer que la Secretaria General del INDECI, registre la presente Resolucion en el Archivo General Institucional y remita MORDAZA autenticada por fedatario a la Sub Jefatura, al Banco de Materiales, al Ministerio de Vivienda, Saneamiento y Construccion, al Fondo Mi Vivienda, a las Unidades Organicas del INDECI, DIRECTIVA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA "SUBVENCION POR PERDIDAS MATERIALES" A LOS DAMNIFICADOS POR EL SISMO OCURRIDO EL 15 DE AGOSTO DEL 2007 1.OBJETIVO El Instituto Nacional de Defensa Civil, en su condicion de organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil ­ SINADECI, a traves de la presente Directiva establece las normas y procedimientos para facilitar y orientar el otorgamiento de la ayuda economico ­ social dispuesta en el articulo 2º literal B del Decreto de Urgencia Nº 023-2007 - "Subvencion por Perdidas Materiales", a los damnificados por el Sismo ocurrido el 15 de agosto del 2007 en las zonas declaradas en Estado de Emergencia y reglamentado por Decreto Supremo Nº 091-2007-PCM. 2.FINALIDAD La presente Directiva tiene por finalidad disponer de un instrumento que permita facilitar y orientar el otorgamiento de la "Subvencion por Perdidas Materiales", reglamentada por Decreto Supremo Nº 091-2007-PCM; asi como viabilizar la adecuada transferencia de recursos destinados al otorgamiento de la ayuda economico ­ social dispuesta en el articulo 2º literal B del Decreto de Urgencia Nº 023-2007. 3.BASE LEGAL · Decreto Ley Nº 19338 ­ Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil y sus modificatorias. · Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y sus modificatorias. · Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. · Decreto de Urgencia Nº 023-2007, Disponen el otorgamiento de ayudas economico sociales a la poblacion damnificada por sismos. · Decreto de Urgencia Nº 040-2007, Amplian los alcances del articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 0232007 para la subvencion por perdidas materiales a las zonas declaradas en emergencia mediante Decretos Supremos Nº 071 y 075-2007-PCM, y dictan otras medidas. · Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, y sus modificatorias aprobadas por Decretos Supremos Nos. 005-2003-PCM y 095-2005PCM. · Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM. Declaran en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Canete del departamento de Lima. · Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM. Amplia la declaracion del Estado de Emergencia dispuesta por el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, a las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y a los distritos de Huanec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de Lima. · Decreto Supremo Nº 075-2007-PCM. Amplia la declaracion del Estado de Emergencia dispuesta por el

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