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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de noviembre de 2007 358300 Aprueban Directiva que establece el procedimiento para el otorgamiento de la “Subvención por pérdidas materiales” a los damnificados por el sismo ocurrido el 15 de agosto del 2007 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 441-2007-INDECI 23 de noviembre de 2007CONSIDERANDO:Que, como producto del sismo ocurrido el 15.Ago.2007, se han producido pérdidas humanas y considerables daños materiales, en razón de lo cual, mediante los Decretos Supremos Nos. 068-2007-PCM, 071-2007-PCM y 075-2007-PCM, se declaró el Estado de Emergencia en el Departamento de Ica, las provincias de Castrovirreyna y Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y las Provincias de Cañete y Yauyos del departamento de Lima; Que, por Decreto de Urgencia Nº 023-2007 se dispuso el otorgamiento de ayudas económico - sociales a la población damnifi cada por el indicado movimiento telúrico, estableciendo en el Literal B) del Artículo 2º, que la subvención por pérdidas materiales equivale al monto de Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6 000,00) y se otorga para aliviar el efecto de la destrucción total de las viviendas a consecuencia del terremoto ocurrido el 15.Ago.2007; Que, mediante Decreto Supremo Nº 091-2007-PCM se aprobó el Reglamento para el otorgamiento de la ayuda económico – social dispuesta en el artículo 2º literal B del Decreto de Urgencia Nº 023-2007 – Subvención por pérdidas materiales; Que, el artículo 2º del mencionado Decreto Supremo faculta al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para que mediante Resolución de su Titular, apruebe otras normas complementarias que permitan su aplicación y ejecución; Que, resulta necesario aprobar normas complementarias que precisen las acciones que deberán ejecutar las instituciones públicas involucradas para garantizar el adecuado otorgamiento de la mencionada subvención; Con la visación de la Sub Jefatura, de las Direcciones Nacionales de Operaciones, de Logística y de Educación y Capacitación y de las Ofi cinas de Planifi cación y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 19338 y sus normas modifi catorias, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, aprobado por el Decreto Supremo N° 059-2001-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos N° 005-2003-PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 014- 2007-INDECI/1.0, DIRECTIVA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA “SUBVENCIÓN POR PÉRDIDAS MATERIALES” A LOS DAMNIFICADOS POR EL SISMO OCURRIDO EL 15 DE AGOSTO DEL 2007, que consta de cinco (05) folios y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Sub Jefatura del INDECI, la supervisión y control del cumplimiento de la Directiva indicada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Disponer que la Secretaría General del INDECI, registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario a la Sub Jefatura, al Banco de Materiales, al Ministerio de Vivienda, Saneamiento y Construcción, al Fondo Mi Vivienda, a las Unidades Orgánicas del INDECI, a las Direcciones Regionales de Defensa Civil de Lima, Ica y Huancavelica, al Órgano de Control Institucional del INDECI, y coordine su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y archívese.LUIS FELIPE PALOMINO RODRIGUEZ General de División EP “R” Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil DIRECTIVA Nº 014 -2007-INDECI/1.0 DIRECTIVA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA “SUBVENCIÓN POR PÉRDIDAS MATERIALES” A LOS DAMNIFICADOS POR EL SISMO OCURRIDO EL 15 DE AGOSTO DEL 2007 1.OBJETIVOEl Instituto Nacional de Defensa Civil, en su condición de organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil – SINADECI, a través de la presente Directiva establece las normas y procedimientos para facilitar y orientar el otorgamiento de la ayuda económico – social dispuesta en el artículo 2º literal B del Decreto de Urgencia Nº 023-2007 - “Subvención por Pérdidas Materiales”, a los damnifi cados por el Sismo ocurrido el 15 de agosto del 2007 en las zonas declaradas en Estado de Emergencia y reglamentado por Decreto Supremo Nº 091-2007-PCM. 2.FINALIDADLa presente Directiva tiene por fi nalidad disponer de un instrumento que permita facilitar y orientar el otorgamiento de la “Subvención por Pérdidas Materiales”, reglamentada por Decreto Supremo Nº 091-2007-PCM; así como viabilizar la adecuada transferencia de recursos destinados al otorgamiento de la ayuda económico – social dispuesta en el artículo 2º literal B del Decreto de Urgencia Nº 023-2007. 3.BASE LEGAL Decreto Ley Nº 19338 – Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil y sus modifi catorias. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modifi catorias. Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. Decreto de Urgencia Nº 023-2007, Disponen el otorgamiento de ayudas económico sociales a la población damnifi cada por sismos. Decreto de Urgencia Nº 040-2007, Amplían los alcances del artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 023-2007 para la subvención por pérdidas materiales a las zonas declaradas en emergencia mediante Decretos Supremos Nº 071 y 075-2007-PCM, y dictan otras medidas. Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, y sus modifi catorias aprobadas por Decretos Supremos Nos. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM. Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM. Declaran en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima. Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM. Amplía la declaración del Estado de Emergencia dispuesta por el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, a las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y a los distritos de Huañec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de Lima. Decreto Supremo Nº 075-2007-PCM. Amplía la declaración del Estado de Emergencia dispuesta por el