Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2007 (25/11/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES
DECRETA:

358313

Que, mediante Ordenanza Nº 110 del 21 de MORDAZA del 2007, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Lurigancho aprobo la Ordenanza que regula el "Procedimiento de Visacion de Planos para AA.HH y Organizaciones Sociales con fines de vivienda para acceder a los servicios publicos basicos"; Que, en cumplimiento a lo estipulado por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, la indicada Ordenanza fue remitida a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su ratificacion; luego de lo cual mediante Oficio Nº 004-090-00004294, el Servicio de Administracion Tributaria ha formulado observaciones tecnicas y legales detectadas durante la evaluacion de la solicitud de ratificacion; Que, en la observacion legal 8 refiere que en la Ordenanza Nº 110 no se ha incluido una disposicion que establezca la fecha de vigencia de la misma tal y como establece la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 607, la cual establece que las Ordenanzas Distritales que regulan materia tributaria deberan incluir una disposicion que establezca su entrada en vigencia, es decir, a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo que la ratifique; Que, en la observacion legal 9, el SAT senala que la Ordenanza Nº 110, asi como el anexo de la misma (requisito 8) incluyen como uno de los requisitos el "recibo de pago por concepto de inspeccion ocular", el cual vendria a ser exigido en adicion al derecho de tramite correspondiente", Sin embargo, dicha forma de determinacion constituye una contravencion a lo dispuesto en el articulo 45.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece que el derecho de tramite debera ser determinado en funcion al importe del costo que su ejecucion genera para la entidad durante toda su tramitacion. Que, la MORDAZA invocada por el SAT, establece el limite respecto al monto de los derechos de tramitacion, el cual debe determinarse por el servicio prestado por toda la tramitacion. En ese sentido, esto debe ser complementado con lo regulado por el articulo 44º de la Ley Nº 27444, del cual se desprende que el derecho de tramitacion implica para la entidad la prestacion de un servicio especifico e individualizable, como lo es la inspeccion ocular. Que, la Gerencia de Planificacion, mediante Informe Nº 109-2007-GP/MDSJL precisa que conforme a lo coordinado con la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el requisito contemplado en el numeral 8 del anexo de la Ordenanza Nº 110, respecto al pago por derecho de inspeccion ocular no se aplica en el procedimiento materia de ratificacion por lo que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se debe proceder a suprimir el requisito Nº 8 del anexo de la Ordenanza Nº 110, por lo tanto el unico pago para el procedimiento corresponde al derecho de tramite ascendente al monto de S/. 30.00 nuevos soles o 0.89% DE LA UIT conforme se desprende de la estructura de costo". Que, de la observacion del SAT, se desprende que la emision de una ordenanza modificatoria solo se MORDAZA en caso exista cambios en los montos de derechos de tramite aprobados; sin embargo, en este caso solo se suprimiria el requisito del pago por derecho de inspeccion ocular, mientras que el pago por derecho de tramite se mantendria inalterable. Que, el Articulo 38º, numeral 38.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo; Que, en la Cuarta Disposicion Final y Complementaria de la Ordenanza Nº 110 se faculta al Despacho de Alcaldia, para que mediante Decreto de Alcaldia se dicten las normas complementarias necesarias para su aplicacion. Estando a lo MORDAZA expuesto, con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica segun Informe Nº 547-2007-GAJ/MSJL y de conformidad con el inciso 6 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

Articulo Primero.- Precisar que la Ordenanza Nº 110 entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo de ratificacion por parte de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conforme a lo dispuesto en el Art. 10º de la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Segundo.- MODIFICAR la Ordenanza Nº 110, suprimiendo el requisito de Recibo de Pago por Inspeccion Ocular contenido en su Articulo Quinto. Articulo Tercero.- MODIFICAR la Ordenanza Nº 110, suprimiendo el requisito de Recibo de pago por inspeccion ocular, contenido en el numeral 8 de su Anexo. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 136479-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones y Estructura Organica de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 033 -2007/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 15 de noviembre de 2007 VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, el Dictamen de la Comision de Administracion, Planificacion y Presupuesto para la aprobacion del ROF y la Estructura Organica de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru preceptua en su Articulo 194º que las municipalidades son los organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 9 inciso 3º de la Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar su regimen de organizacion interior y funcionamiento de la Municipalidad; Que, la Comision de Administracion, Planificacion y Presupuesto con dictamen en mayoria, aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones y la Estructura Organica Municipal, de acuerdo a los criterios de la Administracion para optimizar un servicio eficiente y eficaz que se vea reflejado en la atencion a los administrados. Siendo facultad del Concejo Municipal proceder a su aprobacion mediante el respectivo dispositivo legal; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por mayoria aprueba la siguiente ORDENANZA: Articulo Unico.- APROBAR el REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES - ROF Y LA ESTRUCTURA ORGANICA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; documentos de gestion que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.