Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2007 (25/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de noviembre de 2007

mejor oferta, la misma que de ser aceptada debera ser comunicada al solicitante a efectos de que este pueda igualar o mejorar dicha propuesta, debiendo adjuntar una carta fianza de fiel cumplimiento de oferta por el 10% (diez por ciento) de la misma. 2.3. Procedimiento

2.3.1 La solicitud de informe favorable para la venta directa se presenta ante el Gobierno Regional de San MORDAZA - GRSM, debera acompanarse a la solicitud, la opinion favorable del titular de la entidad que administra la propiedad. 2.3.2 Pueden presentar las solicitudes a que se refiere el numeral anterior, las entidades publicas o las personas naturales y juridicas de derecho privado, las cuales deben cumplir con lo senalado por el numeral 2.2. 2.3.3 Recibida la solicitud, el GRSM a traves de la Sub Gerencia de Administracion Territorial (SGAT) procedera a su evaluacion y calificacion respecto de la procedencia del inicio del procedimiento a que se refiere la presente Directiva. El solicitante sera notificado en un plazo no mayor de 10 dias habiles contados desde la MORDAZA de su solicitud del resultado de la calificacion. Al vencimiento de dicho plazo operara el silencio administrativo negativo. Sin perjuicio de lo MORDAZA expuesto, el GRSM - SGAT podra requerir a los solicitantes, los documentos que estime necesarios para el citado proposito. 2.3.4 Admitida la solicitud a tramite el GRSM a traves de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial (GRPP-AT) solicitara a un perito tasador o a un organismo privado especializado en la materia, ambos de reconocida y acreditada experiencia, la tasacion correspondiente, la cual consignara en el informe el valor comercial del predio, correspondiendo al solicitante efectuar el pago de dicho servicio, dentro de un plazo de 10 dias calendarios de comunicado por la GRPP-AT el monto de los servicios profesionales para realizar la tasacion del predio. 2.3.5 Una vez recibida la tasacion, se procedera a publicar por unica vez, en el Diario Regional de mayor circulacion, un extracto en el que se consigne las caracteristicas del predio, su partida registral y valor de tasacion; a fin de que cualquier tercero interesado pueda solicitar su inclusion en el procedimiento de venta. El tercero tiene un plazo de diez (10) dias habiles para presentar una mejor oferta, adjuntando una carta fianza de fiel cumplimiento por el 10 % (diez por ciento) de la misma. Si dentro del plazo establecido, se presentan ofertas de compra por un monto mayor al valor de tasacion, se correra inmediato traslado de estas al administrado que inicio el procedimiento, a efectos de que en un plazo de diez (10) dias habiles pueda igualar o mejorar las ofertas. En el supuesto que el administrado iguale o mejore la oferta, el predio le sera adjudicado; de no hacerlo, sera excluido del procedimiento, mediante comunicacion escrita emitida por la GRPP-AT. De operar dicha exclusion, la Sub Gerencia de Administracion Territorial - SGAT comunicara al tercero que MORDAZA efectuado la mejor oferta, que tiene un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles, para reafirmar la aceptacion del valor de venta a fin de continuar con el procedimiento. En aquellos predios, donde exista infraestructura, inversiones u otros gastos incurridos por aquellos que contaban con derechos reales, el tercero que MORDAZA planteado una oferta mayor, debera reconocer la totalidad de la inversion realizada. Los procedimientos de venta directa predial en tramite deberan adecuarse a lo senalado en los parrafos precedentes. 2.3.6 El expediente administrativo contendra, sin perjuicio de la documentacion adicional que se considere pertinente, los siguientes documentos:

a) Solicitud de informe favorable para la venta directa. b) Aprobacion de la venta directa predial por parte de la entidad titular del predio. c) Tasacion Comercial. d) Aceptacion expresa del comprador del precio de venta. e) MORDAZA de la partida registral del predio. f) Plano perimetrico del terreno en coordenadas UTM a escala 1/100, 1/200 o 1/500, con la indicacion del area, linderos, angulos y medidas perimetricas correspondientes. g) Plano de ubicacion del predio a escala 1/1000, 1/2500 o 1/5000. h) Memoria descriptiva del terreno indicandose la ubicacion, el area, los linderos, las medidas perimetricas, la zonificacion y las observaciones que se consideren pertinentes. i) Informe Tecnico - Legal conteniendo la opinion favorable para la venta directa. j) Proyecto de Ordenanza Regional aprobando la venta directa del predio. 2.4 Actuaciones Complementarias.

2.4.1 El informe favorable del GRSM sera remitido conjuntamente con el Proyecto de Ordenanza Regional correspondiente, a la Presidencia Regional. Dicho Proyecto de Ordenanza debera contar con la visacion de la Presidencia Regional, de la Gerencia General, la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de la Gerencia Legal y de Sub Gerencia de Administracion Territorial. 2.4.2 La Ordenanza Regional que aprueba la venta directa predial debera ser publicada en el Diario Oficial. 2.4.3 La Sub Gerencia de Administracion Territorial tramitara ante la Secretaria General de la Presidencia, el envio de 04 (cuatro) copias autenticadas de la Ordenanza Regional que aprueba la venta. 2.4.4 El contrato de compraventa respectivo se celebrara mediante una minuta que sera preparada por la Sub Gerencia de Administracion Territorial en coordinacion con la Oficina Regional de Asesoria Legal, la que debera ser firmada por las partes en un plazo que no excedera los Treinta (30) dias habiles computados a partir de la fecha de publicacion de la Ordenanza Regional que aprueba la venta, y sera formalizada mediante Escritura Publica de acuerdo a las condiciones establecidas en la Ordenanza Regional. Los gastos notariales y registrales seran de cargo del comprador. 2.4.5 El pago del precio se realizara al momento de celebrar el contrato de compraventa o de acuerdo a lo pactado entre las partes. El precio de venta, deducidos los gastos operativos y administrativos inherentes al MORDAZA de venta, se distribuira de la siguiente manera: El 97% es para la entidad propietaria del bien y 3% para el Tesoro Publico. 2.4.6 La entidad propietaria procedera a deducir los gastos operativos y administrativos inherentes al MORDAZA de venta; luego de lo cual distribuira bajo MORDAZA de entrega el producto final de la venta, de acuerdo a los porcentajes correspondientes. 2.4.7 El comprador proporcionara al GRSM MORDAZA simple de la Escritura Publica de la compraventa y otra a la entidad propietaria del predio, con la MORDAZA de inscripcion en los Registros Publicos, dentro de un plazo no mayor a sesenta dias habiles computados a partir de la fecha de suscripcion de la minuta de compraventa. 2.4.8 Recibida la MORDAZA simple de la Escritura Publica o con la MORDAZA de la ficha registral se dispondra la cancelacion del asiento correspondiente y el archivo definitivo del expediente. Asimismo, se procedera a realizar el descargo correspondiente en los registros contables de la entidad ex propietaria del predio.

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