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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de noviembre de 2007 358466 Que realizada la verifi cación documental correspondiente, se tiene que los datos proporcionados por las personas antes citadas son inexactos y/o inexistentes, determinándose la falsedad de los mismos; Que, si bien las Jefaturas Regionales de Lima, Nor Centro y Piura, han dispuesto la cancelación de la Partida de Inscripción Nº 09935662, así como de las Partidas de Nacimiento Nºs. 63126414 y 097296; y como consecuencia, tanto la Partida de Inscripción, así como las Actas de Nacimiento emitidas se encuentran canceladas; de los hechos antes descritos, se desprende que el comportamiento realizado por los ciudadanos antes citados, al haber declarado datos falsos en instrumento público, perjudicando de esta forma la seguridad jurídica registral, constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, previsto y sancionado en el artículo 428º del Código Penal vigente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVEArtículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, para que en representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales a que hubiera lugar contra las personas identifi cadas como CARMEN ROCIO GIBAJA ALVAREZ, BLAS HIPÓLITO FELIX MALARIN ROMERO y ROSA LUZ ALBAN SANDOVAL, por presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrase, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 137494-1 Disponen transferir bienes muebles al Ministerio del Interior RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 953-2007-JNAC/RENIEC Lima, 26 de noviembre de 2007VISTOS: El Ofi cio Nº 003309-2007/GAD/RENIEC, de la Gerencia de Administración, el Informe Técnico Legal Nº 265-2007/CGP/GAD/RENIEC, del Comité de Gestión Patrimonial; el Informe Nº 001286-2007/GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, a través del Ofi cio Nº 003309-2007/GAD/ RENIEC, la Gerencia de Administración expuso la necesidad de formalizar la donación, a favor del Ministerio del Interior, de los bienes que fueron entregados a dicho Sector, mediante Acta de Entrega-Recepción de 27 de agosto de 2007; Que, adjunto al citado documento consta el Informe Técnico Legal Nº 265-2007/CGP/GAD/RENIEC, a través del cual el Comité de Gestión Patrimonial sustentó la procedencia de la donación, recomendando que se emita la Resolución Jefatural respectiva; Que, de conformidad con lo descrito en tal informe, los bienes materia de la donación, forman parte del equipamiento informático, cuya donación al Ministerio del Interior, se autorizó a través de la Resolución Jefatural Nº 871-2006-JEF/RENIEC y comprenden los componentes descritos en el Informe Técnico Legal aludido; Que, respecto a los componentes citados, a través de las Resoluciones Gerenciales Nºs. 372 y 385-2007-GAD/RENIEC, la Gerencia de Administración ha aprobado la baja por la causal de obsolescencia técnica, disponiéndose que se proceda con la extracción física y contable de dichos bienes muebles del patrimonio institucional; Que, el Art. 173º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, dispone que las donaciones de bienes muebles patrimoniales de una entidad pública a favor de otra entidad pública o privada, se aprobarán mediante Resolución del titular de la entidad donante; Que, tratándose de bienes que forman parte de los equipos donados al Ministerio del Interior, mediante la Resolución Jefatural Nº 871-2006-JEF/RENIEC, es viable aprobar la donación, conforme a lo concluido por el Comité de Gestión Patrimonial de la Entidad; y, Con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y estando a las facultades atribuidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y el Reglamento de las Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Transferir al Ministerio del Interior, en la modalidad de donación, los bienes muebles dados de baja mediante las Resoluciones Gerenciales Nº 372 y 385-2007-GAD/RENIEC, valorizados en S/. 8863.97 (ocho mil ochocientos sesenta y tres con 97/100 nuevos soles), los cuales se describen a continuación: Componentes Código Patrimonial Valorización Tarjeta PCI TO GBE SX (74080006-0001) 74080006-0001 S/. 8863.97Monitor IBM S/N:5584858 (74087700-0697) 74087700-0697 S. 0.00Monitor IBM S/N: 55R-8433 (74087700-1166) 74087700-1166 S/. 0.00 Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales, dentro de los 20 días siguientes a su emisión. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento del Órgano de Control Institucional, el contenido de la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 137494-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Opinan favorablemente para que Financiera Cordillera realice emisión de bonos corporativos a traves del “Segundo Programa de Bonos Corporativos de Financiera Cordillera” RESOLUCIÓN SBS Nº 1663-2007 Lima, 16 de noviembre de 2007EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por Financiera Cordillera, para que se opine favorablemente sobre la emisión de bonos corporativos a través del “Segundo Programa de Bonos Corporativos de Financiera Cordillera” hasta por un importe máximo de S/. 150’000,000.00 (Ciento Cincuenta