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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2007 352773 RADIO, CORREO, REPARACIÓN DE AUTOMÓVILES Y MOTOCICLETAS, LAVANDERÍAS Y SERVICIOS DE LAVANDERÍA, ESTABLECIMIENTOS DE LIMPIEZA Y TEÑIDO, PELUQUERÍAS Y SALONES DE BELLEZA, SALONES DE MASAJE Y BAÑOS TURCOS, GIMNASIOS. Regístrese, publíquese y cúmplase.MIGUEL A. RIOS ZARZOSA Alcalde 104431-1 Precisan alcances de la declaración de zonas saturadas a que se refiere la Ordenanza Nº 058-2004-A/MDC para el servicio de transporte público en vehículos menores (Se publica el Decreto de Alcaldía de la referencia a solicitud de la Municipalidad Distrital de Carabayllo mediante O fi cio Nº 191-2007-SG/MDC, recibido el 5 de setiembre de 2007) DECRETO DE ALCALDÍA N° 08 -2004-A/MDC Carabayllo, 9 de agosto del 2004 CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades distritales son órganos de Gobierno Local con Personería Jurídica de Derecho público y tienen autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 27680; Que, por Ordenanza Nº 058-2004-A/MDC, publicada el 13 de junio del 2004, se aprobó las Zonas Saturadas para el Servicio de Transporte Público en Vehículos menores en el distrito de Carabayllo; Que, el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 058-2004-A/ MDC, señala que las disposiciones complementarias y reglamentarias de la presente Ordenanza serán dictadas por el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía; Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal, regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, es necesario restablecer el ordenamiento vial del distrito mediante una correcta aplicación de nuestro ordenamiento municipal; De conformidad con la facultad otorgada por el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 058-2004-A/MDC; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- ENTIÉNDASE, que la declaración de zonas saturadas en el distrito de Carabayllo, efectuada por la Ordenanza Nº 058-2004-A/MDC, IMPORTA que a partir de la entrada en vigencia de la misma, queda terminantemente prohibida la inscripción de nuevas personas jurídicas para prestar el servicio de transporte público en vehículos menores EN LAS ZONAS SATURADAS, así como la inscripción de nuevas unidades vehiculares de mototaxis para el caso de las personas jurídicas que ya se encuentran inscritas. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Dirección de Desarrollo e Infraestructura Urbano - Rural, División de Licencias de Construcción y Servicios Urbanos, el cumplimiento del presente Decreto y a la Unidad de Imagen Institucional para su difusión Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL A. RIOS ZARZOSA Alcalde 104429-1MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban Directiva Nº 001-2007-GAT/ MC “Procedimiento Administrativo de Regularización de la Ordenanza Nº 233-C/MC” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2007-A/MC Comas, 28 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, los artículos 39° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, N° 27972, señalan que el Alcalde ejerce sus funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía, los mismos que establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, con Ordenanza N° 233-C/MC, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 30 de abril de 2007, se aprobó el Reglamento denominado “Sinceramiento de Pago de Tributos con Dinero en Moneda Nacional Generado de la Prestación de Servicios por los Propios Contribuyentes, Responsables Solidarios o Parientes Autorizados”, cuyo artículo sétimo, autoriza al Alcalde a que, mediante Decreto de Alcaldía, disponga los actos administrativos necesarios para su ejecución, regulación necesaria para la e fi cacia de la Ordenanza descrita; Que, estando a lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley Nº 27972, en aplicación del Artículo 7° de la Ordenanza N° 233-C/MC y con las visaciones de los Gerentes de Administración Tributaria, Asuntos Jurídicos, Administración y Finanzas, Desarrollo Ambiental y la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 001-2007- GAT/MC, “Procedimiento Administrativo de Regularización de la Ordenanza Nº 233-C/MC”. Artículo Segundo.- Las Gerencias de Administración Tributaria, Administración y Finanzas, Plani fi cación y Presupuesto, Participación y Seguridad Ciudadana, Desarrollo Ambiental y Desarrollo Humano, son los responsables del cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde DIRECTIVA N° 001-2007-GAT/MC “PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE REGULACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 233-C/MC” I.- OBJETO DE LA NORMA Y ÁMBITO DE APLI- CACÍON Regular los procedimientos y el medio de pago que efectúen los contribuyentes deudores de obligaciones tributarias con la Municipalidad de Comas, a través de la contraprestación que se genere por la prestación de servicios públicos en las áreas de limpieza pública y parques y jardines, que efectúen los mismos. Este medio de pago está dirigido a los contribuyentes de la entidad, que sean personas naturales que se encuentren en situación de indigencia, pobreza, riesgo social, precariedad económica producida por hechos fortuitos, vulnerabilidad o pobreza extrema, debidamente califi cados como tales por la Municipalidad de Comas. II.- BASE LEGAL: • Constitución Política del Perú. • Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.• Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. • Decreto Supremo Nº 135-99-EF, TUO del Código Tributario y sus modi fi catorias.