Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2007 352785 Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo y el Memorándum de Vistos se debatió el Proyecto del Reglamento para la Elección de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local, así como se dio lectura el Informe Nº 287-2007/OAJ/MDPN de fecha 11.08.2007 en el cual la O fi cina de Asesoría Jurídica opina la procedencia de la Aprobación del citado Reglamento; Que, según la Ley Orgánica de Municipalidades en su Art. 102º regula que el Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de Municipalidades, está integrado por el Alcalde del distrito quien lo preside y por los representantes de las Organizaciones sociales de base, asociaciones, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización nivel Distrital; Que, en su Art. 39º de la Ley Orgánica antes indicada regula que los Concejos Municipales ejercen funciones de Gobierno mediante Ordenanzas y en su Art. 40º señala que las Ordenanzas en materia de su competencia son Normas de carácter General de mayor Jerarquía en la Estructura Normativa Municipal, donde se aprueba la Organización Interna, la Regulación, Administración y Supervisión de los Servicios Públicos y las Materias de su Competencia, en su Art. 73º numeral 5.1 regula que dentro de sus funciones especí fi cas es la de promover, apoyar y reglamentar la Participación Vecinal en el Desarrollo Local y organizar los registros de las Organizaciones Sociales y vecinales; Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad según actas expidió la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para la Elección de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local según anexo constituido por 33 Artículos, 3 Artículos de disposiciones transitorias y fi nales, que forman parte del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Encargar a Secretaría General, Gerente Municipal, Gerente de Participación Vecinal y otros el fi el cumplimiento y su difusión correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS S. LAZO RIOJAS Alcalde 104399-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 224-MDSMP referente a facilidades para la regularización de obligaciones de contribuyentes DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2007/ MDSMP San Martín de Porres, 31 de agosto del 2007 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTOS. El Informe Nº 260-2007-GATR/MDMSP, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; y, CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 224-MDSMP publicada el 18 de julio de 2007, se otorgaron facilidades para la Regularización de Obligaciones Sustanciales y/o Formales para los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres, siendo aplicable para todos aquellos deudores que tengan pendiente de pago sumas derivadas de obligaciones tributarias (Tributos y Multas);Que, mediante la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 224-MDSMP, se facultó al Señor Alcalde Distrital de San Martín de Porres para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su cumplimiento y prorroga de su vigencia; Que, es política de la presente administración brindar a todos sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones de naturaleza tributaria; En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades y de conformidad a lo dispuesto en el D.S. Nº 135-99-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario. DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 224-MDSMP hasta el 6 de octubre 2007. Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a Secretaria General, Gerencias de Administración Tributaria y Rentas, Administración y Finanzas, Gerencia de Ejecutoria Coactiva. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 104565-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Aprueban Ordenanza de fortaleci- miento de la agricultura urbana como una actividad permanente y legítima en el distrito ORDENANZA Nº 021-2007/MVMT Villa María del Triunfo, 22 de agosto del 2007 Visto: en sesión ordinaria de concejo de la fecha que se indica, el proyecto de ordenanza presentado por el regidor Elías Vara Franco Presidente de la Comisión de Desarrollo Económico Local, para reconocer y fortalecer a la agricultura urbana como una actividad permanente y legítima en el distrito y como una estrategia de lucha contra la pobreza. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 10º inciso a) de la Ley Orgánica de municipalidades Nº 27972, preceptúa que es competencia de la municipalidad, plani fi car el desarrollo de sus circunscripciones y ejecutar los planes correspondientes; Que, en Villa Maria del Triunfo, el 57% de la población se encuentra en situación de pobreza y el 22% en pobreza extrema y está expuesta permanentemente a la inseguridad alimentaria, bajos ingresos y entornos ambientales poco saludables; Que, la agricultura urbana se constituye en una estrategia de lucha contra la pobreza, por que contribuye a la seguridad alimentaria, permitiendo el acceso a alimentos inocuos a los más pobres, contribuye a la generación de ingresos complementarios a las familias, con la venta de sus excedentes productivos, En tal sentido, la agricultura urbana es inherente a la población villamariana y se realiza, en áreas familiares, privadas, comunales, municipales, institucionales, áreas no construibles y por lo tanto forma parte del desarrollo urbano de la ciudad. Siendo una práctica desarrollada en las siete zonas del distrito, por mujeres, hombres, jóvenes niños y niñas y recoge los