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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (13/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de diciembre de 2008 385085 PRODUCE Aprueban la “Lista de Subpartidas Nacionales de Maquinaria, Motores y Equipos para la Actividad Minera, que pueden ser Reparados, Reacondicionados y/o Sujetos a Mantenimiento en la Zona Franca de Tacna” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 841-2008-PRODUCE Lima, 9 de diciembre del 2008 VISTOS:El Informe Nº 087-2008-PRODUCE-DVI/DGI-DC de la Dirección de Competitividad de la Dirección General de Industria, el Memorandum N° 1079-2008-PRODUCE/DVI-DGI de la Dirección General de Industria y el Informe Nº 010-2008-PRODUCE/OGAJ/jmzs de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5° del Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, el Ministerio de la Producción tiene competencia exclusiva en materia de normalización industrial, y cuenta con funciones específi cas para aprobar disposiciones normativas que le correspondan, comprendiendo esta función, la facultad de tipifi car reglamentariamente las infracciones por incumplimiento de obligaciones establecidas legalmente, y para cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo la potestad sancionadora, entre otras; Que, la Ley Nº 27688 - Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, modifi cada por la Ley N° 27825 y la Ley N° 28599, declara de interés nacional el desarrollo de la Zona Franca de Tacna - ZOFRATACNA, para la realización de actividades industriales, agroindustriales, de maquila y de servicios, y de la Zona Comercial de Tacna, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible del departamento de Tacna, a través de la promoción de la inversión y desarrollo tecnológico; Que, el artículo 7° de la Ley Nº 27688, modifi cado por el artículo 2° de la Ley Nº 28599, establece que en la Zona Franca se podrán desarrollar entre otras actividades, las de reparación, reacondicionamiento y/o mantenimiento de maquinaria, motores y equipos para la actividad minera, de acuerdo a la lista aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el artículo 5° del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 27688 -Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna y sus normas modifi catorias, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2006-MINCETUR, precisa que la Resolución Ministerial que aprueba la lista de bienes, a su vez establecerá las características y requisitos técnicos que deberán cumplir los bienes a ser reparados, reacondicionados y/o sujetos a mantenimiento; Que, el artículo 1° del Reglamento Interno del Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna - ZOFRATACNA, aprobado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo mediante Resolución Ministerial N° 122-2004-MINCETUR-DM, establece que el Comité de Administración de la ZOFRATACNA en el marco de los lineamientos generales que dispone el mismo Reglamento, dictará los procedimientos internos para el control del ingreso, permanencia y salida de mercancías, al interior de la ZOFRATACNA, incluida la salida de bienes a la Zona Comercial de Tacna;S E R V I C I O S ENTIDAD: MINISTERIO DE JUSTICIA N° DE ORDENSERVICIOS REQUISITOSDERECHO DE PAGO % UITPlazo para la Atención 1Arbitraje Popular en el Centro de Arbitraje Popular “Arbitra Perú” del Ministerio de Justicia- Solicitud dirigida al Coordinador Administrativo del Centro de Arbitraje del Ministerio de Justicia, la misma que debe contener:a) Identi fi cación y domicilio del demandante: - Nombre y el número de su documento de identidad - Copia del poder si se actúa a través de representante - Cuando es persona jurídica se indicará la razón o denominación social, los datos de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, nombre del representante y número del documento nacional de identidad, acompañando copia de los respectivos poderes con indicación de los datos de su inscripción - Domicilio procesal del demandante dentro del radio urbano donde funciona el Centro de Arbitraje - Número de teléfono, telex, telefacsimil, correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación con el que se desee realice las noti fi caciones b) Los datos de indeti fi cación y domicilio del demandado involucrado en la controversiac) Copia del Convenio Arbitral o la evidencia del compromiso escrito de las partes de someter su controversia a arbitraje institucional, administrado por el Centro de Arbitrajed) Determinación de lo que será materia de la demanda, incluyendo un resumen de la controversia o con fl icto, precisando las retenciones y el monto involucrado, si es posible que sea cuanti fi cable e) Nombre y domicilio del árbitro designado, por el demandante, el que deberá formar parte de la nómina de árbitros del Centro de ArbitrajeEn caso de designar al árbitro, indicar el procedimiento pactado para su designación o su sometimiento al árbitro que designe el Centro de Arbitrajef) Indicar las reglas aplicables al procedimiento arbitral o indicar si éstas serán determinadas por el Centro de Arbitraje, con la aceptación expresa de someterse a éstasg) Indicar si se ha ejecutado una medida cautelar antes de la solicitud de arbitraje- Recibo de pago por derecho de trámite 1.423 días 2Suscripción de Convenios ArbitralesPresenta solicitud dirigida al Coordinador Administrativo del Centro de Arbitraje, adjuntando:- Copia del Documento Nacional de Identidad- Copia del contrato materia de controversia- Recibo de pago por derecho de trámite0.307 290360-1 Descargado desde www.elperuano.com.pe