Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2008 (13/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Decimo Primero: Que teniendo en cuenta que el MORDAZA de evaluacion y ratificacion es un MORDAZA publico, la critica ciudadana a la funcion publica es un elemento fundamental en el fortalecimiento de las instituciones de la democracia participativa, en ese sentido, la sociedad civil, asi como las entidades representativas reconocidas por la Constitucion Politica, coadyuvan a la evaluacion de la conducta e idoneidad de los magistrados; por ello, debe considerarse entre otras informaciones aquellas proporcionadas por los Colegios de Abogados; en este orden, resulta pertinente tomar en cuenta los resultados de una encuesta remitida por el Colegio de Abogados de MORDAZA, realizada el 24 de setiembre del 1999, para los efectos del MORDAZA de evaluacion y ratificacion de magistrados, en la cual se consulto sobre la conducta e idoneidad del doctor MORDAZA MORDAZA Almenara MORDAZA, registrandose 1076 votos desfavorables de un total de 4420 votos. Al respecto durante su entrevista publica, el magistrado evaluado senalo que los abogados habiles a la fecha de la referida encuesta, sumaban alrededor de 12,600 abogados aproximadamente, recalcando que los votos que figuran en su contra no representan ni el 10% de abogados habiles, ademas que dicha votacion tenia el caracter de voluntario, conforme se acredita con la Certificacion expedida por el Colegio de Abogados de MORDAZA de fecha 1 de MORDAZA de 2008, que obra en autos. De lo que se deduce que el evaluado tiene aceptacion por parte de la comunidad juridica de MORDAZA, que es el lugar donde ejerce sus funciones. Decimo Segundo: Que, respecto al patrimonio del magistrado, se desprende de los documentos que obran en el expediente como en sus declaraciones juradas, la informacion de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y de lo vertido en la entrevista personal, que el evaluado no ha tenido un incremento desmesurado en su patrimonio, evidenciando una situacion regular y compatible con sus ingresos y obligaciones, todo lo cual, ademas ha sido oportunamente declarado a su institucion; Decimo Tercero: Que, en lo referente al aspecto de idoneidad, la produccion jurisdiccional del evaluado, en la informacion obrante en el expediente del magistrado evaluado, y que fuera remitida por Oficio N° 658-2001-- CS-SG-PJ del 15 de febrero de 2001 de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, fluye que el magistrado evaluado durante el ano 1994, expidio 960 resoluciones; en el ano 1995, 1282 resoluciones; en el ano 1996, 1430 resoluciones; en el ano 1997, 1427 resoluciones; en el ano 1999, 670 resoluciones, en el ano 2000, 663 resoluciones; lo anotado conlleva a establecer que el evaluado registra una produccion jurisdiccional aceptable; Decimo Cuarto: Que, respecto a la calidad de las resoluciones del evaluado, en merito al analisis e informe emitido por el especialista y que este colegiado asume con ponderacion, de 15 resoluciones, 10 han sido consideradas como buenas, 4 como aceptables y 1 deficiente, advirtiendose en general, un adecuado razonamiento y sustentacion de las decisiones asi como claridad en la exposicion de sus argumentos y una razonada valoracion de la prueba; lo anotado conlleva a establecer que el evaluado revela adecuada calidad de sus pronunciamientos funcionales; Decimo Quinto: Que, respecto a la capacitacion se ha podido establecer que el doctor MORDAZA MORDAZA Almenara MORDAZA, es un magistrado que, durante el periodo de evaluacion, registra participacion en 11 eventos academicos como ponente, 6 como asistente, ademas de su participacion en el "Pleno Jurisdiccional Regional Laboral" realizado en la MORDAZA de Huancayo los dias 23 y 24 de MORDAZA del presente ano; siendo el promedio resultante como asistente a razon de mas de 3 eventos por ano, lo cual se considera como aceptable. Asimismo, tiene cuatro publicaciones; el doctor Almenara MORDAZA, ademas es egresado de la Maestria en Derecho con mencion en Derecho Civil de la Pontificia Universidad Catolica del Peru y es egresado tambien de la Maestria en Derecho con Mencion en Politica Jurisdiccional de la misma MORDAZA de Estudios; respecto de esta MORDAZA Maestria, senalo durante su entrevista publica, que su proyecto de tesis titulada "Eficacia del Modelo Judicial Peruano desde la perspectiva del Supremo Tribunal", ha sido aprobado por su asesor; de otro lado; tambien obra en su legajo, la MORDAZA que acredita que el magistrado evaluado cursa el III ciclo del Doctorado en Derecho de la Universidad de San MORDAZA de Porres. Acredita haber ejercido la docencia en Facultad de Derecho de

la Universidad San MORDAZA de Porres desde el ano 1973 a 2006, como Docente Asociado; en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, desde el ano 1978 a 1986 como Docente Ordinario Auxiliar, en la Facultad de Derecho de la Universidad Femenina del Sagrado Corazon-UNIFE, desde el ano 1991 a la fecha, como Profesor Ordinario Principal, incluso habiendose desempenado como Decano adjunto interino de la referida facultad, siendo que a partir su carga academica es de 8 horas, lo cual es considerado por este Consejo como un merito; tambien ha seguido cursos de computacion, lo cual muestra una aceptable preocupacion academica; Cabe mencionar que durante la entrevista publica se le formularon preguntas respecto a temas relacionados a la Casacion en la Corte Suprema, siendo respondidas de manera acertada, revelando conocimiento y seguridad; Decimo Sexto: Que, en sintesis, de lo actuado en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion ha quedado establecido que el doctor MORDAZA MORDAZA Almenara MORDAZA, durante el periodo sujeto a evaluacion, ha demostrado una conducta acorde con la delicada funcion de administrar justicia, pues no registra antecedentes policiales, judiciales ni penales; en lo referente en el aspecto de su idoneidad, ha demostrado una aceptable participacion en diversos eventos academicos. El doctor Almenara MORDAZA tiene tambien cuatro publicaciones, es egresado de las Maestrias en Derecho Civil y en Politica Jurisdiccional de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, por lo que se le exhorta para que culmine debidamente en los mencionados post grado; de otro lado, acredita tambien que se encuentra cursando el II Ciclo del Doctorado de la Universidad San MORDAZA de Porres; ademas ha acreditado haber ejercido la docencia en las Facultades de Derecho de la Universidad San MORDAZA de Porres, Pontificia Universidad Catolica del Peru y actualmente en la Universidad Femenina del Sagrado Corazon ­UNIFE, de la cual ha sido Decano adjunto interino y que a la fecha se mantiene como docente con una carga academica de ocho horas, conforme a ley, lo cual demuestra preocupacion academica e intelectual. Todo lo referido evidencia un buen nivel de preparacion, aspecto que tambien ha sido corroborado a traves de la entrevista personal realizada por el Pleno del Consejo en sesion publica del 22 de setiembre del ano en curso, en la que evidencio adecuada preparacion y versacion en su especialidad; Decimo Setimo: Que, este Consejo tambien tiene presente el examen psicometrico (psiquiatrico y psicologico) practicado en la persona del doctor MORDAZA MORDAZA Almenara MORDAZA, cuyas conclusiones resultan favorables al magistrado y que sin embargo, por la naturaleza de la informacion, se guarda reserva de la misma; Decimo Octavo: Que, por todo lo expuesto, tomando en cuenta unicamente aquellos elementos objetivos ya glosados para el MORDAZA de evaluacion y ratificacion que nos ocupa, se ha determinado la conviccion mayoritaria del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en el sentido de renovar la confianza al magistrado evaluado; En consecuencia, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del articulo 154° de la Constitucion Politica del Peru, articulo 21° inciso b) y articulo 37° inciso b) de la Ley 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y articulo 29° del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion N° 1019-2005-CNM, y al acuerdo adoptado por mayoria por el Pleno en sesion del 26 de setiembre de 2008; con la abstencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Bardales; SE RESUELVE:

Primero: Renovar la confianza al doctor MORDAZA MORDAZA Almenara MORDAZA y, en consecuencia, ratificar en el cargo de Vocal de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. Segundo: Notifiquese personalmente al magistrado ratificado y remitase MORDAZA certificada al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de conformidad con el articulo trigesimo MORDAZA del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Publico, y remitase MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina

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