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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de diciembre de 2008 385525 contra la Resolución Nº 3172-2008-TC-S3 de 31.10.2008, que le sanciona con veinte (20) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 33. MERCEDES GUILLÉN GÓMEZ. Mediante Resolución Nº 3359-2008-TC-S3 de 19.11.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 3173-2008-TC-S3 de 31.10.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 34. ALIMENTOS Y CARNES E.I.R.L. (ALICAR E.I.R.L.) Mediante Resolución Nº 3360-2008-TC-S3 de 19.11.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 3174-2008-TC-S3 de 31.10.2008, que le sanciona con once (11) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 35. H.B. CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. (antes H.B. CONTRATISTAS GENERALES E.I.R.L.) Mediante Resolución Nº 3361-2008-TC-S3 de 19.11.2008, se declaró fundado en parte el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 3186-2008-TC-S3 de 31.10.2008, reformando el período de sanción de diez (10) a siete (7) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 36.VANECO E.I.R.L. Mediante Resolución Nº 3372- 2008-TC-S3 de 24.11.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 3081-2008-TC-S3 de 27.10.2008, que le sanciona con doce (12) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo Segundo.- Disponer que la Dirección de Plataforma - SEACE incorpore la relación de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de noviembre de 2008 a la página web de la Entidad, www.consucode.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.SANTIAGO B. ANTÚNEZ DE MAYOLO M. Presidente 291972-1INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan la ejecución de la “Encuesta Mensual de Empleo en el Sector Construcción” en Lima Metropolitana RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 352-2008-INEI Lima, 9 de diciembre del 2008Visto el ofi cio Nº 255-2008-MTPE/4/10.3, de la Ofi cina de Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (MTPE), solicitando autorización para la ejecución de la “Encuesta Mensual de Empleo en el Sector Construcción” en Lima Metropolitana. CONSIDERANDO:Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene programado realizar durante el período enero a diciembre del 2009, la “Encuesta Mensual de Empleo en el Sector Construcción” en Lima Metropolitana, toda vez que se requiere contar con información de las variaciones coyunturales en el volumen de la demanda de mano de obra por parte del sector privado de nuestra economía, que será de utilidad para la toma de decisiones sobre políticas de empleo y de recursos humanos; Que, en concordancia con la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, seguirá ejecutando la “Encuesta Mensual de Empleo en el Sector Construcción”, mientras dure el proceso de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución de la “Encuesta Mensual de Empleo en el Sector Construcción” en Lima Metropolitana, dirigida a una muestra de 658 empresas con 10 a más trabajadores que pertenecen a este sector, así como aprobar el formulario respectivo y fi jar el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604- “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Mensual de Empleo en el Sector Construcción” en Lima Metropolitana, durante el año 2009, dirigida a una muestra representativa de empresas con 10 a más trabajadores que se dedican a las actividades: Preparación del terreno (CIIU 4510); Construcción de Edifi cios completos y partes de Edifi cios, Obras de Ingeniería Civil (CIIU 4520); Acondicionamiento de Edifi cios (CIIU 4530), Terminación Descargado desde www.elperuano.com.pe