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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (19/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de diciembre de 2008 385528 TIPIFICACIÓN Y ESCALA DE MULTAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE RECLAMOS DE USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE DISTRIBUCIÓN DE ELECTRICIDAD Y DE GAS NATURAL POR DUCTOS LEYENDA (Órganos competentes para resolver) O.I. : Órgano Instructor O.S. : Órgano SancionadorSTA : Secretarías Técnicas AdjuntasJARU : Junta de Apelaciones de Reclamos de UsuariosTASTEM : Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería Rubro 1 Infracción Base NormativaSanción PecuniariaÓrganos competentes para resolver Primera instancia Segunda instanciaEmpresas Eléctricas (Tipo 1)Empresas Eléctricas (Tipo 2)Empresas Eléctricas (Tipo 3)Empresas Eléctricas (Tipo 4)Empresas de Distribución de Gas Natural por DuctosO.I O.S. 1) Cuando la concesionaria no cumpla con informar su horario de atención o su variación en las formas previstas por la normatividad vigente.Sexta Disposición Transitoria de la Resolución Nº 671-2007- OS/CDDe 1 a 2 UIT De 1 a 3 UIT De 1 a 4 UIT De 1 a 5 UIT De 1 a 5 UIT STA JARU JARU TASTEM 2) Cuando la concesionaria no cumpla con la entrega de guías de orientación a quien se lo solicite o incumpla con la exhibición de a fi ches colocados en lugares visibles que contengan los requisitos, deberes, derechos y demás aspectos relacionados con el servicio público que brinda.Numeral 1.5 de la Resolución Nº 671- 2007-OS/CD.De 1 a 2 UIT De 1 a 3 UIT De 1 a 4 UIT De 1 a 5 UIT De 1 a 5 UIT STA JARU JARU TASTEM 3) Cuando la concesionaria no cumpla con publicar en la página web el texto íntegro del acto materia de noti fi cación en la misma fecha que se realicen las publicaciones en los diarios donde se efectúe la notifi cación por edictos.Numeral 1.9 de la Resolución Nº 671- 2007- OS/CD.De 1 a 2 UIT De 1 a 3 UIT De 1 a 4 UIT De 1 a 5 UIT De 1 a 5 UIT STA JARU JARU TASTEM 4) Cuando la concesionaria no cumpla con informar vía página web el estado de tramitación del reclamo en primera instancia, y ; habilitar una dirección de web y número telefónico para formultación de reclamos.Numeral 1.5 de la Resolución Nº 671- 2007- OS/CD.De 2 a 4 UIT De 2 a 6 UIT De 2 a 8 UIT De 2 a 10 a UIT De 2 a 10 a UIT STA JARU JARU TASTEM 5) Cuando la concesionaria no cumpla con la exhibición de los precedentes de observancia obligatorio y lineamientos resolutivos de la JARU en lugares de atención y su página web, respectivamente.Numeral 1.5 de la Resolución Nº 671- 2007- OS/CD.De 2 a 4 UIT De 2 a 6 UIT De 2 a 8 UIT De 2 a 10 a UIT De 2 a 10 a UIT STA JARU JARU TASTEM 6) Cuando la concesionaria no cumpla con informar al usuario inmediatamente después de efectuado el corte, la información de la que se desprenda el motivo del corte.Numeral 2.10 de la Resolución Nº 671- 2007- OS/CD.De 2 a 4 UIT De 2 a 6 UIT De 2 a 8 UIT De 2 a 10 UIT De 2 a 10 UIT STA JARU JARU TASTEM 7) Ante la negativa de la concesionaria al acceso del usuario a la información del expediente de reclamo u otra relacionada.Artículos 55º de la Ley Nº 27444. De 2 a 4 UIT De 2 a 6 UIT De 2 a 8 UIT De 2 a 10 a UIT De 2 a 10 a UIT STA JARU JARU TASTEM Numerales 1.5 y 1.7 de la Resolución Nº 671-2007- OS/CD. 8) Cuando la concesionaria no cumpla con informar la relación de los funcionarios autorizados a suscribir actos administrativos, así como su variación, o cuando estos actos sean suscritos por funcionarios no autorizados.Tercera Disposición Transitoria de la Resolución Nº 671-2007-OS/CD.De 1 a 2 UIT De 1 a 3 UIT De 1 a 4 UIT De 1 a 5 UIT De 1 a 5 UIT STA JARU JARU TASTEM 9) Cuando la concesionaria no cumpla con mantener en sus archivos electrónicos la información digitalizada a que se re fi ere la Directiva de reclamos de Usuarios.Numeral 3.5 de la Resolución Nº 671- 2007- OS/CD.De 2 a 4 UIT De 2 a 6 UIT De 2 a 8 UIT De 2 a 10 a UIT De 2 a 10 a UIT STA JARU JARU TASTEM 10) Cuando la concesionaria no informe del cumplimiento, lo haga de forma parcial, tardía o defectuosa, de las Resoluciones emitidas por la JARU dentro del plazo concedido para tal efecto. Resolución Nº 184-2007- OS/CD.De 1 a 3 UIT De 1 a 5 UIT De 1 a 8 UIT De 1 a 10 UIT De 1 a 10 UIT STA JARU JARU TASTEM 11) Ante el ocultamiento de información a Osinergmin, la demora en proporcionarla, o la presentación de falsa o adulterada.Artículos 76º de la Ley Nº 27444. De 1 a 100 UIT De 1 a 100 UIT De 1 a 100 UIT De 1 a 100 UIT De 1 a 100 UIT STA JARU JARU TASTEM Artículo 87° del Reglamento General de Osinergmin 12) Cuando a pesar de haberse solicitado el contraste, la concesionaria no actúa dicha prueba y resuelve emitiendo resolución.Numeral 2.11 de la Resolución Nº 671- 2007- OS/CD.De 1 a 2 UIT De 1 a 3 UIT De 1 a 4 UIT De 1 a 5 UIT De 1 a 5 UIT STA JARU JARU TASTEM 13) Cuando la concesionaria, a pesar de haber solicitado la actuacuón de una prueba pertinente para resolver el reclamo, vía recurso de reconsideración, no cumplen con actuar la referida Artículo 208º de la Ley Nº 27444. De 1 a 2 UIT De 1 a 3 UIT De 1 a 4 UIT De 1 a 5 UIT De 1 a 5 UIT STA JARU JARU TASTEM Numeral 3.5 de la Resolución Nº 671- 2007- OS/CD. Descargado desde www.elperuano.com.pe