TEXTO PAGINA: 25
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de diciembre de 2008 385599 1.REITERAR las recomendaciones contenidas en el Informe Defensorial Nº 112, con la fi nalidad de EXHORTARLOS a que cumplan con incluir de manera expresa los objetivos, políticas, acciones y metas en materia de reparaciones en los planes estratégicos institucionales, en la programación multianual y planes operativos anuales, en coordinación con la Comisión Multisectorial de Alto Nivel, de conformidad con lo establecido en el artículo 55º del Reglamento del Plan Integral de Reparaciones, contemplando para dicho fi n, el presupuesto correspondiente. 2.DESIGNAR a sus respectivos representantes a efectos de conformar el Grupo de Apoyo a la Comisión Multisectorial de Alto Nivel, instancia que permitirá establecer una forma de comunicación y coordinación más fl uida. Artículo Decimosexto.- Al Jefe del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC) 1.REITERAR las recomendaciones contenidas en el Informe Defensorial Nº 128, con la fi nalidad de IMPLEMENTAR los instrumentos necesarios para la adecuada inscripción de la situación jurídica de los ausentes por desaparición forzada en el Reniec. 2.EVALUAR , en coordinación con la CMAN, la modifi cación de sus normas internas a fi n de que los familiares de las personas ausentes por desaparición forzada y de las personas fallecidas que requieran regularizar su situación jurídica, puedan ser inscritas en el RENIEC a mérito de la constancia que otorga el Consejo de Reparaciones, como parte del Programa de Restitución de Derechos. Artículo Decimoséptimo.- REMITIR el Informe Defensorial Nº 139 al Presidente del Consejo de Ministros; a los Ministros de Defensa, del Interior, de Justicia y de Salud; al Presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República; al Presidente de la Corte Suprema de Justicia; a la Fiscal de la Nación; al Coordinador de la Sala Penal Nacional; al Fiscal Superior Coordinador de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales; a los Presidentes Regionales de Ayacucho, Huánuco, Huancavelica, Apurímac, Junín, Puno, Pasco, Ucayali, Cusco y San Martín; al Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel; a la Presidenta del Consejo de Reparaciones; al Jefe del Seguro Integral de Salud y al Jefe del RENIEC. Artículo Decimoctavo.- ENCARGAR a la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo el seguimiento de la presente resolución. Artículo Decimonoveno.- INCLUIR la presente Resolución Defensorial en el Informe Anual al Congreso de la República de acuerdo con el artículo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 292780-1 MINISTERIO PUBLICO Dan por concluida designación de fiscal adjunto titular en el despacho de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito del Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1687-2008-MP-FN Lima, 19 de diciembre de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 104-2008-PCNM, de fecha 25 de julio del 2008, publicada el 06 de diciembre del 2008, el Consejo Nacional de la Magistratura, resuelve no renovar la confi anza al doctor Walter Humberto Pinedo Julca, y en consecuencia no ratifi carlo en el cargo de Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal del Cusco, Distrito Judicial de Cusco, dejando sin efecto su nombramiento y cancelándose su título. Asimismo, por Resolución Nº 168-2008-PCNM, de fecha 13 de noviembre del 2008; publicada el 06 de diciembre del 2008, el Consejo Nacional de la Magistratura, resuelve declarar improcedente por extemporáneo el recurso extraordinario interpuesto por el doctor Walter Humberto Pinedo Julca, contra la Resolución Nº 104-2008-PCNM, declarándola consentida y disponiéndose la ejecución inmediata de la resolución de no ratifi carlo en el cargo de Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal del Cusco, Distrito Judicial del Cusco; lo que hace necesario dar por concluida su designación en el Despacho que ocupaba. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Walter Humberto Pinedo Julca, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal del Cusco, Distrito Judicial del Cusco; en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito del Cusco; materia de la Resolución Nº 1157-2007-MP-FN, de fecha 28 de setiembre del 2007. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Superior Titular Decano del Distrito Judicial del Cusco, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.PERCY PEÑARANDA PORTUGAL Fiscal Supremo TitularEncargado del Despacho dela Fiscalía de la Nación 293489-1 Dan por concluida designación de fiscal superior titular en el despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal del Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1688-2008-MP-FN Lima, 19 de diciembre de 2008VISTO Y CONSIDERANDO:Que, por Resolución Nº 098-2008-PCNM, de fecha 25 de julio del 2008, publicada el 16 de diciembre del 2008; el Consejo Nacional de la Magistratura, resuelve no renovar la confi anza a la doctora Rosa Victoria Valdivia Yaranga, y en consecuencia no ratifi carla en el cargo de Fiscal Superior Titular Penal del Callao, Distrito Judicial del Callao, dejando sin efecto su nombramiento y cancelándose su título. Asimismo, por Resolución Nº 172-2008-PCNM, de fecha 01 de diciembre del 2008, publicada el 16 de diciembre del 2008; el Consejo Nacional de la Magistratura, resuelve declarar infundado el recurso extraordinario interpuesto por la doctora Rosa Victoria Valdivia Yaranga, contra la Resolución Nº 098-2008-PCNM, disponiéndose la ejecución inmediata de la resolución de no ratifi carla en el cargo de Fiscal Superior Titular Penal del Callao, Distrito Judicial del Callao; lo que hace necesario dar por concluida su designación en el Despacho que ocupaba. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;Descargado desde www.elperuano.com.pe