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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de diciembre de 2008 385607 Que, en mérito al Informe Técnico referido en la sección VISTO, este Consejo Directivo considera pertinente dar inicio al procedimiento de ofi cio para revisar la regulación de cargos de interconexión tope aplicable por la terminación de llamadas en las redes de los servicios públicos móviles de telefonía móvil, servicio de comunicaciones personales (PCS) y servicio móvil de canales múltiples de selección automática (Troncalizado); Que, forma parte de la motivación de la presente resolución el Informe N° 551-GPR/2008 elaborado por la Gerencia de Políticas Regulatorias del OSIPTEL; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesión Nº 329; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Dar inicio al procedimiento de ofi cio para la revisión de cargos de interconexión tope por la terminación de llamadas en las redes de los servicios públicos móviles de Telefonía Móvil, Servicio de Comunicaciones Personales (PCS) y Servicio Móvil de Canales Múltiples de Selección Automática (Troncalizado). Artículo 2°.- Otorgar a las empresas concesionarias de los servicios públicos móviles de Telefonía Móvil, PCS y Troncalizado, un plazo de ochenta (80) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, para que presenten sus respectivas propuestas de cargo de interconexión tope por terminación de llamadas en las redes de los servicios públicos móviles, conjuntamente con el estudio de costos correspondiente que deberá incluir el sustento técnico-económico de los supuestos, parámetros, bases de datos y cualquier otra información utilizada en su estudio. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución y su exposición de motivos en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, se dispone que la presente resolución, su exposición de motivos y el Informe N° 551-GPR/2008 sean publicados en la página web institucional y notifi cados a las empresas concesionarias de los servicios públicos móviles comprendidas en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUILLERMO THORNBERRY VILLARÁN Presidente del Consejo Directivo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS REVISIÓN DEL CARGO DE INTERCONEXIÓN TOPE POR LA TERMINACIÓN DE LLAMADAS EN LAS REDES DE LOS SERVICIOS MÓVILES 1. AntecedentesUna de las principales funciones del OSIPTEL es la determinación y regulación de diversas variables que tienen un elevado interés dentro de las relaciones existentes entre los distintos agentes (usuarios y empresas operadoras) que actúan en el mercado, y que a su vez guardan una estrecha relación con los objetivos de política vigentes para el desarrollo del sector. En este contexto, desde el punto de vista de la relación empresa-empresa, la interconexión de los servicios públicos de telecomunicaciones cumple un papel fundamental en la promoción de la competencia en la medida que permite lograr la integración de las distintas redes en una sola gran red y facilita a los usuarios acceder a múltiples servicios de telecomunicaciones utilizando la misma infraestructura. Dentro del marco antes referido, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de diciembre de 2003, se aprobó el Procedimiento para la Fijación o Revisión de Cargos de Interconexión Tope, cuyo inicio puede ser promovido de ofi cio o a solicitud de una empresa operadora. Mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 070- 2005-CD/OSIPTEL, publicada el 24 de noviembre de 2005, se establecieron los cargos de interconexión tope por la terminación de llamadas en las redes de los servicios móviles para las empresas: América Móvil Perú S.A.C., Nextel del Perú S.A. y Telefónica Móviles S.A., los cuales están vigentes hasta el mes de diciembre de 2009. Por otro lado, el numeral 4 del artículo 9º del Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC que incorporó los “Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios de Telecomunicaciones en el Perú” al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, establece que la revisión de los cargos de interconexión tope se efectuará cada cuatro años, permaneciendo vigente durante dicho período. 2. Variables determinantes en el proceso de revisión de los cargos y evolución del mercado de los servicios móviles En los últimos años se ha observado que el mercado de los servicios móviles ha experimentado un desarrollo importante en lo referente a innovaciones tecnológicas, tamaño de las redes de los operadores móviles, nivel de ventas, tráfi co cursado, precios y gama de servicios brindados; variables determinantes para el proceso de revisión de los cargos de interconexión tope por la terminación de llamadas en las redes de los servicios móviles. En lo referente al tamaño de las redes de los operadores móviles, este ha tenido una senda creciente caracterizada por el crecimiento en el número de líneas y en la cobertura geográfica del servicio. Desde el año 2004 el número de líneas en servicio ha crecido a tasas superiores a 36% anual, especialmente los dos últimos años en los que la tasa de crecimiento anual alcanzó el nivel de 57,1% para el año 2006 y 76% para el 2007. Así, el número de líneas en servicio ha crecido de 4,1 millones en el 2004 a 18,2 millones a junio del 2008, lo que se traduce en el paso de un nivel de penetración de 14,7 a 65,5 líneas en servicio por cada 100 habitantes. Es preciso mencionar que el crecimiento del número de líneas ha estado liderado por la expansión del servicio prepago, logrando una participación de 89% del total de líneas en servicio. Con respecto al nivel de cobertura, las empresas operadoras han venido expandiendo su servicio a nivel geográfi co de tal forma que en la actualidad se encuentran cubiertos 1 412 de un total de 1 833 distritos. Dicha expansión es relevante en términos de acceso a hogares, en especial para los hogares rurales. El crecimiento del número de líneas y el nivel de cobertura ha sido acompañado por cambios tecnológicos que los operadores han adoptado con la fi nalidad de brindar nuevos servicios o mejorar los existentes, así como también para mejorar la infraestructura de sus redes e ir preparándolas para los futuros desarrollos. Dentro de dichos cambios se encuentran los cambios asociados a la asignación del espectro radioeléctrico entre los operadores móviles. En lo que respecta al nivel de tráfi co de voz en las redes móviles, esta variable también ha experimentado una tendencia creciente en los últimos años. Así, el tráfi co entrante a las líneas móviles ha alcanzado durante el año 2007 un nivel de 1 700 millones de minutos y viene creciendo a tasas mayores, pasando de una tasa de crecimiento anual de 3% en el 2004 a 22% en el 2006 y 17% en el 2007. En cuanto al tráfi co saliente desde móviles, éste ha pasado de un nivel de 2 035 millones de minutos en el 2004 a 9 243 millones en el 2007. En cuanto a los ingresos facturados en el mercado de los servicios móviles, se observa un notable incremento que va desde los 623,4 millones de dólares en el año 2004 hasta los 1 587 millones de dólares en el año 2007 (aproximadamente el 50% de los ingresos totales de la industria de telecomunicaciones). Finalmente, tanto la dinámica competitiva como las innovaciones tecnológicas y el rol desempeñado por el regulador al otorgar predictibilidad a los operadores móviles, se han traducido en reducciones importantes de precios. Dichas reducciones son a su vez complementadas con el lanzamiento de promociones, entre los que se encuentra el lanzamiento de las promociones que promueven la unifi cación tarifaria entre las comunicaciones locales y de larga distancia, y con la oferta de una mayor gama de servicios como son los mensajes cortos SMS y los mensajes multimedia MMS.Descargado desde www.elperuano.com.pe