TEXTO PAGINA: 56
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387254 Artículo 25°.- Vigencia de la norma El presente Decreto Supremo entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 26º- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 296313-9 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de venta de pasajes aéreos para el Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 598-2008-MEM/DM Lima, 24 de diciembre de 2008Visto: El Informe Técnico Nº 041-2008-OGA/LOG, de fecha 22 de diciembre de 2008 y el Informe Legal Nº 347-2008-MEM/OGAJ, de fecha 24 de diciembre de 2008, que sustenta la exoneración del Proceso de Selección respectivo para la contratación del Servicio de Venta de Pasajes Aéreos, por parte del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 313-2008- MEM/DM, de fecha 01 de julio de 2008, se aprobó la exoneración del Proceso de Selección respectivo para la Contratación del Servicio de Venta de Pasajes Aéreos para el Ministerio de Energía y Minas, en la modalidad de desabastecimiento inminente, y así, se autorizó contratar en forma directa y mediante acciones inmediatas; Que, en atención a lo dispuesto por la resolución referida en el considerando precedente, con fecha 10 de julio de 2008 se suscribió el Contrato Nº 350-2008-MEM/LOG, a fi n de que el Ministerio de Energía y Minas cuente con el servicio de venta de pasajes aéreos, dicho servicio sería brindado por la empresa FERTUR PERU E.I.R.L. Dicho contrato estaría vigente por el período de cinco meses o hasta que se otorgue el consentimiento de la Buena Pro al postor ganador del proceso de selección del Concurso Público Nº 07-2008-MEM; Que, se tiene que en el Concurso Público Nº 007- 2008-MEM, cuyo objeto es la contratación del Servicio de Venta de Pasajes Aéreos para Comisiones de Servicio del Ministerio de Energía y Minas por un período de un año, el Comité Especial encargado de su conducción, en sesión del 27 de noviembre de 2008, otorgó la Buena Pro a la empresa Representaciones del Centro S.A. por su propuesta de S/. 420,000.00 nuevos soles, en mérito de haber resultado en el primer lugar en el orden de prelación, acto que fue notifi cado oportunamente a través del Sistema de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – SEACE; Que, mediante Toma Razón del Expediente Nº 04923-2008-TC publicado en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones Estatales (SEACE), el Ministerio de Energía y Minas tomó conocimiento que en fecha 10 de diciembre de 2008, dentro del plazo de ley, la empresa DOMIRUTH TRAVEL SERVICE SAC., postor que resultó en el segundo lugar en el orden de prelación, interpuso recurso de apelación contra el acto de otorgamiento de la Buena Pro a que se refi ere el considerando precedente; Que, por medio del Informe Técnico Nº 041-2008- OGA/LOG, la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración ha remitido los términos de referencia para la contratación del Servicio de Venta de Pasajes Aéreos, así como el cálculo de las necesidades de pasajes para los próximos tres meses, lapso en el que la referida Ofi cina considera que se resolverá el recurso de apelación interpuesto ante el Tribunal del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. El mismo informe señala además que el monto para cubrir dicho período asciende a un costo estimado de S/. 280,182.00 (Doscientos Ochenta Mil Ciento Ochenta y Dos con 00/100 Nuevos Soles), tomando en consideración las cotizaciones presentadas por las empresas Representaciones del Centro S.A., Travel Time S.A. y Travel Group S.A; Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, señala que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de desabastecimiento inminente, declaradas de conformidad con la Ley; Que, en este sentido, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señalan que se encuentran exoneradas del respectivo proceso de selección, las contrataciones de bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación de desabastecimiento inminente; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Técnico Nº 041-2008-OGA/LOG, la Ofi cina de Logística ha emitido opinión favorable respecto a la viabilidad de la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Pública para la contratación del Servicio de Venta de Pasajes Aéreos, bajo la modalidad de desabastecimiento inminente, por un plazo máximo de ejecución de tres (03) meses o hasta que se suscriba el nuevo contrato derivado del Concurso Público (lo que ocurra primero), y hasta por un valor referencial de S/. 280,182.00 (Doscientos Ochenta Mil Ciento Ochenta y Dos con 00/100 Nuevos Soles); Que, tal como se señala en el Informe Nº 0122-2008- MEM/OGP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas se cuenta con la disponibilidad presupuestaria para el año 2009, por el monto señalado de S/. 280,182.00 (Doscientos Ochenta Mil Ciento Ochenta y Dos con 00/100 Nuevos Soles); Que, en el ejercicio de las facultades de delegación contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y sus modifi catorias; resulta conveniente delegar, en la Ofi cina General de Administración, la facultad de aprobar el expediente correspondiente al proceso exonerado bajo la modalidad de desabastecimiento inminente a que se refi ere la presente resolución y las bases correspondientes; Que, de conformidad con el artículo 7º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad; En virtud de los dispuesto por Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y su modifi catoria; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 01-MEM Central del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 013-2008-MEM/DM y modifi catorias, el Proceso de Selección respectivo para la contratación del Servicio de Venta de Pasajes Aéreos. Artículo 2º.- Aprobar la exoneración del Proceso de Selección respectivo para la Contratación del Servicio de Venta de Pasajes Aéreos para el Ministerio de Energía y Descargado desde www.elperuano.com.pe