Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2008 (16/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de febrero de 2008

Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

165526-1

Aprueban Lineamientos para la aplicacion de comisiones sobre el saldo administrado en el caso de los aportes voluntarios
CIRCULAR Nº AFP- 92 -2008
--------------------------------------------------------------Ref.: Lineamientos para la aplicacion de comisiones sobre el saldo administrado en el caso de los aportes voluntarios --------------------------------------------------------------Lima, 14 de febrero de 2008 Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso d) del articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF y sus modificatorias, en adelante la Ley, y la Tercera Disposicion Final y Transitoria de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00498-EF y sus modificatorias, en adelante el Reglamento, y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 101º del Reglamento, esta Superintendencia dispone lo siguiente: 1. Alcance La presente circular es de aplicacion a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) que establezcan modalidades de cobros de comisiones en funcion del saldo administrado en las cuentas y/o sub cuentas de los aportes voluntarios que tengan a su cargo. 2. Tratamiento de las comisiones Las AFP, para efectos de la implementacion de programas de comisiones en funcion del saldo administrado de las cuentas y/o sub cuentas de las cuentas individuales de capitalizacion de los aportes voluntarios, deberan sujetarse a los lineamientos siguientes: i. Ambito.- Podran aplicar modalidades de cobros de comisiones en funcion del saldo administrado de las cuentas y/o sub cuentas de las cuentas individuales de capitalizacion de los aportes voluntarios que tengan a su cargo, MORDAZA de sus afiliados o no, entendiendose por aquellos los que tienen aportes registrados en su Cuenta Individual de Capitalizacion de Aportes Obligatorios. ii. Estructura de comisiones.- Podran establecer expresiones numericas diferenciadas, segun las politicas y/o criterios que dispongan, los que en ningun caso, podran tener caracter discriminatorio respecto del caracter universal de su aplicacion. A tal efecto podran establecer porcentajes distintos tratandose de afiliados y no afiliados, del MORDAZA de fondo que se trate, de la sub cuenta de aporte voluntario, del plazo de administracion de los recursos, del monto promedio del saldo que se administre y/o de otros criterios que la Administradora determine; en este ultimo caso, deberan poner ello en conocimiento de esta Superintendencia, la que se pronunciara acerca de su procedencia en un plazo MORDAZA de quince (15) dias. Con el pronunciamiento de la Superintendencia o el termino del plazo respectivo, lo que ocurra primero, la AFP proseguira con la publicacion del aviso a que hace referencia el numeral 3 de la presente circular. iii. Periodo de cobro.- Estableceran periodos mensuales para la afectacion de las Cuentas Individuales de Capitalizacion de Aportes Voluntarios o para la afectacion de alguna de las Subcuentas de Aportes Voluntarios, por

efecto de la aplicacion de comisiones al ahorro voluntario. iv. Aplicacion.- La comision sobre el saldo administrado se aplicara sobre el promedio de saldos diarios de las Cuentas Individuales de Aportes Voluntarios o sobre alguna de las Subcuentas de Aportes Voluntarios del periodo que corresponda. Por otro lado, las AFP no aplicaran comisiones respecto de los saldos de aportes por los conceptos identificados con los codigos operacionales 2A06, 2A07, 2A08, 2A09, 3A06, 3A07, 3A08 y 3A09 del registro de operaciones del sistema de cuentas de los afiliados al SPP, aprobado mediante Circular Nº AFP-063-2005. v. Cargo de la comision.- La comision se cargara el ultimo dia del periodo mensual al que se refiere el literal iii., en la cuenta o sub cuenta de aportes voluntarios que corresponda. 3. Vigencia para el cobro a los afiliados y no afiliados a la AFP Las AFP, para efectos de la vigencia de la estructura de comisiones de que trata el literal ii. del numeral 2, se sujetaran al plazo de ochenta (80) dias a que hace referencia el articulo 102º del Reglamento. Dicho plazo se contabilizara desde la fecha de publicacion de un aviso en un diario de circulacion nacional y en el Diario Oficial El Peruano. 4. Informacion al MORDAZA Las AFP deberan comunicar a sus afiliados, a traves de sus MORDAZA de servicio al cliente, lo dispuesto en los numerales 2 y 3 de la presente circular. Asimismo, la estructura de comisiones que cobre la AFP debera estar a disposicion de los afiliados y publico en general en los establecimientos y agencias de atencion al publico asi como en la pagina web de la administradora. Por otro lado, las AFP, a solicitud de los afiliados, deberan estar en capacidad de entregar el sustento del calculo de comisiones por el periodo o periodos que los afiliados lo soliciten. 5. Vigencia La presente circular entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

164992-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Disponen inscripcion de fondos mutuos de inversion en valores denominados "Coril Fondo de Fondos - FMIV", "Coril Global Fund - FMIV" y "Coril Fondo Selectivo de Acciones - FMIV", en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTONOMOS Nº 006-2008-EF/94.06.2
MORDAZA, 17 de enero de 2008 VISTOS : El Expediente Nº 2007033873, iniciado por Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A., asi como el Informe Nº 063-2008-EF/94.06.2 de fecha 17 de enero de 2008;

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