Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2008 (24/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de febrero de 2008

Articulo Decimo Primero.- Para las reuniones del Comite de Administracion del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, se tendran en cuenta las siguientes reglas: a) Se efectuaran en forma ordinaria una (1) vez al mes y, en forma extraordinaria cada vez que sus miembros lo consideren necesario o a solicitud de la Administracion de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho o a solicitud de los representantes del Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad. b) Las citaciones para las sesiones extraordinarias se efectuaran de acuerdo a las circunstancias por lo menos con un (1) dia de antelacion senalandose la agenda correspondiente. c) Las Sesiones del Comite de Administracion se llevaran a cabo con la presencia de sus dos (2) miembros. d) Los acuerdos se adoptaran de manera colegiada y, en caso de discrepancia, se invitara a un representante de la Administracion Municipal o del Sindicato de Obreros Permanentes debidamente acreditados quienes rotativamente emitiran su MORDAZA dirimente a favor de una u otra posicion; siendo que para los efectos correspondientes en primer lugar correspondera a la Administracion Municipal designar su representante correspondiente. e)Las sesiones se realizaran en el orden siguiente: Lectura de la Agenda del Dia, Informes, Despacho y Acuerdos respectivos. CAPITULO VII UTILIZACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO Articulo Decimo Segundo.- El Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM solo podra utilizarse para los siguientes casos: a) Asistencia familiar mediante prestamos o donaciones segun los casos analizados y acreditados documentadamente ante dicho comite como enfermedad, fallecimiento, siniestro y para atender gastos imprevistos no cubiertos por la Seguridad Social y/o Seguro Medico Familiar previo informe favorable de la Administracion Municipal y/o del Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho y que tengan relacion directa con el obrero municipal, su conyuge, conviviente, hijos, padres y hermanos. b) Apoyo para las actividades de recreacion, educacion y deportes asi como para las artisticas y culturales de los trabajadores obreros de la Municipalidad Distrital de San de Lurigancho. c) Otorgamiento de Premios Honorificos en funcion de los informes de evaluacion de desempeno emitidos por la Administracion Municipal o el Sindicato de Obreros Permanentes de San MORDAZA de Lurigancho, en este ultimo caso se debera adjuntar acta de asamblea donde conste el acuerdo correspondiente en MORDAZA certificada. d) Financiamiento total o parcial de capacitacion, estudios superiores, investigaciones, tesis, etc. del personal obrero que quiera superarse y en especial, para aquellos cuyos estudios se encuentren relacionados a sus respectivas areas de trabajo y/o funciones asignadas dentro de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. e) Promover el dictado de cursos de capacitacion y formativos de la personalidad de los obreros municipales y que ayuden a su salud siquica, corporal y espiritual. f) Financiamiento para la adquisicion de bienes muebles e inmuebles con fines culturales o recreacionales que pasaran a propiedad de los trabajadores obreros de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho a traves del propio FASOM - MSJL. g) Financiamiento de Servicio de Comedor, Movilidad, Nido Cuna, entre otros. h) Inversiones que pasaran a ser bienes de propiedad de los trabajadores obreros de la Municipalidad a traves de su organizacion sindical que los representen. Articulo Decimo Tercero.- El Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM sera utilizado

excepcionalmente y en casos debidamente justificados y aprobados por el Comite de Administracion, en beneficio de aquellas personas o actos de asistencia social que contribuyan a mejorar la calidad de MORDAZA del personal obrero de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Decimo Cuarto.- El otorgamiento de los Premios Honorificos con cargo al Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho se MORDAZA anualmente al celebrarse el "Dia del Trabajador Municipal", "Dia del Servidor Publico" y, al conmemorarse cada "Aniversario del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho", Adicionalmente podran establecer premios honorificos en MORDAZA Patrias, Navidad y otros que el Comite en coordinacion con la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho y el Sindicato de Obreros Permanentes de San MORDAZA de Lurigancho consideren convenientes. Articulo Decimo Quinto.- La aplicacion del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, se MORDAZA de acuerdo al Plan Anual de Trabajo, Plan Anual de Utilizacion del FASOM -MSJL, Normas Generales y Especificas que resulten aplicables. Al respecto, el monto del prestamo que se otorgue dependera de la cantidad del Fondo existente y de acuerdo a la autorizacion del Comite de Administracion del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM, el cual sera descontado mensualmente segun el plazo y demas condiciones que para tal efecto disponga el Comite respectivo. CAPITULO VIII DEVOLUCIONES POR DESCUENTOS lNDEBlDOS Articulo Decimo Sexto.- En caso de devoluciones por descuentos indebidos a servidores obreros y, cuyos montos hubieran sido ingresados a la cuenta del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, el Gerente de Administracion y Finanzas solicitara al Comite de Administracion del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM, la devolucion de la cantidad indebidamente descontada, previo informe favorable del Sub Gerente de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Decimo Setimo.- Para los efectos a que se contrae el articulo anterior, el Comite de Administracion del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal FASOM entregara a nombre de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho el monto correspondiente al descuento y deposito indebido. TITULO III DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los asuntos no contemplados en el presente Reglamento Interno, seran evaluados y resueltos por el Comite de Administracion del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM, pudiendo recurrir a la contratacion de profesionales independientes segun la complejidad del caso materia de consulta. Segunda.- El presente Reglamento sera aprobado mediante acto administrativo emitido por la Alcaldia o por quien tenga delegacion de facultades para tal efecto. 168171-1

Amplian prorroga de plazo de vigencia de la Ordenanza N° 118, sobre beneficio de inscripcion masiva gratuita de Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y Regularizacion de Edificaciones
DECRETO DE ALCALDIA N° 006 San MORDAZA de Lurigancho, 22 de febrero del 2008.

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