Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2008 (24/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES
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equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida. Que, en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 28607 de fecha 3 de octubre del 2005, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local, que tienen autonomia Politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de las Municipalidades Distritales, como son: Proveer el servicio de Limpieza Publica, fiscalizar y realizar labores de control de elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente, administrar y reglamentar el servicio de limpieza Publica y tratamiento de residuos solidos. Que, en el inciso 119.1 del articulo 119º de Ley General del Ambiente Ley Nº 28611, se establece que la gestion de los residuos solidos de origen domestico, comercial o que han sido de origen distinto presenten caracteristicas similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales. Que, la Ley General de Residuos Solidos - Ley Nº 23714 en su articulo 12 senala que la gestion de los residuos de responsabilidad municipal en el MORDAZA debe ser coordinada y concertada. Que, la Ordenanza Nº 097/ML del 9 de diciembre del 2004 aprobo el plan Integral de Gestion Ambiental de Residuos Solidos - PIGARS del distrito de Lurin, el cual dentro de sus actividades a corto plazo contempla la creacion y el fortalecimiento de Implementacion del PIGARS. Que, en el lineamiento de politica Nº 9 del articulo 4 de la Ley General de Residuos Solidos Nº 27314, se promueve la iniciativa y participacion activa de la poblacion, la sociedad civil organizada, y el sector privado en el manejo de residuos solidos. Que, en el articulo VIII (de la informacion y la participacion ciudadana) del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos Nº 27314, se menciona en el articulo 123 como mecanismo de participacion, que las autoridades municipales, asi como las demas autoridades competentes promoveran la implementacion de mecanismos de participacion ciudadana en la gestion de residuos solidos; tanto en el acceso a informacion asi como en la toma de decisiones en esta materia. Que, para lograr una adecuada gestion y manejo de los residuos solidos en el distrito de Lurin es necesario contar con una participacion adecuada y responsable de las diversas instituciones de caracter publico y privado, asi como de la poblacion en general, por lo que es conveniente establecer e implementar un espacio de discusion y concertacion de las diversas actividades que se desarrollan en el distrito con el proposito de contar con una ciudadana mas limpia y saludable y con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia Municipal; y, De conformidad y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6º del articulo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades SE DECRETA; Articulo Primero.- CREASE el Comite Local de Gestion Ambiental de Residuos Solidos - PIGARS del distrito de Lurin, el mismo que tendra como objetivo promover la adecuada gestion y manejo de residuos solidos contribuyendo asi la mejora de la calidad de MORDAZA de la poblacion. Articulo Segundo.- El Comite Local de Gestion Ambiental de Residuos Solido del distrito de Lurin estara conformado por representantes de las siguientes Instituciones: Por la Municipalidad - Un representante de la Gerencia Municipal , quien lo presidira. - Un representante de la Gerencia de Servicios Comunales. - Un representante de la Gerencia de Desarrollo Humano - Un representante de la Gerencia de Participacion Ciudadana. - Un representante de la Gerencia de Rentas.

Dos representantes del Sector Educativo. Dos representantes del sector Salud Dos representantes del sector Privado Dos representantes vecinales de cada una de las 5 zonas que conforman el distrito de Lurin. - Un representante de Organismos No Gubernamentales involucrados en la gestion de residuos solidos. - Dos representantes de la Junta de Usuarios - Sub distrito de Lurin - MORDAZA Adicionalmente, el comite podra invitar a otras instituciones o personas a participar de acuerdo a las necesidades que este identifique. Articulo Tercero.- Los confortantes descritos en el articulo anterior deberan designar un representante titular y alterno mediante comunicacion escrita, la misma que debera ser suscrita por el directivo de mas alto nivel. Articulo Cuarto.- La instalacion del comite Local de Gestion Ambiental de Residuos Solidos del distrito de Lurin, debera efectuarse en un plazo no mayor de quince dias de emitido el presente Decreto. Articulo Quinto.- El comite Local de Gestion Ambiental de Residuos Solidos del distrito de Lurin tendra un plazo no mayor de 15 dias a partir de la fecha de instalacion del comite, para la aprobacion de su reglamento de organizacion y funciones. Articulo Sexto.- Encargar a la Secretaria General la difusion a todas las unidades organicas de la Municipalidad de Lurin. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 167716-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Modifican Ordenanza N° 130 aprobo beneficio tributario para el pago de Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 132 San MORDAZA de Lurigancho, 21 de febrero del 2008. EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO; VISTO; en Sesion Ordinaria de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, preceptua que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los gobiernos locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa, la que ejerce a traves de sus Ordenanzas con rango de Ley, conforme lo establece en el MORDAZA numeral del Articulo 200º de la referida Carta Magna; Que, mediante Ordenanza Nº130 aprobada en sesion de Concejo de fecha 9 de enero del 2008 se aprobo el beneficio Tributario para el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, mediante Informe Nº 018-2008-SGAT-GR/MSJL de fecha 11 de enero del 2008, la Sub Gerencia de Administracion Tributaria informa la necesidad de ampliar y complementar los alcances de la Ordenanza Nº130 MORDAZA senalada, debido a que, habiendose verificado la existencia de incrementos desproporcionados en las tasas

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