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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (24/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de febrero de 2008 367268 085-2007-GM/MDA del 12 de julio de 2007, de la Gerencia Municipal. El Pleno del Concejo Distrital de Ancón, ha dado la siguiente ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO DE CONDONACIÓN DE REAJUSTES, INTERESES MORATORIOS DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES, MULTAS ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA EJECUCIÓN COACTIVA Y LA REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Y DE FUNCIONAMIENTO Artículo Primero.- Otorgar el Benefi cio de Regularización Tributaria a favor de todos los contribuyentes de la jurisdicción del distrito de Ancón, condonándose los interés moratorios, reajustes y multas por concepto del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales generados hasta el presente año, pudiendo optar por el fraccionamiento de pago según el siguiente cuadro: MONTO DE LA DEUDACUOTA INICIALMÁXIMO DE CUOTASMÍNIMO DEL V ALOR DE LA CUOTA MENSUAL S/.1.00 a S/.500.00S/.100.00 Ocho S/.50.00 S/.501.00 a más 20% del total de la deuda.Ocho S/.50.00 El incumplimiento del pago fraccionado perderá el benefi cio tributario y el monto cancelado será considerado como pago a cuenta del adeudo total. Artículo Segundo.- Establecer que el presente benefi cio tiene alcance a todos los contribuyentes que se encuentren en cualquier instancia administrativa previa a la ejecución coactiva. Artículo Tercero.- Establecer la condonación de las multas por concepto de carecer de Licencia de Funcionamiento, Licencia de Construcción y Declaratoria de Fábrica que se encuentren en cualquier instancia administrativa previa a la ejecución coactiva con la condición que en el plazo de la amnistía tributaria formalicen sus establecimientos comerciales; así como las construcciones, reconstrucciones, conservaciones, refacciones, demoliciones, o modifi caciones de inmuebles, respectivamente. Artículo Cuarto.- El Plazo de vigencia del presente benefi cio será desde el día siguiente de la dación de la presente Ordenanza hasta el 27 de julio del presente año. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Ofi cina de Rentas, Gerencia de Desarrollo Urbano y Ofi cina de Administración. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GUILLERMO LEONARDO POZO GARCIA Alcalde 168119-3 Otorgan beneficio tributario por pronto pago al contado del monto anual de los Arbitrios Municipales 2008 ORDENANZA Nº 135-2008-MDA Ancón, 16 de enero de 2008En la sesión ordinaria de la fecha, el pleno del Concejo ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA EL BENEFICIO TRIBUTARIO DEL 10% DE DESCUENTO POR EL PRONTO PAGO AL CONTADO DEL MONTO ANUAL DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2008 HASTA EL 28 DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO, A LOS CONTRIBUYENTES DE LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE ANCÓN Artículo Primero.- OTORGAR el benefi cio tributario del 10% de descuento en el monto anual de los Arbitrios Municipales 2008, a todos los Contribuyentes que cancelen la obligación tributaria antes indicada, hasta el día 28 de febrero del presente año. Precisar que para efectos de este descuento, el derecho de emisión mecanizada correspondiente no está considerado en el presente benefi cio y es con cargo a pagar por parte del Contribuyente respectivo. Artículo Segundo.- Encargar a la Ofi cina de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como su correspondiente difusión a los Contribuyentes de la jurisdicción, debiendo proceder a coordinar con la Ofi cina de Administración su implementación en el sistema informático de la Ofi cina de Rentas, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- Autorizar al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GUILLERMO LEONARDO POZO GARCÍA Alcalde 168123-1 Establecen derecho por determinación, emisión y distribución de declaraciones juradas de autoavalúo y tributos municipales por Impuesto Predial y Arbitrios 2008, y fijan fechas de pago ORDENANZA Nº 136-2008-MDA Ancón, 16 de enero de 2008En la sesión ordinaria de la fecha, el pleno del Concejo ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DERECHO POR DETERMINACIÓN, EMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE AUTOVALUO Y TRIBUTOS MUNICIPALES POR IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS 2008, ASIMISMO, FIJA EL CRONOGRAMA CON LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA SU PAGO AL CONTADO Y FRACCIONADO Artículo Primero.- AUTORIZAR la emisión mecanizada conjunta del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2008. Artículo Segundo.- Establecer en S/.21.00 (Veintiuno y 00/100 Nuevos Soles) el monto mínimo a pagar por el concepto de Impuesto Predial para Ejercicio 2008. Artículo Tercero.- Fijar para el Ejercicio Fiscal 2008, el monto que deberán abonar los contribuyentes o responsables tributarios por Derecho de Emisión Mecanizada, actualización de valores, determinación del impuesto, distribución de formularios de declaraciones juradas, liquidaciones y recibos de pago de Impuesto Predial en S/. 14.00 (catorce y 00/100 Nuevos Soles). Este derecho se abonará conjuntamente con el pago del Primer Trimestre del Impuesto Predial 2008. Por cada predio adicional se abonará la suma de S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Artículo Cuarto.- Fijar en S/.6.00 (seis y 00/100 Nuevos Soles) por cada predio, el monto anual del Derecho de Emisión y distribución mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y recibos de pago de los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques, Jardines correspondientes al ejercicio 2008, el mismo que se pagará a razón de S/. 1.00 (Uno y 00/100 Nuevos Soles) por cada Bimestre, cuyas fechas de vencimiento son el último día hábil de los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre. Artículo Quinto.- Fijar en S/. 5.00 (Cinco y 00/100 Nuevos Soles) el derecho de emisión por cada Resolución de Determinación, Orden de Pago, Resolución de Multa Tributaria o Resolución de Pérdida de Benefi cio de Fraccionamiento que emita la Ofi cina de Rentas, o