Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2008 (24/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de febrero de 2008

En uso de las facultades conferidas por el articulo 40º de la Ley Organica Municipalidades ­ Ley Nº 27972; ORDENANZA: CANJE DE DEUDAS TRIBUTARIAS POR BIENES Y SERVICIOS Articulo Primero.- La deuda tributaria por concepto de Impuesto Predial y/o arbitrios municipales a la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, se podra pagar en bienes y servicios, con la autorizacion correspondiente, dichos pagos seran valuados en moneda nacional. Articulo Segundo.- Autorizar al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo a emitir los actos administrativos y reglamentarios necesarios para la aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- En el caso del pago de deuda tributaria por servicios, la Asistencia Social (DEMUNA) se encargara de determinar la situacion economica real del solicitante. Articulo Cuarto.- Los bienes y servicios recibidos como medio de pago deben ser idoneos para incrementar el patrimonio de la municipalidad y/o ser utiles para las prestaciones de servicios que se brinda. Articulo Quinto.- Los expedientes sobre solicitud de pago de deudas tributarias, con bienes y servicios, que a la fecha de la dacion de la presente ordenanza se encuentran en tramite se acogeran a los alcances de lo dispuesto en la misma. Articulo Sexto.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 010-99 y la Ordenanza Municipal Nº 141. Articulo Septimo.- ENCARGAR la aplicacion de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Desarrollo Social y Humano, Gerencia de Administracion, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gerencia General Municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 167795-1

Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, a la Gerencia Rentas, Gerencia de Administracion, Gerencia General Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano y Social y Gerencia de Servicios a la Ciudad. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA REGLAMENTO DE APLICACION DE LA ORDENANZA Nº 161 QUE AUTORIZA EL CANJE DE DEUDAS TRIBUTARIAS POR BIENES Y SERVICIOS GENERALIDADES: Articulo 1º: El objeto de la presente MORDAZA, es establecer los mecanismos, requisitos y procedimientos para la aplicacion de la Ordenanza Nº 161 que autoriza el Canje de Deuda Tributarias por Bienes y Servicios, para que las personas naturales y/o juridicas que mantengan deudas en materia tributaria municipal, tales como Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y multas administrativas, puedan extinguir dichas deudas con la prestacion de servicios o con bienes. DEL PROCEDIMIENTO PARA SERVICIOS: Articulo 2º.- La Solicitud de Acogimiento a la Ordenanza Nº 161 para el pago de la deuda tributaria por servicios debe contener los siguientes requisitos: - MORDAZA de DNI del titular. En caso de que el servicio sea prestado por otra persona, ademas debera adjuntar MORDAZA de DNI de este ultimo. - Solicitud segun formato 001 que sera entregado en mesa de partes de la Municipalidad, en donde se indique, nombres completos, numero de DNI, direccion, codigo de predio, codigo de contribuyente, numero de personas que forman parte de la familia y/o dependen, ingreso mensual, entre otros aspectos que senala el formato. - Documento simple por el que dos (02) vecinos contiguos y/o colindantes al predio de su propiedad manifiesten su solidaridad. Articulo 3º.- Una vez recibida la solicitud, esta debe ser remitida a la Gerencia de Desarrollo Social y Humano para su respectiva verificacion y para que se elabore el respectivo informe socio ­ economico que estara a cargo del profesional de la DEMUNA. La solicitud y el Informe seran remitidos a la Gerencia General Municipal para su respectiva evaluacion. Articulo 4º.- Corresponde a la Gerencia General Municipal en coordinacion con la Gerencia de Administracion y a la Subgerencia de Recursos Humanos y Logisticos, la calificacion del tiempo de servicio para el canje y el monto de la contraprestacion. Dichos aspectos se establecera en el Formato Nº 002 (convenio de prestacion de servicios) y se determinara de acuerdo a la necesidad del servicio del area usuaria, al MORDAZA de servicios que se brinde (limpieza de calles, parques y jardines, construccion, oficina, etc.) y a la deuda mantenida por el contribuyente. Articulo 5º.- Con la calificacion favorable de la Gerencia General Municipal, el expediente sera enviado al area usuaria para la prestacion del servicio. Con la conformidad de servicios de la respectiva area, el expediente sera remitido a la Gerencia de Rentas, para que proceda a emitir la Resolucion Gerencial por el que se da por cancelada la deuda tributaria por el monto senalado en el Formato Nº 002. Articulo 6º.- Solamente se acogeran a las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 161 para el canje de sus deudas tributarias por servicios, los contribuyentes cuyas deudas no pasen una (01) Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Articulo 7º.- En lo que respecta al tiempo de duracion del servicio, este por ningun concepto excedera los 90 dias, y solo se podra acoger al beneficio del canje una sola vez por cada ejercicio. Articulo 8º.- Los Contribuyentes que se acojan a los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 161, solo

Aprueban Reglamento de Aplicacion de la Ordenanza Nº 161 que autoriza canje de deudas tributarias por bienes y servicios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-08-MDCH Chaclacayo, 14 de febrero del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia, politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 161, de fecha 31 de Enero del 2008, se aprobo la Ordenanza de Canje de Deudas Tributarias por Bienes y Servicios, la misma que en su articulo MORDAZA autoriza al MORDAZA a la reglamentacion de la misma; Estando a lo establecido por el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de la aplicacion de la Ordenanza Nº 161, la misma que consta de trece (13) articulos y dos (02) Disposiciones Finales.

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