TEXTO PAGINA: 41
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de febrero de 2008 367267 sobre las propuestas que presentarán a las sesiones del Consejo de Coordinación Local. 5. Presentar su renuncia a seguir ejerciendo el man- dato de representación, recibido ante el Consejo de Co-ordinación Local. 6. Los demás que emanen de la Ley Orgánica de Mu- nicipalidades y las normas complementarias que se emi- tan. Artículo Décimo Tercero.- El representante de las instituciones y Organizaciones Sociales ante el Consejo de Coordinación Local se extingue por las razones si-guientes: 1. Por Renuncia. 2. Por Incumplimiento reiterado de sus funciones. 3. Por Dejar de residir en el distrito.4. Por proceso Judicial o por delito comprobado, co- metido posterior a la Elección del Consejo. 5. Por Muerte. Artículo Décimo Cuarto.- La vacancia de cualquiera de los miembros, en caso de proceder, será acordada en el Pleno del Consejo de Coordinación Local y en reunión expresamente convocada para tal hecho. Artículo Décimo Quinto.- El Secretario Técnico del Consejo de Coordinación Local es un profesional y/o téc-nico de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Ancón que tiene la misión de brindar soporte técnico en el desarrollo del proceso del presupuesto participativo y planeamiento Municipal, así como desarrollar el trabajo de evaluación técnica. Su la-bor comprende la evaluación, desarrollo técnico y fi nan-ciero de las propuestas alternativas de acción resultantes de las reuniones del Consejo de Coordinación Local y de las propuestas tendientes a resolver los problemas iden-tifi cados o al aprovechamiento de las potencialidades en-contradas en el diagnóstico. En la sesiones del Consejo de Coordinación Local par- ticipa con voz y sin voto, previo trabajo coordinado con sus integrantes. Artículo Décimo Sexto.- El Secretario de Actas del Consejo de Coordinación Local es un profesional y/o téc-nico encargado de realizar las convocatorias a las sesio-nes, previa coordinación con el Presidente; efectuar las notifi caciones a los integrantes del Consejo de Coordina-ción Local y tiene a su cargo el libro de Actas, además de la administración documentaria del Consejo de Coordina-ción Local Distrital. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Artículo Único.- En caso de que un integrante del Consejo de Coordinación Local que sea representante de la Sociedad Civil ocupe un cargo político de confi an-za, será reemplazado por su accesitario mientras dure su función. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO LEONARDO POZO GARCIA Alcalde 168119-1 Modifican Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA N° 114-2007MDA Ancón, 16 de junio del 2007 VISTO: El Informe Nº 113-2007-OCDE/MDA del 14 de Junio del 2007 de la Ofi cina de Cooperación y Desarrollo Económico y el Informe Nº 013-2007-OAJ/MDA del 15 de Junio del 2007 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;y, El pleno del Concejo Distrital de Ancón, ha dado la siguiente:ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN Artículo Primero.- Aprobar la Modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ancón, aprobado por Ordenanza Nº 034-2004-MDA, incorporando el Artículo 101-A que crea la UNIDAD DE GESTIÓN DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y PRODUCTIVA con las funciones que se indican en el citado Artículo: “Artículo 101-A: La Unidad de Gestión de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva depende jerárquica y funcionalmente de la División de Proyectos y Obras y tiene las siguientes funciones: a) Asesorar en relación a los procesos de identifi cación y priorizaciòn de proyectos de inversión social en el marco del Plan de Desarrollo Concertado, Plan Estratégico Institucional-PEI, Presupuesto Participativo y las líneas de Inversión Social para la lucha contra la pobreza; así como para la aplicación de los enfoques de desarrollo territorial, equidad de género, interculturalidad y medio ambiente. b)Coordinar la elaboración del programa de inversiones a ser incluido en el Plan Operativo Institucional y Presupuesto Institucional Municipal, en concordancia con los ejes y objetivos estratégicos del Plan Nacional para la Superación de la pobreza. c) Conducir y coordinar los procesos para la elaboración de los estudios de preinversión a nivel de perfi l u otros niveles de los proyectos a cargo del municipio, según corresponda las normas del Sistema Nacional de Preinversión-SNIP, así como el Expediente Técnico respectivo. d) Conducir y/o coordinar la elaboración del Informe Técnico aprobando o rechazando la viabilidad de los perfi les de los proyectos; así como llevar y mantener actualizado el Banco de Proyectos del ámbito municipal. e) Asesorar en la aplicación de las normas del régimen presupuestal del Sector Público y de la Ley de Contrataciones y adquisiciones del Estado. f) Asesorar y coordinar con los órganos correspondientes para llevar a cabo los procesos para la selección de la entidad encargada de la ejecución del Proyecto y la suscripción de los contratos respectivos. g) Supervisar la ejecución del proyecto.h) Evaluar los Informes de Ejecución física y fi nanciera de los proyectos. i) Coordinar y recibir asistencia técnica de parte de los órganos técnicos normativos del Estado a nivel regional y central. j) Otras que le sean asignadas.” Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Administración, Gerencia de Desarrollo Urbano y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GUILLERMO LEONARDO POZO GARCIA Alcalde 168119-2 Otorgan Beneficio de Regularización Tributaria a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 116-2007-MDA Ancón, 13 de julio de 2007 VISTO: El Informe Nº 028-2007-OR/MDA de fecha 10 de julio del 2007, emitido por la Ofi cina de Rentas e Informe N°