Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2008 (24/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de febrero de 2008

presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Economico. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 168169-1

Aprueban el Reglamento del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005 San MORDAZA de Lurigancho, 13 de febrero de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 369-2007-GAF/MDSJL de fecha 14.12.2007, el Documento con Registro Nº 60849-S1 de fecha 18.12.2007 presentado por el Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho - SOPMUN, el Informe Nº 0622-2007-GAJ/ MSJL de fecha 21.12.2007, la Resolucion de Alcaldia Nº 479 de fecha 30.11.2007, y el Memorandum Nº 21622007-GM/MDSJL de fecha 28.12.2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 479 de fecha 30.11.2007 se aprobo el Acta Final de Trato Directo para la Atencion del Pliego de Reclamos del Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho - SOPMUN correspondiente al Ano 2007, en cuyo punto 9 de sus demandas la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, se compromete a otorgar los descuentos por faltas y tardanzas efectuados al personal obrero para que sea administrado a traves de la Asistenta Social del Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad conjuntamente con la Asistenta Social de la Municipalidad, debiendo reglamentarse dicho fondo. Que, mediante Informe Nº 369-2007-GAF/MDSJL de fecha 14.12.2007 emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas se senala que estando a lo senalado en la Resolucion de Alcaldia Nº 479 de fecha 30.11.2007, se cumple con remitir la relacion de los montos que corresponden a la aplicacion del acuerdo descrito en el punto noveno del Acta Final de Trato Directo, a fin de que se realicen las acciones pertinentes para que se regule el mencionado fondo social, asi como fijar la denominacion de dicho fondo. Que, mediante Documento con Registro Nº 60849S1-2007 de fecha 18.12.2007 el Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho - SOPMUN remite a la Corporacion Municipal el proyecto de Reglamento del Fondo de Asistencia y Estimulo del Obrero Municipal, solicitando que el mismo sea evaluado y en su oportunidad sea aprobado. Que, mediante Informe Nº 0622-2007-GAJ/MSJL de fecha 21.12.2007 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, luego de un analisis de los articulos pertinentes del Decreto Supremo Nº 010-2003-TR que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, y de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, asi como del proyecto de Reglamento propuesto por el Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, se senala que los fondos por descuento de faltas y tardanzas al personal obrero, no se deben considerar como fondos del Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo - CAFAE, debido a que el CAFAE no es otorgable a los obreros de conformidad a la Novena Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, por lo que los fondos obtenidos de los descuentos de los

obreros por faltas y tardanzas, serviran para un Fondo de Asistencia Social, en cumplimiento de la novena solucion del Acta de Trato Directo para la Atencion del Pliego de Reclamos correspondiente al Ano 2007 del SOPMUN de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, debiendose dar diferente denominacion al de CAFAE. Que, asimismo en el citado Informe Nº 0622-2007GAJ/MSJL de fecha 21.12.2007 se opina en la conclusion que el proyecto de Reglamento del Fondo de Asistencia para el personal obrero, se encuentra acorde con el ordenamiento legal, salvo su denominacion, sugiriendose se denomine Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM, y el Comite de Administracion de Dichos Fondos debe estar integrado por la Asistente Social del SOPMUN y la Asistenta Social de la Municipalidad, tal como se encuentra establecido en el Articulo Setimo del proyecto de Reglamento, e igualmente el citado proyecto de Reglamento debera aprobarse mediante Decreto de Alcaldia, con la finalidad de dar cumplimiento al Pacto Colectivo correspondiente al Ano 2007, celebrado entre el SOPMUN y la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho. Que, el proyecto de Reglamento tiene como objeto fijar las normas que regularan el funcionamiento del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM de la Corporacion Municipal, el mismo que estara constituido en base al producto de los descuentos por tardanzas, inasistencias y multas que se apliquen a ellos mismos por faltas de caracter disciplinario. Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a establecido en el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, el mismo que consta de III Titulos, VIII Capitulos, 17 Articulos y 2 Disposiciones Finales, el mismo que se anexa y forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- Notificar el contenido del presente Decreto de Alcaldia al Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho - SOPMUN MSJL. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administracion y Finanzas a traves de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, asi como a los organos de linea y asesoria que corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO DEL FONDO DE ASISTENCIA SOCIAL DEL OBRERO MUNICIPAL - FASOM DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I FINALIDAD Y OBJETIVOS Articulo Primero.- El presente Reglamento tiene por finalidad establecer las normas que regulen la organizacion y funcionamiento del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, el mismo que estara financiado por los montos dinerarios correspondiente a los descuentos de la Planilla Unica de Pagos de dicho personal que se realicen por falta y tardanzas efectuadas. El Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho tiene como finalidad prestar asistencia y generar el estimulo personal y familiar que permitan la

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