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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (24/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de febrero de 2008 367276 presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Económico. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 168169-1 Aprueban el Reglamento del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005 San Juan de Lurigancho, 13 de febrero de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO:El Informe Nº 369-2007-GAF/MDSJL de fecha 14.12.2007, el Documento con Registro Nº 60849-S1 de fecha 18.12.2007 presentado por el Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho - SOPMUN, el Informe Nº 0622-2007-GAJ/MSJL de fecha 21.12.2007, la Resolución de Alcaldía Nº 479 de fecha 30.11.2007, y el Memorándum Nº 2162-2007-GM/MDSJL de fecha 28.12.2007; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 479 de fecha 30.11.2007 se aprobó el Acta Final de Trato Directo para la Atención del Pliego de Reclamos del Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho - SOPMUN correspondiente al Año 2007, en cuyo punto 9 de sus demandas la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, se compromete a otorgar los descuentos por faltas y tardanzas efectuados al personal obrero para que sea administrado a través de la Asistenta Social del Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad conjuntamente con la Asistenta Social de la Municipalidad, debiendo reglamentarse dicho fondo. Que, mediante Informe Nº 369-2007-GAF/MDSJL de fecha 14.12.2007 emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas se señala que estando a lo señalado en la Resolución de Alcaldía Nº 479 de fecha 30.11.2007, se cumple con remitir la relación de los montos que corresponden a la aplicación del acuerdo descrito en el punto noveno del Acta Final de Trato Directo, a fi n de que se realicen las acciones pertinentes para que se regule el mencionado fondo social, así como fi jar la denominación de dicho fondo. Que, mediante Documento con Registro Nº 60849- S1-2007 de fecha 18.12.2007 el Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho - SOPMUN remite a la Corporación Municipal el proyecto de Reglamento del Fondo de Asistencia y Estímulo del Obrero Municipal, solicitando que el mismo sea evaluado y en su oportunidad sea aprobado. Que, mediante Informe Nº 0622-2007-GAJ/MSJL de fecha 21.12.2007 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego de un análisis de los artículos pertinentes del Decreto Supremo Nº 010-2003-TR que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, y de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, así como del proyecto de Reglamento propuesto por el Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, se señala que los fondos por descuento de faltas y tardanzas al personal obrero, no se deben considerar como fondos del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE, debido a que el CAFAE no es otorgable a los obreros de conformidad a la Novena Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, por lo que los fondos obtenidos de los descuentos de los obreros por faltas y tardanzas, servirán para un Fondo de Asistencia Social, en cumplimiento de la novena solución del Acta de Trato Directo para la Atención del Pliego de Reclamos correspondiente al Año 2007 del SOPMUN de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, debiéndose dar diferente denominación al de CAFAE. Que, asimismo en el citado Informe Nº 0622-2007- GAJ/MSJL de fecha 21.12.2007 se opina en la conclusión que el proyecto de Reglamento del Fondo de Asistencia para el personal obrero, se encuentra acorde con el ordenamiento legal, salvo su denominación, sugiriéndose se denomine Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM, y el Comité de Administración de Dichos Fondos debe estar integrado por la Asistente Social del SOPMUN y la Asistenta Social de la Municipalidad, tal como se encuentra establecido en el Artículo Sétimo del proyecto de Reglamento, e igualmente el citado proyecto de Reglamento deberá aprobarse mediante Decreto de Alcaldía, con la fi nalidad de dar cumplimiento al Pacto Colectivo correspondiente al Año 2007, celebrado entre el SOPMUN y la Municipalidad de San Juan de Lurigancho. Que, el proyecto de Reglamento tiene como objeto fi jar las normas que regularán el funcionamiento del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM de la Corporación Municipal, el mismo que estará constituido en base al producto de los descuentos por tardanzas, inasistencias y multas que se apliquen a ellos mismos por faltas de carácter disciplinario. Por las consideraciones antes expuestas, y estando a establecido en el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que consta de III Títulos, VIII Capítulos, 17 Artículos y 2 Disposiciones Finales, el mismo que se anexa y forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Notifi car el contenido del presente Decreto de Alcaldía al Sindicato de Obreros Permanentes de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho - SOPMUN MSJL. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, así como a los órganos de línea y asesoría que corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplase.CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde REGLAMENTO DEL FONDO DE ASISTENCIA SOCIAL DEL OBRERO MUNICIPAL - FASOM DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I FINALIDAD Y OBJETIVOS Artículo Primero.- El presente Reglamento tiene por fi nalidad establecer las normas que regulen la organización y funcionamiento del Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que estará fi nanciado por los montos dinerarios correspondiente a los descuentos de la Planilla Única de Pagos de dicho personal que se realicen por falta y tardanzas efectuadas. El Fondo de Asistencia Social del Obrero Municipal - FASOM de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho tiene como fi nalidad prestar asistencia y generar el estímulo personal y familiar que permitan la