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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2008 (10/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de julio de 2008 375838 Que, asimismo, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 037-2008-PCM/SD se acredita al Gobierno Regional de Loreto, para la transferencia de las funciones sectoriales en materia de Comunicaciones incluidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, según los anexos que forman parte de la citada resolución; Que, a través de la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, así como de las Actas Sustentatorias entre la Presidenta de la Comisión de Transferencia del Subsector Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y del Presidente de la Comisión Regional de Transferencia del Gobierno Regional de Loreto, se ha formalizado la transferencia de las funciones sectoriales en materia de Comunicaciones a que se refi eren los incisos a, b, c, d y e del artículo 57º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867; Que, en consecuencia resulta necesario dar por concluido el proceso de transferencia de las funciones sectoriales en materia de Comunicaciones, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, detalladas en la parte resolutiva del presente dispositivo; De conformidad con las Leyes N°s 27783, 28273 y 27791, así como con los Decretos Supremos N°s 036-2007-PCM, 001-2008-PCM y 029-2008-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar la conclusión del proceso de transferencia de las funciones sectoriales específi cas en materia de Comunicaciones, incluidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales correspondiente al año 2007, al Gobierno Regional de Loreto, de acuerdo al siguiente detalle: Funciones Especí fi cas en materia de Comunicaciones, establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Artículo 57º Loreto a, b, c, d, e Regístrese, comuníquese y publíquese. VERONICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 223984-1 Otorgan autorización a Andina de Radiodifusión S.A.C. para prestar servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF en la localidad de Ventanilla RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 381-2008-MTC/03 Lima, 2 de julio de 2008VISTO, el Expediente Nº 2007-038172, presentado por la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, en la localidad de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley de Radio y Televisión, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público. El concurso público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas;Que, mediante Resolución Directoral Nº 801-2007- MTC/17, del 20 de junio de 2007, se aprobó las Bases del Concurso Público Nº 01-2007-MTC/17, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora y por televisión, en las modalidades educativa y comercial en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de VHF en la localidad de Ventanilla; Que, los días 07 y 17 de setiembre de 2007, se llevaron a cabo los Actos Públicos de Presentación de Sobres Nºs 1, 2, 3 y 4, y Apertura de Sobres Nºs 1 y 2, así como de Apertura de los Sobres Nºs 3 y 4, y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Público Nº 01-2007-MTC/17, otorgándose la Buena Pro para la autorización del servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, en la localidad de Ventanilla, provincia constitucional del Callao, a la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., conforme se verifi ca del Acta de los referidos Actos Públicos; Que, el artículo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante Resolución del Viceministro de Comunicaciones; Que, mediante Informe Nº 1754-2008- MTC/28 la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C, ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demás disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Público Nº 01-2007-MTC/17, así como con la presentación de la documentación técnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Público Nº 01-2007-MTC/17, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 330-2005-MTC/03 y la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Otorgar autorización a la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C.,, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, en la localidad de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales: Modalidad : SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN EN VHF Canal : 06 BANDA: I FRECUENCIA DE VIDEO: 83.25 MHz FRECUENCIA DE AUDIO: 87.75 MHz Finalidad : COMERCIALCaracterísticas Técnicas: Indicativo : OBL-4EEmisión : VIDEO: 5M45C3F AUDIO: 50K0F3E Potencia Nominal del : VIDEO: 500 W Transmisor AUDIO: 50 WDescargado desde www.elperuano.com.pe