Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2008 (19/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

de Gestion" y de la Directiva Nº 09-2006-CG/SGE-PC, "Lineamientos para el Control de la Transferencia de Gestion en las Entidades del Estado"; aprobadas por Resolucion de Contraloria Nº 372-2006-CG, la definicion de Autoridad Ejecutiva Superior en los terminos siguientes: "Entiendase por Autoridad Ejecutiva Superior, a todo aquel que su nombramiento provenga de eleccion popular directa o universal o de designacion por confianza politica originaria; de nombramiento y remocion regulados; o de libre nombramiento y remocion." Articulo Segundo.- Modificar la Definicion Basica Autoridad Ejecutiva Superior de la Guia Tecnica de Probidad Administrativa sobre "Transferencia de Gestion", aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 373-2006-CG, de acuerdo a lo establecido en el articulo primero de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

227676-1

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio del Complejo Turistico Banos del MORDAZA de la Region MORDAZA y del Seguro Integral de Salud
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 289-2008-CG
MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2008 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 022-2008CG/GDPC de 03.JUN.2008, los Oficios Nos 25-2007DIRCOCOR PNP-DIVPACGR-OPA-CAJ de 02.ABR.2007 y 144-2007-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG de 13.ABR.2007; el Atestado Nº 047-2007-DIRCOCOR-PNPDIVPACGR/OPACGR-CAJ de 26.MAR.2007, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en el Complejo Turistico Banos del MORDAZA - departamento y Region Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1221-2005-CG/DC de 23.JUN.2005 la Contraloria General de la Republica designo una Comision, con la finalidad de efectuar una verificacion de denuncias en el Complejo Turistico Banos del MORDAZA departamento y Region MORDAZA, en torno a presuntas irregularidades que se habrian cometido en dicha entidad; actividad que comprendio la revision del periodo 2003; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 001-2005-CG/ ORCA de 05.SET.2005, en el cual se han evidenciado los aspectos siguientes: a) durante el ano 2003, se otorgaron a los miembros de la Comision Administradora del Complejo Turistico de Banos del MORDAZA y a diversos servidores, viaticos y movilidad local por montos superiores a lo permitido por Ley, generando perjuicio economico para la entidad; b) se alquilo una camioneta para realizar el circuito turistico MORDAZA - Celendin - Balsas - Amazonas - MORDAZA - Chiclayo - MORDAZA, habiendose girado el cheque para el pago por dicho servicio a nombre de un miembro de la Comision y no al proveedor del mismo; c) han desembolsado sumas de dinero bajo el concepto de gastos de representacion a fin de realizar supuestos almuerzos y cenas con diversas instituciones o entidades, las cuales no se han llevado a cabo; ademas de falsificar documentos que sustentaban dichos gastos; asimismo se han realizado rendiciones de cuenta por concepto de viaticos con boletas adulteradas y carentes de veracidad; y, d) existen comprobantes de pago que carecen de documentacion de sustentatoria; Que, la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley

Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 25-2007-DIRCOCOR PNP-DIVPACGR-OPA-CAJ de 02.ABR.2007 a la Fiscalia Provincial Mixta del Distrito Judicial Banos del MORDAZA, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Peculado y Falsificacion de Documentos; ilicitos previstos y sancionados por los articulos 387º y 427º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

227676-2 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 291-2008-CG
MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2008 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 027-2008-CG/ GDPC de 27.JUN.2008, los Oficios Nos 1603-DIRCOCORPNP-DIVPACGR de 29.OCT.2007, 1642-2007-DIRCOCOR PNP/DIVPACGR-E1 y 1643-2007-DIRCOCOR-PNP/ DIVPACGR-E1 de 06.NOV.2007; 100-2007-6º JPE-AAM de 05.NOV.2007 del MORDAZA Juzgado Penal Especial de MORDAZA y 351-2008-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 22.ABR.2008; el Atestado Nº 234-2007-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR.E1 de 29.OCT.2007, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en el Seguro Integral de Salud - SIS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 2325-2007-CG/DC de 14.SET.2007 la Contraloria General de la Republica designo una Comision, con la finalidad de verificar las denuncias formuladas por el Jefe del Seguro Integral de Salud - SIS; asi como, por los hechos denunciados por el Congreso de la Republica en el Programa Prensa Libre emitido el dia 13.SET.2007, en torno a las adquisiciones efectuadas de acuerdo a las necesidades de la institucion para la atencion y donacion a la poblacion damnificada por el sismo ocurrido el 15.AGO.2007 en el Sur del Pais; actividad que comprendio la revision de los meses de Agosto a Setiembre 2007; Que, el Organo de Control Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS emitio la Hoja Informativa Nº 001-2007-CGOCI/FMB de 15.SET.2007, por lo que, la Tercera Fiscalia Especializada en Delitos de Corrupcion de Funcionarios, abrio investigacion encomendando dicha labor a la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General; quien conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, elaboro el Atestado de Vistos, el mismo que fue

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