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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2008 (19/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de julio de 2008 376437 citada funcionaria deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las actividades desarrolladas durante el viaje autorizado. Artículo cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 227807-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0880/RE Lima, 17 de julio de 2008 CONSIDERANDO: Que, el día 20 de julio de 2008, atendiendo una invitación del Presidente de la República de Colombia, Álvaro Uribe Vélez, el señor Presidente de la República, doctor Alan García Pérez, viajará a la ciudad de Leticia, República de Colombia, para participar en las actividades por el 198º Aniversario de la Independencia de ese país; así como también sostener una reunión tripartita junto a los Presidentes de la República de Colombia, Álvaro Uribe Vélez, y de la República Federativa del Brasil, Luiz Inácio Lula Da Silva, con el fi n de tratar diversos aspectos de la cooperación en la frontera común; Que, en el marco de la citada reunión tripartita, los Jefes de Estado de la República de Colombia, de la República Federativa del Brasil y de la República del Perú suscribirán el “Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Colombia, el Gobierno de la República Federativa del Brasil y el Gobierno de la República del Perú para combatir las actividades ilícitas en los ríos fronterizos y/o comunes”; Que, constituyen lineamientos prioritarios de la política exterior del Perú, en sus relaciones con los países de América del Sur, la consolidación de la Alianza Estratégica con la República Federativa del Brasil, extendiéndola a nuevos ámbitos: defensa, energía y sectores involucrados en la lucha contra la pobreza; así como también la profundización y la ampliación de los esquemas de seguridad cooperativa con la República de Colombia; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAA) Nº 0464/2008, de 17 de julio de 2008, de la Subsecretaría para Asuntos de América; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90- PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República José Luis Salinas Montes, Director General de Sudamérica de la Subsecretaría para Asuntos de América, a la ciudad de Leticia, República de Colombia, del 19 al 20 de julio de 2008, afi n de apoyar la participación de la delegación peruana, encabezada por el señor Presidente de la República, doctor Alan García Pérez, en las actividades por el 198º Aniversario de la Independencia de la República de Colombia y durante la reunión tripartita junto a los Presidentes de la República de Colombia, Álvaro Uribe Vélez, y de la República Federativa del Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, que se realizará en esa ciudad, el 20 de julio de 2008. Artículo segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01281 Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Lima-Bogotá-Lima US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ José Luis Salinas Montes520.11 200.00 2+1 600.00 30.25 Artículo tercero.- El gasto del pasaje en la Ruta Bogotá-Leticia-Bogotá, será cubierto por la Asignación para Gastos de Funcionamiento y Gestión de la Embajada del Perú en la República de Colombia, con cargo a posterior reembolso por parte del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 228408-1 SALUD Modifican la Directiva Administrativa para el Suministro y Financiamiento de los medicamentos e insumos médico quirúrgico para las Acciones de Defensa Nacional y Defensa Civil del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 486-2008/MINSA Lima, 17 de julio de 2008 Visto el expediente Nº 08-043301-001 que contiene el Ofi cio Nº 477-2008-DG-OGDN/MINSA; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural; Que, mediante Resolución Ministerial N° 794-2006/ MINSA, se aprobó la Directiva Administrativa Nº 097- MINSA/DIGEMID-V.01, Directiva Administrativa para el Suministro y Financiamiento de los Medicamentos e Insumos Médico Quirúrgico para las Acciones de Defensa Nacional y Defensa Civil del Ministerio de Salud, con la fi nalidad de establecer el procedimiento para el suministro y fi nanciamiento de los medicamentos e insumos médico quirúrgico que son utilizados en las acciones de Defensa Nacional y Defensa Civil del Ministerio de Salud; Que, mediante el documento del visto, la Ofi cina General de Defensa Nacional a fi n de contribuir al logro de los objetivos establecidos en la precitada Directiva Administrativa propone la modifi catoria de algunos de sus Descargado desde www.elperuano.com.pe