Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2008 (19/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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SE RESUELVE:

376447

Distrital de Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica; ha solicitado autorizacion para reinscripcion de diversos asientos registrales; Que, a traves de los Informes del Visto, se ha evaluado positivamente la solicitud acotada, la cual cumple las condiciones que hacen viable autorizar el MORDAZA de reinscripcion, al haber confirmado la inexistencia de los asientos registrales referidos, segun la evaluacion tecnica y normativa de la Gerencia de Registros Civiles, por lo que corresponde a la Entidad aprobar lo solicitado, dada su condicion de organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica; a fin de que proceda a la reinscripcion de los asientos efectuados en la seccion nacimiento correspondientes a los anos 1951, 1952, 1954, 1955, 1956, 1995 y 1996; en la seccion matrimonio, a los anos 1955 a 1963, 1965 a 1971, 1973, 1975 a 1983, 1985, 1987, 1988, 1990, 1992, 1993 y 1994 al 2006; asi como en la seccion Defuncion, desde el ano 1951 a 1976 y desde 1979 al 2006. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina referida, para la apertura de los libros de Actas correspondientes, a fin de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en el Registro del Estado Civil. Articulo 3º.- Los Libros de Reinscripcion tendran el mismo formato oficial, con la consignacion expresa por selladura, del texto "Reinscripcion - Ley Nº 26242 - 26497", en la parte superior central del acta; debiendo, la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proveer los libros expresamente requeridos por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Matara, provincia de MORDAZA, departamento de Cajamarca; a fin de que proceda a la reinscripcion de los asientos efectuados en los libros de nacimiento desde 1929 a 1931. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina referida, para la apertura de los libros de Actas correspondientes, a fin de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en el Registro del Estado Civil. Articulo 3º.- Los Libros de Reinscripcion tendran el mismo formato oficial, con la consignacion expresa por selladura, del texto "Reinscripcion - Ley Nº 26242 - 26497", en la parte superior central del acta; debiendo, la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proveer los libros expresamente requeridos por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

227303-7

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Del Sur la apertura de oficinas especiales permanentes en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, en la modalidad de locales compartidos
RESOLUCION SBS Nº 2892 -2008
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud de autorizacion presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Del Sur con fecha 18 de junio de 2008, para la apertura de siete (07) Oficinas Especiales Permanentes bajo la modalidad de locales compartidos con el Banco de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura de las oficinas solicitadas; y, Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "A" mediante Informe Nº 149 2008-DEM "A"; y, De conformidad con las facultades establecidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en la Resolucion SBS Nº 775-2008 de fecha 26 de marzo de 2008 y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Del Sur la apertura de siete (07) Oficinas Especiales Permanentes bajo la modalidad de locales compartidos con el Banco de la Nacion en los locales senalados en el Anexo

227303-6

Aprueban solicitud de reinscripcion de asientos de libros de nacimiento en la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Matara
RESOLUCION JEFATURAL Nº 415-2008-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 30 de junio de 2008 VISTO: el Informe Nº 000418-2008/SGGTRC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe Nº 00141-2008-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; en cuya virtud, la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Matara, provincia de MORDAZA, departamento de Cajamarca; ha solicitado autorizacion para reinscripcion de diversos asientos registrales; Que, a traves de los Informes del Visto, se ha evaluado positivamente la solicitud acotada, la cual cumple las condiciones que hacen viable autorizar el MORDAZA de reinscripcion, al haber confirmado la inexistencia de los asientos registrales referidos, segun la evaluacion tecnica y normativa de la Gerencia de Registros Civiles, por lo que corresponde a la Entidad aprobar lo solicitado, dada su condicion de organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil,

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