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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2008 (19/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de julio de 2008 376450 y el Informe Legal Nº 119-2008-INDECI/5.0 del 07.JUL.2008, sus antecedentes y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2008-PCM, se declaró el Estado de Emergencia por bajas temperaturas en diversas provincias de los departamentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Junín, Lima, Moquegua, Pasco, Puno y Tacna, señaladas en el Anexo que forma parte del mencionado Decreto Supremo, por el plazo de 60 días, para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la reducción y minimización de los riesgos existentes; Que, mediante el Memorándum Nº 301-2008/ INDECI/17.3 del 11.JUN.2008, la Dirección Regional de Defensa Civil Tacna, comunica sobre el envío de ropa usada donada por la Intendencia de ADUANA de Tacna hacia la Dirección Regional de Defensa Civil Puno (Ruta: Tacna – Puno), a fi n que sean distribuidas a la población damnifi cada y afectada por las bajas temperaturas en el departamento de Puno; Que, conforme a lo indicado en el Informe Técnico Nº 108-2008-INDECI/12.0 de Vistos, la Dirección Nacional de Logística ha venido ejecutando las acciones necesarias para la contratación del servicio de transporte terrestre para el traslado de bienes de ayuda humanitaria por un monto ascendente a S/. 14 756.00 (Catorce mil setecientos cincuenta y seis con 00/100 Nuevos Soles), todo ello destinado a la atención de la situación de emergencia producida por bajas temperaturas en el departamento de Puno y que es materia de exon eración, por la causal de situación de emergencia, cuyos montos y características se detallan en el Anexo Nº 2 que adjunta, en aplicación del artículo 22º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el artículo 142º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, asimismo, conforme señala la Dirección Nacional de Logística en el Informe Técnico en mención, la contratación del servicio aludido no es defi nitiva, debido a que los servicios van a seguir siendo requeridos, en función a la evaluación de daños, a la aceptación de donaciones dinerarias y de bienes de ayuda humanitaria provenientes de personas naturales y jurídicas, el destino que se asigna a dichos bienes lo cual condiciona las rutas de transporte a ser utilizadas y fi nalmente los requerimientos de ayuda humanitaria coordinada con la Dirección Nacional de Operaciones; Que, además, el inciso c) del artículo 19º de la Ley, establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, de otro lado, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y normas modifi catorias, toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días hábiles de efectuada la contratación, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad; Que, en tal sentido, siendo necesario cancelar el compromiso adquirido por la contratación del servicio de transporte terrestre para el traslado de bienes de ayuda humanitaria donados por la Intendencia de ADUANAS de Tacna, destinados a la atención de la situación de emergencia producida por las bajas temperaturas en el departamento de Puno (Ruta: Tacna – Puno), la Dirección Nacional de Logística solicita emitir la Resolución de aprobación de la exoneración a fi n de regularizar el proceso de selección correspondiente, para lo cual se cuenta con la opinión favorable de disponibilidad presupuestal, emitida por la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto conforme a los Informes de Disponibilidad Presupuestal de Vistos; Que, de otro lado, mediante Resolución Jefatural Nº 014-2008-INDECI de fecha 16.ENE.2008, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del INDECI, para el Año Fiscal 2008;Que, asimismo, en aplicación de las normas legales mencionadas se verifi ca que la mencionada contratación debe incluirse en el mencionado Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INDECI para el Año Fiscal 2008; Que, en mérito a lo expuesto, de conformidad con las normas glosadas y considerando lo informado por la Dirección Nacional de Logística, y por la Ofi cina de Asesoría Jurídica en los informes técnico y legal de Vistos, procede la regularización de la contratación del servicio de transporte terrestre para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, destinados a la atención de la emergencia mencionada, considerando un monto ascendente de S/. 14 756.00 (Catorce mil setecientos cincuenta y seis con 00/100 Nuevos Soles); Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, respectivamente y sus modifi catorias; En uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modifi catorias y complementarias, el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM, con las visaciones de la Sub Jefatura, de la Dirección Nacional de Logística, de la Unidad de Abastecimiento y de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica y de Planifi cación y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- MODIFICAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del INDECI para el Año Fiscal 2008 a fi n de incluir la contratación del servicio de transporte terrestre (Ruta: Tacna – Puno) para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, destinados a la atención de la situación de emergencia producida por las bajas temperaturas en el departamento de Puno, según Anexo Nº 1: Reformulación, que consta de (01) folio y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- APROBAR la exoneración por situación de emergencia y la regularización de la contratación del servicio de transporte terrestre (Ruta: Tacna – Puno) para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, destinados a la atención de la situación de emergencia producida por las bajas temperaturas en el departamento de Puno, por un monto ascendente a S/. 14 756.00 (Catorce mil setecientos cincuenta y seis con 00/100 Nuevos Soles), cuyo detalle se consigna en el Anexo Nº 2 y que forma parte integrante de la presente Resolución; contratación que se realizó contando con los Informes de Disponibilidad Presupuestal de Vistos, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios y que fueron realizadas por la Dirección Nacional de Logística. Artículo 3º.- DISPONER que la Secretaría General remita copia de la presente Resolución Jefatural y de los Informes Técnico y Legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles de emitida la presente Resolución. Artículo 4º.- DISPONER que la Dirección Nacional de Logística ingrese la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE del CONSUCODE y que se encargue de su publicación a través del Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión. Artículo 5º.- DISPONER que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo General Institucional y notifi que a la Sub Jefatura, Dirección Nacional de Logística, Órgano de Control Institucional, Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, Ofi cina de Asesoría Jurídica y a la Ofi cina de Estadística y Telemática, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FELIPE P ALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa CivilDescargado desde www.elperuano.com.pe