Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2008 (19/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

como con sus objetivos estrategicos contenidos en el Plan Estrategico Institucional formulado para el periodo 2007 ­ 2011, aprobado con Resolucion N° 154-2006-P/JNE del 22 de noviembre de 2006; Que, conforme al Informe Tecnico Sustentatorio, la formulacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, se ha desarrollado con total observancia de la base normativa aplicable al diseno organizativo; De conformidad con el articulo 30° de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, que establece que el desarrollo de las funciones, composicion, designacion de sus miembros y relaciones de los organos que lo integran, son delimitados en el Reglamento de Organizacion y Funciones; Estando a las facultades conferidas al Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en su ley organica, Ley Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, cuyo texto integro forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Presidencia adopte las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion, conforme a las facultades y competencias establecidas por la normatividad vigente, garantizando la normal continuidad de las actividades institucionales. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer que la presente Resolucion entre en vigencia a partir del primer dia del mes de MORDAZA del presente ano. Articulo Quinto.- Transcribir la presente resolucion a todas los organos y unidades organicas del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General

Que, el articulo 4° del Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, establece que las entidades deberan publicar en el Diario oficial El Peruano, unicamente los dispositivos legales que aprueben, modifiquen o deroguen los documentos senalados en los numerales 3.1 y 3.2 del articulo 3° de la ley anteriormente mencionada, entre los que se incluye a los Reglamentos de Organizacion y Funciones de las entidades, siendo que tal publicacion no incluira el texto de tales documentos, pero si debera consignar la direccion electronica del MORDAZA institucional de la respectiva entidad, donde podra accederse a los mismos; Que, el articulo MORDAZA de la precitada Resolucion N° 130-2008-JNE, dispuso su trascripcion a todos los organos y unidades organicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, sin embargo, para dar cumplimiento a lo establecido el articulo 4° del Reglamento de la Ley N° 29091, corresponde integrar al mencionado articulo 5°, la indicacion expresa de la direccion electronica del MORDAZA institucional, con la finalidad de facilitar a los ciudadanos el acceso a la informacion, respecto de los documentos de gestion y dispositivos diversos, entre otros, de la institucion, conforme a Ley; Por estas consideraciones, estando a las facultades conferidas al Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones por su Ley Organica, Ley Nº 26486; RESUELVE:

Articulo Unico.- Disponer la integracion del articulo MORDAZA de la Resolucion N° 130-2008-JNE, por la cual se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, con el presente articulo unico, precisando que las direcciones electronicas a traves de las cuales se podra acceder al MORDAZA institucional son las siguientes: www.jne.gob.pe (Portal Web institucional) y www.peru.gob.pe (Portal del Estado Peruano), donde se podra acceder al texto integro del Reglamento aprobado. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALBERTI MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General

228270-1

228270-2

Disponen integracion de articulo de la Res. Nº 130-2008-JNE, precisando direcciones electronicas del MORDAZA institucional donde se podra acceder al texto del ROF del JNE
RESOLUCION Nº 143-2008-JNE
MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 130-2008-JNE de fecha 28 de MORDAZA de 2008, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del MORDAZA Nacional de Elecciones, al MORDAZA de su Ley Organica, Ley Nº 26486 y de la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, Ley N° 27658 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2002-PCM; Que, en merito a la Ley N° 29091 que establece la publicacion de diversos dispositivos legales en el MORDAZA del Estado Peruano y en portales institucionales, corresponde aplicar dicho dispositivo en relacion al Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, el articulo 2° de la indicada Ley N° 29091, establece que respecto de aquellas resoluciones que por mandato de la Ley, deban ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano, se realizara su publicacion gratuita, bajo responsabilidad; Que, el articulo 5° de la Ley N° 29091 establece que la informacion contenida en el MORDAZA del Estado Peruano y en los portales institucionales, tiene caracter y valor oficial;

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban solicitud de reinscripcion de asientos en libros de nacimiento, matrimonio y defuncion de la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Llipata
RESOLUCION JEFATURAL Nº 414-2008-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 30 de junio de 2008 VISTO: el Informe Nº 000422-2008/SGGTRC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe Nº 00142-2008-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; en cuya virtud, la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad

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