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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de julio de 2008 376510 Será conformada por profesionales del Gobierno Regional de Apurímac, de la Direcciones Sub Regionales de Salud y del Ministerio de Salud. Artículo Cuarto.- ENCARGUESE, a la Comisión Técnica Transitoria, conformada mediante el Artículo precedente, las funciones y las acciones destinadas a la transferencia de funciones emanadas del Gobierno Nacional, que las ejercerá mientras dure el proceso de reestructuración y/o adecuación; asimismo, la elaboración de los documentos de gestión de la nueva estructura organizacional del ente rector de Salud de la Región – DIRESA de Apurímac con sede en la capital de la Región Apurímac – Abancay. Artículo Quinto.- ENTIÉNDASE, por reestructuración y/o adecuación orgánica a la modifi cación de la estructura orgánica, y a ésta, como el conjunto de órganos ordenados e interrelacionados destinados a cumplir funciones para lograr la modernización de la Gestión Regional de Salud. Artículo Sexto.- DERÓGUESE y DÉJESE SIN EFECTO las Ordenanzas Regionales, Acuerdos de Consejo Regionales y Resoluciones Ejecutivas Regionales, que se opongan a lo establecido en la presente Ordenanza Regional, que entra en vigencia a partir de su publicación. Artículo Séptimo.- Póngase en conocimiento de la Gerencia General Regional y demás órganos y dependencias administrativas del Gobierno Regional de Apurímac, a fi n de que presten el apoyo pertinente a la Comisión encargada de hacer cumplir la presente Ordenanza Regional, así como, del Ministerio de Salud. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES ÚNICA.- La Comisión Técnica Transitoria al término del plazo establecido por la presente Ordenanza Regional, evacuará un informe fi nal al Despacho de la Presidencia Regional a fi n de que disponga la implementación de las conclusiones y recomendaciones arribadas. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Apurímac para su promulgación. En Abancay a los cuatro días del mes de junio del año dos mil ocho. TEODOR HUARACA HUAMANÍ Presidente del Consejo Regional de Apurímac. AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la sede central del Gobierno Regional de Apurímac, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho. DAVID SALAZAR MOROTE PresidenteGobierno Regional de Apurímac 228291-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen conformidad de resoluciones expedidas por la Municipalidad de Santiago de Surco referentes a habilitación urbana nueva de lote único de terreno RESOLUCIÓN Nº 148-2008-MML-GDU-SPHU Lima, 26 de mayo de 2008LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codifi cado Nº 56833-2008, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución Sub-Gerencial Nº 2302-2006-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 27 de noviembre del 2006 y su rectifi catoria, Resolución Sub-Gerencial Nº 262-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 12 de febrero del 2008, aprobando la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, solicitada por la empresa INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA MARCAN S.A.; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Sub-Gerencial Nº 2302- 2006-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 27 de noviembre del 2006 (fs. 57 al 60), expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve, dar por cumplida la etapa de Aprobación de la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, del terreno de 2,563.28 m², para Uso Residencial de Densidad Baja - RDB, constituido por el Lote 3, de la Manzana F, de la Parcelación Semi-Rústica “El Derby de Monterrico”, ubicado frente al Jirón Emancipación (antes Calle Uno), en el distrito de Santiago de Surco, de conformidad con los planos signados Nº 073.01-2006-SGLHU-GDU-MSS y Nº 073.02-2006-SGLHU-GDU-MSS; Que, con Resolución Sub-Gerencial Nº 262-2008- SGLAU-GDU-MSS, de fecha 12 de febrero del 2008 (fs.97 al 101), expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve Rectifi car el error material incurrido en la Resolución Sub-Gerencial Nº 2302-2006-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 27 de noviembre del 2006, al haberse consignado en el Segundo, Quinto y Sexto, Considerando; así como, en el Primero, Segundo y Tercer Artículo, la Ordenanza Nº 259-MSS, no correspondiendo citarla; Que, mediante Informe Nº 154-2008-MML-GDU- SPHU-DRD, de fecha 22 de mayo del 2008 (fs.109 al 111), la División de Revisión de Diseño de ésta Subgerencia manifi esta, que la presente Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Densidad Baja - RDB, del terreno de 2,563.28 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, mediante la Resolución Sub-Gerencial Nº 2302-2006-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 27 de noviembre del 2006 y su rectifi catoria, Resolución Sub- Gerencial Nº 262-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 12 de febrero del 2008, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 912-MML, Nº 341-MML y 836-MML; Que, con Informe Nº 235-2008-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 23 mayo del 2008 (fs.112 al 114), el Área Legal de esta Subgerencia manifi esta, que el terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana se encuentra inscrito en la Partida Nº 49082359, del Registro de Predios, de la Zona Registral Nº IX -Sede Lima (fs. 70 al 73); y que de acuerdo a la evaluación técnica detallada en el Informe Nº 154-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 22 de mayo del 2008 (fs.109 al 111), la presente Habilitación Urbana cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; por lo que, en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer La Conformidad de la Resolución Sub-Gerencial Nº 2302-2006-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 27 de noviembre del 2006 y su rectifi catoria Resolución Sub-Gerencial Nº 262- 2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 12 de febrero del 2008, expedidas por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño, del Área Legal y de la Asesoría de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 912-MML, Nº 341-MML, Nº 836-MML, Nº 812, Nº 916-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución Sub-Gerencial Nº 2302-2006-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 27 de noviembre del 2006 y su rectifi catoria Resolución Sub-Gerencial Nº 262-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 12 de febrero del 2008, expedidas por la Municipalidad Descargado desde www.elperuano.com.pe