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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2008 (20/07/2008)

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TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de julio de 2008 376511 Distrital de Santiago de Surco, que resuelve aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de Calzadas y Aceras, correspondiente a la Aprobación de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Densidad Baja - RDB, del terreno de 2,563.28 m², constituido por el Lote 03, de la Mz. F, de la Parcelación Semi-Rústica “El Derby de Monterrico”, ubicado frente al Jirón Emancipación (antes Calle Nº 1), en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con el Nº 010.01-2008-SGLAU-GDU-MSS y Nº 010.02-2008-SGLAU-GDU-MSS, en sustitución de los planos signados Nº 073.01-2006-SGLHU-GDU-MSS y Nº 073.02-2006-SGLHU-GDU-MSS, respectivamente. Artículo 2º.- NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA MARCAN S.A.; y a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3º.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planifi cación y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRE SubgerenteSubgerencia de Planeamiento yHabilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 228245-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban bases de sorteo público por pago de tributos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 07-2008-A/MC Comas, 11 de julio de 2008CONSIDERANDOQue, mediante Ordenanza Nº 265-C/MC de fecha 30 de junio de 2008 se autorizó para el viernes 01 de agosto de 2008 el sorteo público denominado: “PAGA TUS TRIBUTOS Y POR FIESTAS PATRIAS LLÉVATE UNA CAMIONETA DOBLE CABINA 4X2 NUEVECITA” para los contribuyentes del distrito de Comas, afectos al impuesto predial y arbitrios de limpieza pública, parques y jardines. Que, el Artículo Sexto de la Ordenanza indicada en el considerando precedente, autoriza al Alcalde de la Municipalidad de Comas, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las bases de dicho sorteo. Que estando a lo indicado y con las visaciones de los Gerentes de Administración Tributaria, Asuntos Jurídicos, Administración y Finanzas, Planifi cación y Presupuesto y la Gerencia Municipal; y, En uso de las atribuciones que confi ere el numeral 6 del Artículo 20º y segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 así como el Artículo Sexto de la Ordenanza Nº 265-C/MC. DECRETA:Artículo Primero.- Aprobar las bases del sorteo público denominado: “PAGA TUS TRIBUTOS Y POR FIESTAS PATRIAS LLÉVATE UNA CAMIONETA DOBLE CABINA 4X2 NUEVECITA” que en anexo al presente, forma parte integrante de este Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Las Gerencias de Administración y Finanzas, Planifi cación y Presupuesto, Administración Tributaria, Subgerencia de Informática y Estadística y la Unidad de Comunicación Municipal, son los responsables del cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíqueseMIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 228411-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Autorizan realización de Matrimonio Civil - Religioso Comunitario en el distrito ORDENANZA Nº 052- 2008-ALC/MLV La Victoria, 11 de julio de 2008El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAVisto en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 009-2008-CPPPAL/MDLV de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado, tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedad, acorde a lo dispuesto por el artículo 4º de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 233º del Código Civil, la regulación jurídica de la familia tiene por fi nalidad contribuir a la consolidación y fortalecimiento en armonía con los principios y normas proclamadas por la Constitución Política del Perú; Que, acorde a las funciones de carácter social y comunal que ejercen los gobiernos locales, es política de la actual gestión, promover la unión familiar a través de un matrimonio comunitario en el distrito, que permita fomentar y promover la formalización o regularización de las uniones de hecho de las parejas, contribuyendo así a fortalecer y consolidar la unidad familiar como cédula básica de la sociedad; En mérito a los fundamentos expuestos y en uso de facultades otorgadas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Distrital de La Victoria, por unanimidad y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA AUTORIZAN MATRIMONIO CIVIL - RELIGIOSO COMUNITARIO EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo Primero.- Autorizar la celebración del Matrimonio Civil - Religioso Comunitario a llevarse a cabo el día 8 de noviembre de 2008 a horas 10:00 a.m en el Salón Parroquial - Parroquia Nuestra Señora del Buen Consejo ubicada en el Parque 12 de octubre Nº 2020 - La Victoria. Artículo Segundo.- Disponer como único pago la cantidad de S/.80.00 Nuevos Soles (Ochenta 00/100 Nuevos Soles) el mismo que incluirá el pliego matrimonial, certifi cado médico prenupcial incluido el examen del VIH - Virus de Inmunodefi ciencia Humana, y derecho de ceremonia. Artículo Tercero. - Disponer la exoneración de los plazos legales para la celebración del Matrimonio Civil al que se refi ere el Artículo Primero de la presente Ordenanza.Descargado desde www.elperuano.com.pe