Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2008 (20/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de MORDAZA de 2008

Que, por Ordenanza Regional Nº 153-2006-Gobierno Regional Amazonas/CR, de fecha 15 de Setiembre del 2006, se establecio en ese entonces la nueva Estructura Organica del Gobierno Regional Amazonas vigente a la fecha, la misma que por efecto de las variaciones establecidas en la dinamica organizacional amerita su adecuacion, en concordancia con la Constitucion Politica del Estado, Ley MORDAZA de Descentralizacion, Ley de Gobiernos Regionales y demas normas Nacionales sobre la materia; Que, la nueva propuesta del Organigrama Estructural del Gobierno Regional, alcanzado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, obedece a la necesidad de adecuar la organizacion, a las funciones transferidas del nivel central a la fecha, con la finalidad de incorporarlas en el Reglamento de Organizacion y Funciones, para el adecuado ejercicio de las funciones acreditadas, acorde a la normatividad vigente; MORDAZA que servira para modernizar la gestion publica orientada a incrementar sus niveles de eficiencia, mejor atencion a la ciudadania y el uso racional de los recursos; comprendiendo esta nueva propuesta, que parte de la Estructura Basica, jerarquizada y delimitada funcionalmente, con la creacion, desdoblamiento y cambio de Unidades Organicas siguientes: a) la Secretaria General como Organo de Apoyo a la Presidencia Regional; b) la Oficina de Contrataciones y Adquisiciones, como Unidad Organica dependiente de la Oficina Regional de Administracion; c) Cambio de la denominacion de la Oficina de Administracion Financiera por la de Oficina de Contabilidad; d) Creacion de la Oficina de Administracion de Vehiculos y Maquinaria Pesada; e) Incorporar la Sub Gerencia de Promocion de la Inversion Privada, como organo dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico; f) Considerar la Sub Gerencia de Poblacion y Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades, como Unidad Organica dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social; g) Incluir la Sub Gerencia de Formacion Continua de Docentes e Investigacion Educativa, Ex-Centro MORDAZA, como Unidad Organica dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social; h) Desdoblar la Sub Gerencia de Estudios y Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura; i) Cambiar la Estructura Organica de las Gerencias Sub Regionales; j) Cambiar la denominacion de Agencia de Cooperacion Tecnica por Sub Gerencia de Cooperacion Tecnica; k) Crear la Sub Gerencia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos de Propiedad del Estado, como Unidad Organica dependiente de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Que, habiendose realizado los ajustes necesarios a la nueva propuesta del Organigrama Estructural del Gobierno Regional Amazonas, a cargo de la Unidad Organica competente, el Pleno del Consejo Regional, considera conveniente aprobarlo, debiendo dejar sin efecto la Ordenanza Regional Nº 153-Gobierno Regional Amazonas/CR, de fecha 15 de Setiembre del 2006, en el extremo que aprueba la Estructura Organica del Gobierno Regional Amazonas; Que, estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesion Ordinaria del 05 de Junio del ano en curso, mediante Acuerdo Nº 068-2008; y en uso de las facultades conferidas en los articulos 37º y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, se aprueba la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR la modificacion de la Estructura Organica del Gobierno Regional Amazonas conforme al Anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- PRECISAR que la cobertura de todo cargo de responsabilidad inherente a la Unidad Organica definida en la Estructura Organica que alude el anterior Articulo, debera coberturarse siempre que exista plaza debidamente presupuestada y financiada, caso contrario las funciones asignadas a dicha Unidad sera asumida por la jefatura inmediata o inmediata superior jerarquica. Todo acto en contrario conlleva a la nulidad de la accion de personal, sin perjuicio de las responsabilidades que la Ley establezca al (los) infractor (es). Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 153-Gobierno Regional Amazonas/CR, de fecha 15 de Setiembre del 2006, en el extremo de aprobacion de la Estructura Organica del Gobierno Regional y deroguese toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional.

Articulo Cuarto.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y otro de la Region, y disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional el integro del presente Reglamento. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 12 dias del mes de Junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI. Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas

POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 25 dias del mes de junio de 2008. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Amazonas 228114-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran en MORDAZA de reestructuracion y/o adecuacion a la Estructura Organica del Sector Salud de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2008-CR-APURIMAC EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC: POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA, en Sesion Ordinaria Descentralizada de fecha 24 de marzo del ano Dos Mil Ocho; y aprobadas las observaciones formuladas por el Despacho de la Presidencia Regional en Sesion Ordinaria de fecha 29 de MORDAZA del ano Dos Mil Ocho. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; Que, el Inciso 9.2 del Articulo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la autonomia administrativa es la facultad de organizarse internamente, asi como de determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad; Que, asimismo, conforme lo regula el Articulo 1º de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, el Estado Peruano ha sido declarado en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y obtener mayores niveles de eficiencia y construir un Estado Democratico, Descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Oficio N° 305-2008/DG-DISA-APURIMACII-AND, de fecha 11/03/08, la Direccion de Salud MORDAZA II (Andahuaylas), remite documentos solicitando se refrende la autonomia de la MORDAZA MORDAZA II para ser tratada en Sesion de Consejo Regional, proponiendo ademas, un proyecto de organigrama funcional en el cual desarrollan la creacion de una Sub Gerencia de Salud; Que, mediante Oficio Nº 308-2008-DG-DIRESAAPURIMAC, de fecha 10/03/08, la Direccion Regional de

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