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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de junio de 2008 373895 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan viaje de Presidente del JNE a EE.UU. para suscribir Memorando de Entendimiento con la Organización de Estados Americanos RESOLUCIÓN Nº 116-2008-P/JNE Lima, 10 de junio de 2008 VISTOS:El Memorando Nº 0212-2008-SG-ADM/JNE del Secretario General del Jurado Nacional de Elecciones, así como la Certifi cación Nº 0614-2008-GPDE/JNE expedida por la Gerente de Planeamiento y Desarrollo Electoral del Jurado Nacional de Elecciones, ambos de fecha 9 de junio de 2008, y; CONSIDERANDO:Que, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante el Acuerdo Nº 09068-001 de fecha 9 de junio de 2008, ha autorizado el viaje a la ciudad de Washington, Estados Unidos de Norteamérica, del señor doctor Enrique Javier Mendoza Ramírez, Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, del 11 al 14 de junio de 2008, con el propósito de que suscriba un Memorando de Entendimiento con la Organización de Estados Americanos (OEA); Que, la participación del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones en el evento referido en el considerando anterior, resulta de interés institucional específi co y converge con los esfuerzos que viene realizando nuestra Entidad para el mejoramiento de las funciones encomendadas por la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, además de contribuir a la promoción de nuestro sistema electoral, base de la estabilidad democrática y de la gobernabilidad de nuestro país, lo que constituye una acción de promoción de importancia para el Perú; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas ha elaborado una propuesta de asignación de viáticos y otros gastos, correspondiente al funcionario comisionado, la que obra en el expediente; asimismo, con la Certifi cación Nº 0614- 2008-GPDE/JNE, la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral del Jurado Nacional de Elecciones informa la existencia de crédito presupuestario, para la comisión de servicios de funcionario antes mencionado, en el presupuesto del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, aprobado para el Ejercicio Fiscal 2008, debiendo ser priorizado en el calendario de compromisos del mes de junio; En uso de las facultades conferidas a la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones, mediante el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Nº 134-2005/JNE, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así como la Ley Nº 29142; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conforme al Acuerdo Nº 09068-001 de fecha 9 de junio de 2008 del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, se autoriza el viaje del señor doctor Enrique Javier Mendoza Ramírez, Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, a la ciudad de Washington, Estados Unidos de América, del 11 al 14 de junio de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Jurado Nacional de Elecciones, con recursos ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : S/. 2,160.62 Pasajes aéreos, ida y vuelta,Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto : S/. 4,100.00 -------------- TOTAL : S/. 6,260.62Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 211209-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Rosaspata la apertura de libro de actas para la reinscripción de nacimientos RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 328-2008-JNAC/RENIEC Lima, 6 dfe junio del 2008 VISTO: el Informe N° 000352-2008/SGGTRC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de los Registros Civiles y el Informe N° 00119 -2008-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por la Primera Disposición Final de la Ley N° 26497, las Ofi cinas de Registro de Estado Civil a que se refi ere la Ley N° 26242, deberán continuar con el proceso de reinscripción; en cuya virtud, la ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Rosaspata, provincia de Huancané, departamento de Puno; ha solicitado autorización para reinscripción de diversos asientos registrales; Que, a través de los Informes del Visto, se ha evaluado positivamente la solicitud acotada, la cual cumple las condiciones que hacen viable autorizar el proceso de reinscripción, al haber confi rmado la inexistencia de los asientos registrales referidos, según la evaluación técnica y normativa de la Gerencia de Registros Civiles, por lo que corresponde a la Entidad aprobar lo solicitado, dada su condición de organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de la ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Rosaspata, provincia de Huancané, departamento de Puno; a fi n de que proceda a la reinscripción de los asientos efectuados en el denominado libro de nacimiento Nº 44 B, que contiene inscripciones efectuadas desde el 28 de noviembre de 1994 hasta el 26 de enero de 1996. Artículo 2º.- Autorizar a la Ofi cina referida, para la apertura de los libros de Actas correspondientes, a fi n de implementar el proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en el Registro del Estado Civil. Artículo 3º.- Los Libros de Reinscripción tendrán el mismo formato ofi cial, con la consignación expresa por selladura, del texto “Reinscripción – Ley Nº 26242 – 26497”, en la parte superior central del acta; debiendo, la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proveer Descargado desde www.elperuano.com.pe