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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de junio de 2008 374337 representado por las empresas y las organizaciones de base en representación de la sociedad civil; Que, tomando en cuenta la característica de la Agenda Ambiental enmarcada en el considerando precedente, así como su coherencia con lo prescrito en el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Agenda Ambiental Regional 2004-2005 fue aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 003-2004-REGION ANCASH/CR; Que, la indicada Agenda Ambiental, fue evaluada con participación de todos los actores y agentes comprometidos con su ejecución, en el período agosto-diciembre de 2005; obteniéndose como resultado un logro promedio aproximado de 60% de lo programado; Que, con posterioridad a la presentación de los resultados de la evaluación, los miembros de las CARs Costera y Sierra Ancash, iniciaron el proceso de elaboración del proyecto de la Agenda Ambiental Regional 2006-2007 mediante reuniones de trabajo y eventos participativos; el cual por el desfase mostrado en su formulación, se reajustaron las metas para el periodo 2007-2008, a través de compromisos directos y voluntarios de cada uno de los actores y agentes de la Agenda; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Leyes Nº 27902, Nº 28968 y Ley Nº 29053; y demás normas pertinentes, y de conformidad con el Dictamen Nº 003-2007-CR/CRNYGMA, de la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional de Ancash; y, estando a lo acordado por unanimidad en la sesión ordinaria llevada a cabo el día 13 de diciembre de 2007; ORDENA: Artículo Primero.- Aprobar la Agenda Ambiental Regional 2008, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar el seguimiento y la evaluación, de la Agenda aprobada mediante el artículo precedente, al Presiente del Gobierno Regional y al Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Artículo Tercero.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. EZEQUIEL D. NOLASCO CAMPOS Consejero Delegado del Consejo RegionalGobierno Regional de Ancash Huaraz, a los veintisiete días del mes de diciembre de 2007. POR TANTO: Mando se publique y cumplaDado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los veintiocho días del mes de diciembre de 2007 CESAR J. ALVAREZ AGUILAR Gobierno Regional de AncashPresidente 214284-1 GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Exoneran de procesos de selección la adquisición de licencia de software, fierro de construcción y la contratación de servicios de consultoría técnica ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 170-2008-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en Sesión de fecha seis de Junio del año dos mil Ocho, ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo, por tanto:CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º primer párrafo, de la Constitución Política del Perú establece textualmente: “Los gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia...”. Que, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cado por Ley Nº 27902, establece en el inciso a) del artículo 15º, respecto a las atribuciones del Consejo Regional que, este órgano de gobierno tiene como atribución aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, la Sub Gerencia de Obras mediante Memorando Nº 825-2007-GR CUSCO/GRI-SGO, solicita el licenciamiento para tres usuarios de software de dibujo y diseño asistido por Computador (CAD) sustentando dicho requerimiento en los trabajos sobre ejecución de obras viales y de infraestructura. Que, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que: “En los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la entidad podrá contratar directamente”. Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 146º del Reglamento de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, se requiere de, Informe técnico legal, esto es que el Acuerdo Regional que aprueba la exoneración del proceso de selección requiere de uno o mas informes previos que contengan la justifi cación técnica de la necesidad de la exoneración, contenida en este caso en el Informe Nº 1082-2007-GR CUSCO/ORAD-OASA, informe Nº 009-2008-REGION CUSCO/GRC/OFI, emitido por la Ofi cina Funcional de Informática, informe Nº 001-2008-GR CUSCO/GRI-SGO-1ER emitido por personal de planta de la Sub Gerencia de Obras y la justifi cación legal de la procedencia contenida en el Informe Nº 001-2008-GR CUSCO/ORAJ; Que, el Gobierno Regional de Cusco, en su condición de entidad pública, está obligada al cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en la Ley Nº 28162, ley sobre el Derecho de Autor, en cuanto al uso de software legal, siendo indispensable la adquisición de licencias. Que, la Ley Nº 28162, ley que norma el uso, adquisición y Adecuación del software en la administración pública, establece las medidas que permitan a la administración pública la contratación de licencias de software y servicios informáticos en condiciones de neutralidad, vigencia tecnológica, libre concurrencia y trato justo e igualitario de proveedores. Que, el Pleno del Consejo Regional en ejercicio de las atribuciones señaladas, ha aprobado emitir el presente; y por tanto: ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del Proceso de Selección por situación de Bienes que no admiten sustitutos, para la Adquisición de: Tipo y Descripción de bienes: Adquisición de Software Autocad civil 3D-2008. Valor referencial: S/. 511,987.11 Fuente de Financiamiento: Canon y Sobrecanon. Cantidad o tiempo que se requiere adquirir o contratar: 31 licencias. Dependencia u órgano encargado: Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. Artículo Segundo.- DISPONER que el presente Acuerdo Regional, se publique en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez días hábiles a su aprobación, así como se registre en el SEACE. Dado en Cusco a los seis días del Mes de Junio del año dos mil Ocho. MILTON BARRIONUEVO OROSCO Consejero Delegado 214773-2Descargado desde www.elperuano.com.pe