Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2008 (28/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 221

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema (COES). iii) No remitir la propuesta de Procedimiento Tecnico, dentro del plazo otorgado por el OSINERGMIN. EXPOSICION DE MOTIVOS

Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM, publicado el 3 de MORDAZA ultimo, se aprobo el Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema (COES), el cual senala en el Numeral 5.2 de su Articulo 5°, que el COES debe contar con una "Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos", elaborada y aprobada por OSINERGMIN, la cual incluira como minimo, los objetivos, plazos, condiciones, metodologia, forma, responsables, niveles de aprobacion parciales, documentacion y estudios de sustento. Dicha MORDAZA es relevante para determinar el procedimiento de aprobacion de los Procedimientos Tecnicos del COES, por parte del OSINERGMIN, contemplando los requisitos que debe contener la propuesta, etapas del procedimiento de aprobacion, entre otros. La "Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos", cumple con este objetivo. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 219167-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban la exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de transporte de datos para MORDAZA Metropolitana, intendencias regionales, oficinas zonales, intendencias de aduanas y puestos de control
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 108-2008/SUNAT MORDAZA, 26 de junio de 2008 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 005 -2008-SUNAT/2A0000, el Informe Nº 008-2008-SUNAT/2G3000 y el Informe Legal Nº 36-2008-SUNAT/2B2300 los mismos que contienen la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion. CONSIDERANDO: Que mediante el Memorandum Nº 145-2008-SUNAT/ 2A0000 de fecha 29 de MORDAZA de 2008, la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion remitio a la Intendencia Nacional de Administracion el requerimiento y el Informe Tecnico respectivo, con la finalidad que esta realice las acciones administrativas necesarias para garantizar la continuidad del servicio de transporte de datos a nivel nacional; Que a traves del Informe Tecnico Nº 005-2008SUNAT/2A0000, la Intendencia Nacional de Sistemas de la Informacion senala que es necesario garantizar la continuidad de los servicios de transporte de datos, para lo cual se deberan realizar las acciones administrativas, segun corresponda; Que de acuerdo a lo senalado en el mencionado Informe Tecnico, los servicios de transporte de datos se basan en una interconexion de las sedes de la SUNAT a nivel nacional para la transmision de informacion a traves de una linea de telecomunicaciones, con lo cual se brindan

los servicios tributarios y aduaneros a sus contribuyentes y operadores de comercio exterior. Por lo tanto, a traves de este servicio la SUNAT transmite informacion de datos, voz, video, y otras aplicaciones que requieren para sus funciones; Que con la finalidad de brindar continuidad a estos servicios, el 2 de octubre de 2007 la SUNAT convoco el Concurso Publico Nº 015-2007-2007-SUNAT-2G3100 para la contratacion del transporte de datos a nivel nacional, sin embargo este MORDAZA con fecha 6 de diciembre de 2007, fue declarado desierto; Que el MORDAZA consta de seis items, cinco de los cuales corresponden a procesos que derivan de los Concursos Publicos Nros 20-2004-SUNAT/2G3100 y Nº 24-2004-SUNAT/2G3100; el item 6 corresponde a un servicio nuevo; Que la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion senala que los servicios de transporte de datos se basan en la interconexion de las sedes de la SUNAT a nivel nacional para la transmision de la informacion a traves de una linea de telecomunicaciones, posibilitando ello que se brinden servicios tributarios y aduaneros a los contribuyentes y operadores de comercio exterior, transmitiendo voz, videos y otras aplicaciones; Que ahora bien, mediante el Informe Nº 011-2008SUNAT/2G3000 la Gerencia Administrativa senala que la MORDAZA convocatoria del Concurso Publico Nº 0015-2007-SUNAT/2G3100 se incluyo en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la SUNAT, y su calendario desde la convocatoria hasta el otorgamiento de la Buena Pro, comprendia el periodo del 10 de MORDAZA hasta el 13 de MORDAZA de 2008; Que asimismo, senala que el referido calendario no pudo cumplirse debido a que un participante solicito que las Bases y los actuados del MORDAZA fueran elevados al CONSUCODE, lo que motivo la paralizacion del MORDAZA de seleccion por un periodo de veintiocho (28) dias calendario. Estos hechos obligaron a reprogramar el MORDAZA de seleccion, habiendose otorgado la buena pro el 4 de junio de 2008; Que por otro lado, se senala que para la efectiva prestacion de los servicios se requiere de un periodo de implementacion, el mismo que esta establecido en las Bases del referido MORDAZA de seleccion; Que igualmente, informa que la SUNAT tiene contratado el servicio de transporte de datos a nivel nacional, segun el siguiente detalle:
MORDAZA EXO Nº 0021-2007-SUNAT/ 2G3100 - Primera Convocatoria - item 1 EXO Nº 0021-2007-SUNAT/ 2G3100 - Primera Convocatoria - item 2 Concurso Publico Nº 0020-2004SUNAT/2G3100 - MORDAZA Convocatoria - item 3 Concurso Publico Nº 00242005-SUNAT/2G3100 - Primera Convocatoria - item 1 Sintesis Enlaces de Metropolitana Fecha de culminacion MORDAZA 28 de junio de 2008

Enlaces de Intendencias 28 de junio de 2008 Regionales y Oficinas Zonales Enlaces de Puestos de 10 de MORDAZA de 2008 Control

Enlaces Provinciales 1 de agosto de 2008 de Centros de Servicio, Intendencias de Aduana y Oficinas Remotas en provincias Concurso Publico Nº 0024- Enlaces Locales de Centros 28 de junio de 2008 2005-SUNAT/2G3100 - Primera de Servicio, Intendencias Convocatoria - item 2 de Aduana y Oficinas Remotas en provincias

Que en virtud a la proximidad de los vencimientos de los referidos contratos y a la importancia de caracter institucional que tiene el servicio, la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion solicito la ejecucion de las acciones necesarias con la finalidad de continuar el referido servicio; Que teniendo en consideracion el plazo legalmente establecido para la firma de los contratos, el referido periodo de implementacion y la eventual ocurrencia de alguna circunstancia imprevista, resulta evidente que no podra iniciarse el servicio a la fecha de vencimiento de los contratos vigentes; Que por los hechos expuestos, en el mencionado Informe de la Gerencia Administrativa se concluye que se generaria una situacion de desabastecimiento concreto

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