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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de junio de 2008 375189 Artículo 2°: Punto de SuministroBarra de Entrega y MediciónFactores Nodales de PotenciaFactores Nodales de Energía Horas PuntaHoras Fuera de Punta PIURAPiura Oeste 60 kV 1,0227 1,0232 1,0347 Piura Oeste 10 kV 1,0341 1,0323 1,0438 TALARATalara 13,2 kV 1,0295 1,0227 1,0332 Nueva Zorritos 60 kV 1,0920 1,0729 1,0839 CHICLAYOChiclayo Oeste 60 kV 1,0130 1,0292 1,0394 Carhuaquero 220 kV 0,9644 0,9889 0,9987 GUADALUPEGuadalupe 60 kV 1,0044 1,0325 1,0423 Guadalupe 10 kV 1,0155 1,0416 1,0515 TRUJILLOTrujillo Norte 138 kV 1,0055 1,0334 1,0437 Trujillo Norte 10 kV 1,0231 1,0479 1,0584 CHIMBOTEChimbote1 138 kV 0,9929 1,0179 1,0308 Chimbote1 13,8 kV 1,0356 1,0486 1,0618Chimbote2 138 kV 1,0483 1,0584 1,0718 HUALLANCAHuallanca 138 kV 0,9490 0,9752 0,9953 Huallanca 66 kV 0,9550 0,9803 1,0005Huallanca 13,8 kV 1,0068 1,0326 1,0539 PARAMONGAParamonga Nueva 60 kV0,9981 1,0052 1,0087 Artículo 2 º.- Aprobar las Bases para la Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Electronorte Medio S.A., Electronoroeste S.A. y Electronorte S.A., las mismas que como Anexo forman parte de la presente resolución. Artículo 3°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 219168-1 Aprueban la norma “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 476-2008-OS/CD Lima, 26 de junio de 2008CONSIDERANDO:Que, el literal b) del Artículo 13º Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica, determina como función de interés público del COES, la elaboración de los procedimientos en materia de operación del SEIN y administración del Mercado de Corto Plazo para su aprobación por OSINERGMIN; Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM, publicado el 3 de mayo último, se aprobó el Reglamento del Comité de Operación Económica del Sistema (COES), el cual señala en el Numeral 5.2 de su Artículo 5°, que el COES debe contar con una “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos”, elaborada y aprobada por OSINERGMIN, la cual incluirá como mínimo, los objetivos, plazos, condiciones, metodología, forma, responsables, niveles de aprobación parciales, documentación y estudios de sustento; Que, en este sentido, mediante Resolución OSINERGMIN N° 374-2008-OS/CD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 21 de mayo de 2008, y en cumplimiento del Artículo 25° del Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, se publicó el proyecto de Resolución que aprueba la norma “Guía de Elaboración Procedimientos Técnicos”; Que, en el Artículo 2° de la citada resolución, se otorgó un plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación, a fi n que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias, al proyecto de resolución publicado, a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria; Que, dentro del plazo establecido, se recibieron los comentarios y sugerencias de ENERSUR S.A., DUKE ENERGY EGENOR S. en C. por A. y EDEGEL S.A.A., los cuales, luego de analizados y revisados, corresponde la aprobación fi nal de la Resolución que aprueba la norma “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos”; Que, se ha emitido el Informe N° 296-2008-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica; y, en el Reglamento el Comité de Operación Económica del Sistema (COES), aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Apruébese la norma “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos”, que como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo ANEXO GUÍA DE ELABORACIÓN DE PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Objetivo El presente reglamento establece los objetivos, plazos, condiciones, metodología, forma, responsables, niveles de aprobación, documentación y estudios de sustento, que se deben cumplir en la elaboración y procedimiento de aprobación de los Procedimientos Técnicos. Artículo 2°.- Defi niciones Las palabras cuya letra inicial se encuentre en mayúscula, tienen el signifi cado que se asigna a continuación, o el que le otorga las normas que conforman el marco legal a que se refi ere el Artículo 3º. 2.1. Día (s).- Se refi ere a día (s) hábil(es), para el sector público y privado. 2.2. GART.- Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERGMIN, o la que lo sustituya. 2.3. Guía.- Guía de Elaboración Procedimientos Técnicos. 2.4. Ley.- Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica. 2.5. Observaciones.- Son las observaciones efectuadas por el OSINERGMIN a las propuestas de Procedimientos Técnicos presentadas por el COES. 2.6. OSINERGMIN.- Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería. 2.7. Procedimientos Técnicos.- Son los procedimientos en materia de operación del SEIN y administración del Mercado de Corto Plazo, a los que se refi ere el literal b) del Artículo 13° de la Ley. La propuesta del COES puede estar referida a la aprobación de un nuevo Procedimiento Técnico, o la modifi cación de uno ya existente. Cuando en el presente reglamento, se citen artículos o numerales sin indicar la fuente, se entenderán referidos a la Guía. Artículo 3°.- Marco Legal - Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, normas modifi catorias y sustitutorias. - Decreto Supremo Nº 009-93-EM, Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, normas modifi catorias y sustitutorias. - Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Descargado desde www.elperuano.com.pe