Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2008 (08/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de marzo de 2008 5. 6. 7. 8. 9. 10. Compraventa de antiguedades Compraventa de objeto(s) de arte Compraventa de joya(s) Compraventa de piedras preciosas Compraventa de metal(es) precioso(s) Prestamo

NORMAS LEGALES
15. 16. 17. 18. Actividad de Construccion Actividad Inmobiliaria Actividades de juego: bingos, hipodromos y sus agencias, y otros similares Otra (Indicar) _____________________________ ________________________________________

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SECCION V.

DESCRIPCION DE LA OPERACION SOSPECHOSA

Describa los hechos en forma detallada, MORDAZA y cronologica. Indicar como se relacionan las personas que realizan la operacion o transaccion con terceros u otros agentes de la operacion Indique las caracteristicas de la operacion, indicios, o informacion complementaria que lo llevaron a calificarla como sospechosa. Identifique la(s) senal(es) de alerta aplicadas. Indique si la operacion sospechosa que se reporta guarda relacion con algun reporte anterior. Mencione cualquier MORDAZA u hecho adicional que pudiera contribuir al analisis de la operacion sospechosa que se reporta, vinculado a alguna actividad ilicita, al reportado o a las que celebraron el acto o contrato MORDAZA indicado. 27. Descripcion de la operacion sospechosa:

28. ¿Ha comunicado esta operacion a otra autoridad? De ser afirmativa la respuesta: Nombre de la autoridad: _______________________________ Fecha de la comunicacion: _____/______/_____ dd mm aaaa

NO

SI

Ley Nº 27693, modificada por las Leyes Nº 28009 y Nº 28306. Articulo 12.- Deber de Reserva, numeral 12.1. "Los sujetos obligados a informar a la UIF-Peru sobre las operaciones descritas en la presente Ley, asi como sus accionistas, directores, funcionarios, empleados, trabajadores o terceros con vinculo profesional con los sujetos obligados, bajo responsabilidad, estan prohibidos de poner en conocimiento de cualquier persona, entidad u organismo, bajo cualquier medio o modalidad, el hecho de que alguna informacion ha sido solicitada y/o proporcionada a la UIF-Peru, de acuerdo a la presente Ley, salvo solicitud del organo jurisdiccional o autoridad competente de acuerdo a ley o lo dispuesto por la presente Ley." Ley Nº 27693, modificada por las Leyes Nº 28009 y Nº 28306. Articulo 13.- De la exencion de responsabilidad de funcionarios. Numeral 13.1. "Los sujetos obligados por la presente Ley, sus trabajadores, directores y otros representantes autorizados por la legislacion, estan exentos de responsabilidad penal, civil o administrativa, segun corresponda, por el cumplimiento de esta Ley o por la revelacion de informacion cuya restriccion esta establecida por contrato o emane de cualquier otra disposicion legislativa, reglamentaria o administrativa, cualquiera sea el resultado de la comunicacion. Esta disposicion es extensiva a los funcionarios de la UIF-Peru, que actuen en el cumplimiento de sus funciones y a los funcionarios de otras instituciones publicas nacionales competentes para detectar y denunciar la comision de ilicitos penales que tienen la caracteristica de delito precedente del delito de MORDAZA de activos, con las que la UIF-Peru realice investigaciones conjuntas, asi como, a los Oficiales de Enlace designados por otras instituciones publicas que proporcionen informacion a la UIF-Peru para el cumplimiento de sus funciones."

ANEXO Nº 4 CONTENIDO BASICO DEL MANUAL PARA LA PREVENCION DEL MORDAZA DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO DE SUJETOS OBLIGADOS QUE CARECEN DE ORGANISMO SUPERVISOR SUPERVISADOS POR LA UIF-Peru (Literal c, numeral 10.2.3, Articulo 10º Ley Nº 27693) El Manual para la prevencion del MORDAZA de activos y del financiamiento del terrorismo tiene como finalidad que el sujeto obligado, su personal, su Oficial de Cumplimiento, asi como sus accionistas, directores, apoderados o representantes legales, tratandose de personas juridicas, dispongan de las politicas y procedimientos que deben ser observados, conteniendo por lo menos la siguiente informacion: 1. Politicas Los lineamientos generales establecidos en el Codigo de Conducta del sujeto obligado con el objetivo de prevenir el MORDAZA de activos y el financiamiento del terrorismo en la actividad o negocio que realiza. El codigo debe ser distribuido bajo cargo de recepcion, para su conocimiento y debido cumplimiento. 2. Mecanismos de prevencion con relacion al cliente y los trabajadores a) Criterios para establecer el conocimiento del cliente y del trabajador, conforme a la presente norma. b) Descripcion de la metodologia y procedimientos de obtencion y actualizacion de informacion del cliente. c) Sistema para evaluar los antecedentes personales, laborales y patrimoniales del personal. d) Senales de alerta para determinar conductas inusuales por parte del personal. e) Senales de alerta para la deteccion de operaciones inusuales y operaciones sospechosas. f) Mecanismos implementados para promover la capacitacion del personal, oficial de cumplimiento y el sujeto obligado cuando corresponda, en temas relativos a la lucha contra el MORDAZA de activos y financiamiento del terrorismo. g) Sanciones internas por incumplimientos del Codigo de Conducta, el Manual, el sistema de prevencion en su conjunto o las disposiciones legales vigentes.

3. Procedimientos de registro y comunicacion de operaciones a) Procedimientos de registro y conservacion de la informacion y documentacion requerida, conforme a la normativa vigente. b) Elementos que determinan el buen criterio del sujeto obligado. c) Formularios para el registro de operaciones y reporte de operaciones sospechosas. d) Procedimientos internos de consulta y comunicacion de operaciones inusuales y sospechosas. e) Procedimientos para el reporte de operaciones sospechosas a la UIF-Peru dentro del plazo legal. f) Procedimientos para atender los requerimientos de informacion de la UIF-Peru y demas autoridades competentes. 4. Revision del sistema de prevencion del MORDAZA de activos y financiamiento del terrorismo a) Funciones y responsabilidades del Oficial de Cumplimiento. b) Grado de dedicacion del oficial de cumplimiento, exclusiva cuando corresponda. c) Controles internos implementados para prevenir o detectar operaciones inusuales y sospechosas de MORDAZA de activos y financiamiento del terrorismo, asi como las operaciones o transacciones de mayor riesgo, conforme a la presente norma. d) En el caso de Oficial de Cumplimiento Corporativo, se debe indicar los mecanismos de consulta y comunicacion permanente entre los sujetos obligados que conforman el mismo grupo economico. 5. Legislacion aplicable en materia de prevencion de MORDAZA de activos y financiamiento del terrorismo*
1. Decreto Ley Nº 25475 2. Ley Nº 27693 3. Ley Nº 27765 4. D. S. Nº 018-2006-JUS 5. Ley Nº 29038 Ley que establece la penalidad para los delitos de terrorismo y los procedimientos para la investigacion, la instruccion y el juicio. Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru [Modificada por las Leyes Nº 28009 y Nº 28306] Ley Penal contra el MORDAZA de Activos Aprueba Reglamento de la Ley Nº 27693 Ley que incorpora a la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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