Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2008 (08/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

368435

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Postergan plazo para la MORDAZA de estudios tecnicos economicos que sustenten las propuestas de Fijacion de Peajes y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 198-2008-OS/CD
MORDAZA, 6 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante la Primera Disposicion Transitoria de la Resolucion OSINERGMIN N° 775-2007-OS/CD, se establecio que el Procedimiento para Fijacion de Peajes y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision (SST) y Sistemas Complementarios de Transmision (SCT), (en adelante "PROCEDIMIENTO"), correspondiente al periodo de vigencia 2009-2013, se inicie excepcionalmente MORDAZA del 01 de MORDAZA de 2008; Que, diversas empresas concesionarias solicitaron una prorroga para el inicio del citado MORDAZA regulatorio, debido a las modificaciones introducidas en el procedimiento de fijacion de Peajes y Compensaciones, la nueva ronda de comentarios al proyecto de resolucion que aprobaria la nueva version de la "Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision" y la reciente expedicion de nuevas normas complementarias de adecuacion al MORDAZA regulatorio de la transmision y procesos internos; Que, dado que la Resolucion OSINERGMIN N° 023-2008OS/CD, que aprobo la MORDAZA "Tarifas y Compensaciones para Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision", se ha publicado recien el 14 de enero de 2008, y no habiendose aun aprobado la version definitiva de la "Base de Datos de Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision"; se considero necesario que las empresas titulares de SST y SCT, cuenten con el tiempo suficiente para que sus propuestas tarifarias MORDAZA presentadas debidamente adecuadas a estas y otras normas complementarias que se han emitido para la regulacion de la transmision; Que, en ese sentido, se considero procedente conceder una nueva prorroga de dos (02) meses, del plazo establecido en la Primera Disposicion Transitoria de la Resolucion OSINERGMIN N° 775-2007-OS/CD, para el inicio del PROCEDIMIENTO, correspondiente al periodo de vigencia 2009-2013, lo que consecuentemente origino la necesidad de ajustar las etapas siguientes del mismo; Que, en cumplimiento de lo establecido en el Articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por D.S. 054-2001-PCM; mediante Resolucion OSINERGMIN N° 140-2008-OS/CD, publicada el 15 de febrero del 2008, se dispuso la publicacion del proyecto de resolucion respectivo y del informe que la sustento, otorgandose un plazo de 15 dias calendario contados desde la fecha de su publicacion para que los interesados remitan a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria sus opiniones y sugerencias a dicha prepublicacion; Que, dentro del plazo establecido para el efecto, se recibieron cartas de las empresas Southern Peru, Red de Energia del Peru S.A., Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. y Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A., mediante las cuales todas ellas manifiestan su conformidad con la postergacion por 60 dias del inicio del MORDAZA regulatrorio de los SST y SST; Que, conforme con lo senalado, corresponde expedir la resolucion mediante la cual el Consejo Directivo de OSINERMIN apruebe la postergacion, hasta MORDAZA del 01 de junio de 2008, del plazo establecido en la Primera Disposicion Transitoria de la Resolucion OSINERGMIN N° 775- 2007OS/CD, para la MORDAZA de los estudios tecnicos

economicos que sustenten las propuestas de Fijacion de Peajes y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision, correspondiente al periodo de vigencia 2009-2013; Que, se han elaborado el Informe N° 0114-2008-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° 0116-2008-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como, en sus respectivas normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Posterguese hasta MORDAZA del 1 de junio de 2008, el plazo para la MORDAZA de los estudios tecnicos economicos que sustenten las propuestas de Fijacion de Peajes y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision, correspondiente al periodo de vigencia 20092013, establecido en la Primera Disposicion Transitoria de la Resolucion OSINERGMIN N° 775- 2007-OS/CD. Articulo 2°.- Las etapas siguientes al inicio de la MORDAZA de los estudios tecnico economicos del procedimiento referido en el articulo precedente, son las mostradas en el Informe N° 0114-2008-GART, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

172913-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Institucionalizan el uso del logotipo e isotipo Nawpaqman MORDAZA de forma obligatoria en todas las Entidades y Dependencias del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2008-CR-APURIMAC
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC: POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA, en Sesion Ordinaria Descentralizada de fecha 6 de febrero del ano Dos Mil Ocho, llevada a cabo en la provincia de Aymaraes, teniendo como punto de agenda el siguiente: Proyecto de Ordenanza Regional que Institucionaliza el Uso del Logotipo e Isotipo NAWPAQMAN MORDAZA de forma obligatoria en todas las Entidades y Dependencias del Gobierno Regional de Apurimac;

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