Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2008 (29/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de marzo de 2008

YGP y Legal Nº 988-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/ SDAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la inscripcion y registro de dieciseis (16) memorias de solo lectura solicitadas por la empresa Aristocrat Technologies Inc, fabricadas por la misma empresa solicitante (Australia), segun el siguiente detalle: N° 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 REGISTRO A0007698 A0007699 A0007700 A0007701 A0007702 A0007703 A0007704 A0007705 A0007706 A0007707 A0007708 A0007709 A0007710 A0007711 A0007712 A0007713 CODIGO DE LA MEMORIA 0152168-U72 (U72) 0152168-U73 (U73) 0152168-U85 (U85) 0152168-U86 (U86) 0152169-U72 (U72) 0152169-U73 (U73) 0152169-U85 (U85) 0152169-U86 (U86) 0152197-U72 (U72) 0152197-U73 (U73) 0152197-U85 (U85) 0152197-U86 (U86) 0152198-U72 (U72) 0152198-U73 (U73) 0152198-U85(U85) 0152198-U86 (U86)

Que, de la evaluacion de la presente solicitud, se advierte que la Pontificia Universidad Catolica del Peru - Laboratorio de Certificacion ha cumplido con presentar la documentacion requerida para acceder a la renovacion de la calificacion otorgada por la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas; Que, asimismo, mediante Informe Tecnico Nº 1942007-MINCETUR/VMT//DGJCMT/SDAR-YGP, de fecha 12.10.2007, se deja MORDAZA sobre la verificacion de la capacidad tecnologica e infraestructura necesarios para la evaluacion tecnica de las maquinas tragamonedas y/o memorias de solo lectura; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27153, y normas modificatorias, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 969-2007-MINCETUR/VMT/ DGJCMT-SDAR y Tecnico Nº 194-2007-MINCETUR/VMT/ DGJCMT-SDAR-YGP, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la calificacion como entidad autorizada para expedir los Certificados de Cumplimiento de maquinas tragamonedas y/o memorias de solo lectura concedida a la Pontificia Universidad Catolica del Peru Laboratorio de Certificacion, segun el siguiente detalle:
L003 Laboratorio de Certificacion de la Pontificia Universidad Catolica del Peru Representante Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sobrevilla Rector de la PUCP Personas autorizadas para suscribir Ing. MORDAZA MORDAZA Munoz los Certificados de Cumplimiento Jefe del Laboratorio de Certificacion MORDAZA de origen Peru Registro Laboratorio autorizado

Registrese, notifiquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas 180676-9

Renuevan calificacion como entidad autorizada para expedir Certificados de Cumplimiento de maquinas tragamonedas y/o memorias de solo lectura concedida a la Pontificia Universidad Catolica del Peru - Laboratorio de Certificacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1139-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT MORDAZA, 23 de octubre de 2007 Vistos, el Expediente Nº 002255-2007-MINCETUR, de fecha 13.08.2007, presentado por la Pontificia Universidad Catolica del Peru - Laboratorio de Certificacion, en el que solicita la renovacion de la calificacion como entidad autorizada para expedir Certificados de Cumplimiento de maquinas tragamonedas y/o memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, y normas modificatorias, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0092002-MINCETUR, se regula la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el pais; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 11.2 de la Ley Nº 27153, y normas modificatorias, para la autorizacion y registro de modelos de maquinas tragamonedas y memorias de solo lectura se requiere previamente de la evaluacion tecnica de los modelos de maquinas tragamonedas y/o memorias de solo lectura efectuada por un Laboratorio de Certificacion autorizado por la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas; Que, por su parte el articulo 21º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece que los modelos de maquinas tragamonedas y memorias de solo lectura requieren para su autorizacion y registro de un examen tecnico ante una entidad autorizada para expedir Certificados de Cumplimiento; Que, para tal efecto, el articulo 22º del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece los requisitos que los solicitantes deben cumplir para acceder a la renovacion MORDAZA indicada; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 309-2003MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 6.05.2003, y Resolucion Directoral Nº 430-2005-MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 10.08.2005, se resolvio renovar la calificacion del Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru como entidad autorizada a expedir Certificados de Cumplimiento;

Articulo 2º.- La entidad autorizada debera observar las obligaciones establecidas en el articulo 24º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones administrativas a que hubiera lugar asi como cumplir cualquier otra obligacion derivada de la Ley, el reglamento y Directivas. Articulo 3º.- De conformidad con lo establecido en el numeral 1.16 del articulo IV de la de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", en aplicacion de los Principios de Veracidad y de Privilegio de Controles Posteriores, la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la informacion y/o documentacion presentada asi como el cumplimiento de las obligaciones exigibles a los laboratorios de certificacion contenidas en la legislacion que regula la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el pais. Articulo 4º.- De acuerdo con lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 0092002-MINCETUR, el plazo de vigencia de la calificacion otorgada por la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas es de dos (2) anos contados a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casinos y Maquinas Tragamonedas 180676-5

DEFENSA
Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29131 Ley del Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas
DECRETO SUPREMO Nº 004-2008-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29131 se promulgo la Ley del Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas;

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