Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2008 (29/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de marzo de 2008

77º de la Ley, debiendose observar adicionalmente las siguientes disposiciones: 1.- Solo son impugnables las Resoluciones y Papeletas de Arresto que ponen fin a la instancia. No cabe impugnacion de dictamenes, informes y de otros documentos del tramite administrativo. 2.- Los recursos de impugnacion, para su admision a tramite, deberan observar los requisitos de forma y tiempo, previstos en los articulos 73º y 75º de la Ley; en caso de incumplimiento de tales requisitos y/o de la extemporaneidad del recurso, el mismo sera declarado improcedente. 3.- Solo en caso de ser subsanable el defecto advertido, se concedera al impugnante el plazo de dos (02) dias habiles para su subsanacion, plazo durante el cual se interrumpira el plazo de prescripcion. Vencido el plazo MORDAZA mencionado, se tendra por no presentado el recurso interpuesto. 4.- Los recursos de reconsideracion interpuestos contra la imposicion de sanciones por infracciones leves seran resueltos en forma verbal, dejandose MORDAZA de su resultado al reverso de la Papeleta de Sancion. TITULO V PARTE FINAL Articulo 35º.- Medios preventivos Los medios preventivos a que se hace referencia en la Primera Disposicion Complementaria de la Ley, seran regulados y ejecutados por cada Institucion Armada, debiendo adoptarse las siguientes acciones: 1.- Dictado de academias en forma permanente en las Unidades y Dependencias, respecto a los temas abarcados por la presente Ley. 2.- Inclusion de los aspectos vinculados al regimen disciplinario en los contenidos educativos de los diferentes Centros de Formacion. 3.- Reconocimiento, a traves de Ordenes Internas de cada Unidad o Dependencia, de aquel personal que mediante su conducta contribuye a la MORDAZA del cumplimiento del deber y la dignificacion de las cualidades militares. 4.- Otros que el Comando de cada Institucion considere. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Vigencia y Aplicacion El presente Reglamento entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Las Instituciones Armadas adecuaran sus normas internas a la Ley Nº 29131 y al presente Reglamento, dentro de los treinta (30) dias calendario posteriores a su vigencia, dando cuenta al Ministerio de Defensa. Segunda.- Inspectoria General del Ministerio de Defensa La Inspectoria General del Ministerio de Defensa es el organo que ejerce la supervision, analisis e investigacion de las actividades operativas y disciplinarias de los organos y organismos del Sector en el ambito militar, por especial encargo del Titular del Sector. Las Inspectorias Generales de la Instituciones Armadas, mantienen relacion funcional con la Inspectoria General del Ministerio de Defensa y dependen de la Institucion Armada a la que pertenecen. En atencion a su naturaleza funcional, cumple labores de organo de investigacion preliminar o final, en cumplimiento de las disposiciones que sobre la materia emita el Ministro de Defensa. DISPOSICION FINAL Unica.- Registro de Sanciones A partir de la fecha de la vigencia de la Ley, todas las sanciones impuestas por infracciones leves, graves y muy graves, seran registradas en los Legajos de Personal correspondientes, debiendose aplicar los puntajes de demerito correspondiente para los procesos de ascensos. ANEXO 01
PAPELETA / ORDEN DE ARRESTO O AMONESTACION ............................................................... Unidad o Dependencia AL (Nombres y Apellidos del Sancionado): ......................................................... Grado: .................................................................................................................. Apellidos y Nombres: ........................................................................................... NSA/CIP: ..............................................................................................................

DEL: ..................................................................................................................... (cargo del superior que impone la sancion) MORDAZA DE SANCION: ............................................................................................ MOTIVO: ............................................................................................................. .............................................................................................................................. .............................................................................................................................. Amonestacion DURACION Y CLASE DE SANCION ....................... dias de simple ......................... dias de rigor INICIO DE LA SANCION: El ...... de ...............................del ......................... A las ................................................ Horas TERMINO DE LA SANCION: El ...... de ...............................del ......................... A las ................................................ Horas Lugar y Fecha : .................. de ........................ del ............................................ Grado: ................................................................. Vo. Bo. Apellidos y Nombres: ........................................ .............................................................................. ...................................... N.S.A/C.I.P:.......................................................... (Del Comando de UU/DD) ...................................................... Firma (Datos del superior que sanciona) Original: Interesado Copias : Legajo Personal Legajo Unidad

ANEXO 02
REVERSO SOLICITO SER ESCUCHADO SI MORDAZA DE ENTERADO Grado del Sancionado: ........................................................................ NSA/CIP del Sancionado: .................................................................. FECHA Y HORA : ............................................................................... FIRMA: ........................................... DNI: ................................................ (SOLO EN CASO DE INFRACCIONES LEVES) INTERPUSO RECONSIDERACION RESULTADO SI FUNDADO NO INFUNDADO HUELLA DIGITAL: NO

VºBº ............................................ (Del Comando de UU/DD)

ANEXO 03 INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCION DE LA PAPELETA DE SANCION Para imponer las sanciones de Amonestacion, Arresto Simple y Arresto de Rigor, se utilizara el formulario detallado en el Anexo 01, siguiendo las siguientes instrucciones: a. En el espacio Unidad o Dependencia, se consignara la Unidad en la cual el personal ha sido sancionado. b. En los espacios del termino AL se consignara los apellidos, nombres y NSA/CIP del personal sancionado. c. En el espacio DEL se consignara el cargo que esta desempenando el superior que sanciona. d. En el espacio MORDAZA DE SANCION, en la primera linea y con letras todas en mayusculas, se consignara la clasificacion de la falta y el MORDAZA de falta en que se ha incurrido conforme a los Anexos de la Ley. e. En el espacio MOTIVO, en la primera linea y con letras todas en mayusculas, se consignara la descripcion de la falta y los fundamentos de hecho. f. En el espacio DURACION Y CLASE DEL CASTIGO se consignara, en numero y letras, la duracion de la sancion. g. En el espacio INICIO DE LA SANCION se indicara el dia mes y ano y la hora en que se MORDAZA inicio a la sancion. h. En el espacio TERMINO DE LA SANCION se indicara el dia mes y ano y la hora en que se MORDAZA termino a la sancion.

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