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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de marzo de 2008 369637 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 317-2008-DE/SG Lima, 28 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 288, de fecha 17 de marzo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el Comando Sur de los Estados Unidos de América cada año fi scal auspicia algunos ejercicios de ingeniería, y de entrenamiento Combinado Conjunto de Acción Cívica Humanitaria denominados “Nuevos Horizontes”, tanto en América del Sur, América Central y en el Caribe; Que, personal militar y civil de los Estados Unidos de América realizarán coordinaciones logísticas y de seguridad para el desarrollo del Ejercicio Nuevos Horizontes el año 2008, en la ciudad de Ayacucho; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, entre el 1 de abril y el 25 de setiembre de 2008 para realizar coordinaciones logísticas y de seguridad para el desarrollo del Ejercicio Nuevos Horizontes 2008. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 181696-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a Colombia para parti-cipar en la Cuarta Ronda de Negociaciones para un TLC con los países del EFTA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 038-2008-EF Lima, 28 de marzo de 2008Visto el Ofi cio Nº 027-2008-PROINVERSIÓN/DEA- OAJ, del Director Ejecutivo Adjunto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, sobre autorización de viaje.CONSIDERANDO: Que, del 1 al 4 de abril de 2008, se desarrollará en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, la Cuarta Ronda de Negociaciones para un Tratado de Libre Comercio (TLC) con los países del European Free Trade Association -EFTA- (Suiza, Noruega, Liechtenstein e Islandia); Que, dicha Ronda tiene por objeto la conclusión de temas, como son: la no aplicación de la cobertura del capítulo de Servicios y del Anexo de Servicios Financieros a las actividades o servicios de planes de retiro de seguridad social, el derecho de aplicación de instrumentos normativos para aprobar nuevos servicios, los requisitos de autorización en servicios transfronterizos y terminar de negociar los Compromisos Específi cos de liberalización de servicios fi nancieros iniciada en Bruselas; Que, mediante Fax Nº 002-2008-MINCETUR/VMCE, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación de funcionarios de PROINVERSIÓN, cuya presencia sea requerida por los distintos grupos de negociación; Que, se ha designado al señor Carlos Alberto Herrera Perret, Jefe de Tratamiento de Inversión y Cooperación Internacional de PROINVERSIÓN, para que participe en la mesa de negociación de Inversiones, los días 1 al 4 de abril de 2008; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar el viaje del señor Carlos Alberto Herrera Perret, Jefe de Tratamiento de Inversión y Cooperación Internacional de PROINVERSIÓN, debiendo esta agencia de promoción asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Única de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29142 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Carlos Alberto Herrera Perret, Jefe de Tratamiento de Inversión y Cooperación Internacional de PROINVERSIÓN, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 31 de marzo al 5 de abril de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 554,35 Viáticos : US$ 1000,00Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y ComunicacionesEncargada del despacho de la Presidenciadel Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 181720-6