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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de mayo de 2008 372095 Visto: El petitorio de la Asociación de Vivienda Defensores de Marquez de Corpa, sobre la Aprobación de la Habilitación Urbana Nueva para Uso Residencial de Densidad Media R3 del terreno de 10,831.50 m2. Constituido por el Lote Nº 4 (que formó parte del Lote A-1-4 y A-2-4) ubicado en el ex Fundo Marques de Corpa, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO:Que en el Informe Nº 811/2006-OAJ-MDCH de fecha 20.07.2006 la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que luego del análisis de los actuados es aplicable los dispositivos legales que se mencionan, Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas y su modifi catoria Ley Nº 27135 y que el procedimiento invocado por los accionantes se encuentra estipulado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta comuna, aprobado mediante Ordenanza Nº 056-MDCH. y que es menester precisar que los recurrentes deberán cumplir con la totalidad de los requisitos establecidos en los dispositivos aludidos a efectos de obtener la aprobación de su proyecto de Habilitación Urbana. Que la Sub-Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas emite el Informe Nº 1452/2007-GODU-SGCHU de fecha 25.07.2007, señalando que los administrados han cumplido con acompañar los documentos establecidos para el presente procedimiento en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad, que el terreno de 10,831.50 m2. se encuentra ubicado en un área de Estructuración Urbana V, área de características especiales en una Zona de Uso Residencial de Densidad Media R3, que realizada la inspección ocular que el caso requiere, se ha constatado que se trata de un terreno de topografía casi plana sin obras de Habilitación Urbana, sin ningún trazo de manzanas, lotes, vías que se describen en los planos del proyecto y que los aportes reglamentarios para Recreación Pública, SERPAR, Renovación Urbana, Ministerio de Educación y Otros Fines (Servicios Públicos Complementarios) serán redimidos en dinero, concluyendo que puede emitirse la resolución correspondiente al haber obtenido el Acuerdo en el cual se aprueba el Proyecto de Habilitación Urbana solicitada. Que la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de Chorrillos por Acuerdo Nº 03 tomado en la Sesión Nº 002-2007 de fecha 01.08.2007, acordó aprobar el Proyecto de Habilitación Urbana en Vía de Regularización para Uso Residencial de Densidad Media R3 del terreno de 10,831.50 m 2 constituido por el Lote Nº 04 ubicado en el ex Fundo Marquez de Corpa, en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Que estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas y su modifi catoria, la Ley Nº 27135, Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2005 Vivienda, Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, de conformidad con el Plano signado con el Nº 003-2007-MDCH-GODU-SGCHU. el Proyecto de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media “R3”, del terreno de 10,831.50 m2, constituido por el Lote Nº 4, ubicado en el ex Fundo Marques de Corpa, denominado Urbanización “Defensores de Marquez de Corpa” del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Asociación de Vivienda Marques de Corpa del Lote “4” para ejecutar en un plazo de 18 (diez y ocho) meses contados a partir de la fecha de recepción de la presente Resolución, las obras de Habilitación Urbana del terreno de 10,831.50 m2, cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano, División de Catastro y Habilitaciones Urbanas de acuerdo al siguiente cuadro de áreas y especifi caciones: Diseño.- Se basará en el siguiente cuadro detallado: ÁREA BRUTA : 10,831.50 m2. ÁREA ÚTIL : 8,054.16 m2.ÁREA VÍAS : 2,777.34 m2. Del área total de 10,831.50 m2. Corresponden al área útil 8,054.16 m2. Distribuidos de la siguiente manera:MANZANA Nº LOTES NUMERACIÓN ÁREA (m2.) 4-A 16 1 al 16 3,180.72 m2. 4-B 9 1 al 9 4,873.44 m2. Cuadro de Aportes Reglamentarios RECREACIÓN PÚBLICA 7% 758.20 m2. a redimir en dinero SERPAR 2% 216.63 m2. a redimir en dineroRENOVACIÓN URBANA 1% 108.31 m2. a redimir en dineroMINISTERIO DE EDUCACIÓN 2% 216.63 m2. a redimir en dineroOTROS FINES 2% 216.63 m2. a redimir en dinero Pavimentos.- Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub-Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de sub-rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m. mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un Índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse en capa de base afi rmada de 0.20 m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un Índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de ls tapas de buzones para aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que3 se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base de asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de fc = 175 kg/ cm 2, de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Los radios de los abanicos en las esquinas serán de 6.00 m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo los bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad fc = 175 kg/cm2 y de dimensiones 015 x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de calidad y acabado igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE-U.190 “ADECUACIÓN URBANÍSTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07.02.2001. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesionaria Luz del Sur debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, los interesados deberán coordinar con la gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A. de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales de conformidad con el Art. 14 del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de Mazo de 1985. Artículo Tercero.- Los interesados para la aprobación de los proyectos de edifi cación y otorgamiento de Licencia de Construcción correspondiente deberán recurrir a la Municipalidad Distrital de Chorrillos. Artículo cuarto.- NOTIFICAR, la presente Resolución a los administrados.Descargado desde www.elperuano.com.pe