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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de noviembre de 2008 382755 30. Publicidad.- Toda forma de comunicación realizada por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, profesional, cultural, política o de cualquier otra naturaleza. 31.Publicidad exterior.- Es la actividad que se realiza por medio de anuncios, avisos o elementos publicitarios cuya área de exhibición es visible desde la vía pública o espacios de acceso público cuyo mensaje publicitario está dirigido a un público indeterminado. 32. Retiro municipal.- Es la distancia mínima oficial que debe existir entre el límite de propiedad y el límite de edificación de acuerdo a las normas de zonificación y parámetros urbanísticos vigentes. 33. Soporte o estructura.- Elemento (bastidor, parante, placa, etc.) sobre el cual se sostiene todo elemento de publicidad exterior. 34.Toldo.- Cubierta de lienzo, tela u otro material análogo no rígido que se extiende sobre la vía pública o retiro municipal y se sustenta, generalmente, en forma colgante de las fachadas de los inmuebles. 35.Ubicación del elemento de publicidad exterior.- Se refi ere a la instalación, pegado o adosado del mismo en un bien predeterminado, sea en un elemento fi jo o móvil. 36.Voceador - Jalador.- Persona encargada de anunciar a viva voz las actividades, características, promociones o cualquier referencia de un establecimiento comercial, que para dicho fi n o no haya sido contratada. 37.Volanteo.- Reparto de papeles, folletos impresos o productos a título gratuito, que se realiza en el interior de un local comercial o en la vía pública. 38.Zona monumental.- Son los sectores del distrito cuya fi sonomía debe conservarse, ya sea porque poseen valor urbanístico en conjunto, poseen valor documental histórico y/o artístico, o en ellas se encuentra un número apreciable de monumentos o ambientes urbano monumentales. Son declaradas por el Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Clasifi cación de los elementos publicitarios.- Por sus características físicas, los elementos publicitarios se clasifi can en: 1.Afi che, póster o cartel.- Elemento de publicidad exterior temporal impreso en una superfi cie laminar de papel, cartón o material similar, que se ubica en escaparates, mamparas o dentro de cajas luz o backlights. 2.Banderola.- Anuncio impreso en vinilo, tela u otro material análogo no rígido con un área total de dieciséis metros cuadrados (16.00 m 2) y dos metros (2.00 m) de ancho como máximo, que se cuelga de cada uno de sus extremos de algún elemento que lo sustenta sobre la fachada o paramento de una edifi cación. Sólo se autorizará en forma temporal. 3.Caja de luz o backlight.- Tipo de instalación en la cual el afi che, póster o cartel es iluminado desde el interior por una fuente de luz artifi cial. 4.Calcomanía o sticker. - Elemento de publicidad exterior temporal impreso en una superfi cie laminar adhesiva o de material similar, que se ubica en vitrinas o mamparas. 5.Cartelera.- Elemento fi jo de superfi cie plana, que se adosa a un paramento con la fi nalidad de instalar afi ches, posters o carteles de propiedad municipal. 6.Elemento de publicidad exterior en poste propio.- Anuncio soportado en estructura anclada al piso que puede contar con uno o dos parantes que sostiene el o los elementos de publicidad exterior, pudiendo ser de una o dos caras. 7.Elemento de publicidad exterior tipo bandera.- Elemento de publicidad exterior de una o dos caras sujeto a la fachada de los inmuebles de forma perpendicular a ésta. 8.Escaparate o vitrina.- Ventana u hornacina con cierre transparente ubicada en la fachada o paramento de locales comerciales, industriales o de servicios, y que sirve para exponer mercancías o exhibir los elementos de publicidad exterior.9.Gigantografía.- Anuncio temporal confeccionado sobre material de vinilo o material no rígido similar que posee un área total superior a los dieciséis metros cuadrados (16.00 m 2) o más de dos metros (2.00 m) de ancho, y con un máximo de ochenta metros cuadrados (80 m2). Sólo se autorizarán en forma temporal. 10. Globo aerostático anclado.- Elemento cuyo mensaje publicitario se presenta en un material fl exible, lleno de un gas ligero incombustible que se eleva y mantiene equilibrio en la atmósfera, el cual deberá ser anclado a superfi cie fi ja. 11. Letras recortadas.- Anuncios constituidos por letras, números o símbolos independientes entre sí, que se adosan una por una a los paramentos del inmueble, sin impedir que se distingan los elementos arquitectónicos de la edifi cación y los colores de fondo de fachada. El área que ocupan se determina a través de un rectángulo imaginario que incluye todo el mensaje publicitario. 12. Marquesina.- Es la estructura portadora del mensaje publicitario que se coloca sobre el elemento arquitectónico que sobresale y forma parte de la edifi cación, cubriendo parte de la vía pública, y que no permite construcción alguna en la parte superior. 13.Paleta publicitaria.- Elemento autoportante de estructura simple de dos caras, con o sin soportes. 14.Panel.- Elemento de publicidad exterior constituido por superfi cies rígidas, autoportante o sostenido por parantes simples o adosados a las fachadas o paramentos de los inmuebles. 15.Panel monumental.- Es el elemento de publicidad exterior, mayor de treinta metros cuadrados (30 m 2), que requiere de una estructura especial que se sostiene en dos o más puntos de apoyo, y que debe calcularse técnicamente y ser construido de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edifi caciones (RNE) y demás normas técnicas aplicables. Requiere dictamen aprobatorio de la Comisión Técnica Califi cadora de Proyectos para su autorización. Si el panel monumental cuenta con una o más caras y es sostenido en un punto de apoyo, se denomina panel monumental unipolar. 16. Pasacalle.- Elemento de publicidad exterior semejante a la banderola, pero que se ubica en la vía pública y se sujeta generalmente de los postes de alumbrado público. 17.Placa.- Superfi cie de metal, material acrílico u otro de tipo rígido que contiene grabados o impresos, adosada a la fachada de la edifi cación o al cerramiento frontal de la misma. 18.Tipo corona. - Es aquél que se ubica en el remate del último piso de una edifi cación sin rebasar los límites del plano de fachada por cualquiera de sus lados. Requiere de una estructura especial que se sostiene en más de dos puntos de apoyo y se construye de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edifi caciones, pudiendo ser simple, luminoso o iluminado. Para su autorización deberá contar con dictamen aprobatorio de la Comisión Técnica Califi cadora de Proyectos. 19. Tótem o monolito.- Estructura autoportante anclada al piso de relación ancho – alto de 1 a 3, con uno o más mensajes publicitarios y de una o más caras. Requiere dictamen aprobatorio de la Comisión Técnica Califi cadora de Proyectos para su autorización. 20.Valla publicitaria.- Elemento cuyas características son iguales a las de una cartelera, pero que es de propiedad privada. Sólo puede ser instalada en los cercos autorizados en la presente Ordenanza y requiere dictamen aprobatorio de la Comisión Técnica Califi cadora de Proyectos para su autorización. 21.Volumétrico.- Elemento de publicidad exterior fi jo o giratorio, soportado en uno o más parantes y conformados por objetos o volúmenes de dos o más caras. Por sus características técnicas, los elementos publicitarios se clasifi can en: 1.Especiales.- Son aquellos que emiten publicidad mediante medios mecánicos, eléctricos o electrónicos. 2.De proyección.- Son aquellos que se efectúan mediante el empleo de rayos de luz emitidos por equipos de proyección en determinadas superfi cies sólidas, líquidas o gaseosas, sea en la vía pública, en las zonas exteriores de la propiedad privada o en recintos cerrados.Descargado desde www.elperuano.com.pe