Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de noviembre de 2008 383002 Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTOFecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 02 de setiembre del 2009 Segunda Inspección anual del taller 02 de setiembre del 2010 Tercera Inspección anual del taller 02 de setiembre del 2011 Cuarta Inspección anual del taller 02 de setiembre del 2012 Quinta Inspección anual del taller 02 de setiembre del 2013 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del T aller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º .- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTOFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 15 de agosto del 2009 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 15 de agosto del 2010 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 15 de agosto del 2011 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 15 de agosto del 2012 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 15 de agosto del 2013 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4° .-La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.JULIO CÉSAR CHÁVEZ BARDALES Director GeneralDirección General de Transporte Terrestre 272481-1 VIVIENDA Aprueban transferencias financieras del Programa Agua Para Todos a favor de SEDALIB S.A. y de la Municipalidad Provincial de Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 702-2008-VIVIENDA Lima, 4 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688- 2007-VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fiscal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4° de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9° de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúa mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, el último párrafo del numeral 9.4 antes citado, precisa que cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, según su capacidad operativa, se realice por Administración Directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, el numeral 2.3 del artículo 2° del Apéndice “Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 - Ley Nº 29142”, aprobado por Resolución Directoral Nº 049-2007-EF/76.01, establece que para efecto de las transferencias fi nancieras que se efectúen en el caso de los proyectos a ser ejecutados por Administración Directa a que hace mención el último párrafo del numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142, no es de aplicación el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras dada la naturaleza de proyectos que se ejecutan a través de Administración Directa; dichas transferencias se sujetan a lo dispuesto en el Convenio respectivo suscrito; Que, con fecha 22 de setiembre de 2008 se suscribió el Convenio Específico entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad S.A. – SEDALIB S.A. (en adelante el Convenio Específico), con el objeto de financiar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto “Ampliación Redes Agua Potable y Alcantarillado Sanitario Nuevo Santa Rosa – Baquia – Trujillo” con Código SNIP Nº 58321; asimismo el citado Convenio Específico tiene vigencia hasta la liquidación, transferencia y recepción de la obra; Que, mediante Informe Técnico Nº 674-2008/ VIVIENDA/VMCS/ PAPT-DE de fecha 22 de setiembre de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad S.A. – SEDALIB S.A., hasta por la suma de Treinta Cuatro Mil Doscientos Setenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 34 274,00) para financiar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto con Código SNIP Nº 58321; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Descargado desde www.elperuano.com.pe