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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de noviembre de 2008 384144 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Se toma conocimiento de la renuncia de miembros de Directorios de empresa en la que FONAFE participa como accionista ACUERDO DE DIRECTORIO 006-2008/019-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24° del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2000-EF y normas modifi catorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de ésta Empresa. Se comunica que, con carta de fecha 26 Julio de 2007 y 05 de Octubre de 2008, se ha tomado conocimiento de las renuncias al cargo de miembro de directorio de empresas en las que participa FONAFE, presentadas por las personas señaladas a continuación, agradeciéndoles por los servicios prestados durante el desempeño de sus funciones: NOMBRE DE RENUNCIANTE EMPRESA CARGO MARIO ARROSPIDE MEDINA EGEMSA DIRECTOR PASCUAL ARTURO BERNAL SALASSAN GABÁN S.A. DIRECTOR MARTÍN ALFONSO SIFUENTES PALACIOS Director Ejecutivo 284725-1 Designan miembro de Directorio de empresa en la que FONAFE participa como accionista ACUERDO DE DIRECTORIO N° 006-2008/019-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24° del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2000-EF y normas modifi catorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de dicha Empresa, asimismo la designación deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Se comunica que, por Acuerdo de Directorio 006- 2008/019-FONAFE, correspondiente a la sesión instalada con fecha 18 de Noviembre de 2008, se designó como miembro de directorio de empresa en la que FONAFE participa como accionista, a la persona que se señala a continuación: NOMBRE CARGO EMPRESASECTOR QUE PROPONE JOSE GUILLERMO QUIÑONES HULDISHDIRECTOR ELECTRO PERU S.A. MTPE MARTÍN ALFONSO SIFUENTES PALACIOS Director Ejecutivo 284725-2INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Exoneran de proceso de selección la contratación de suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Moyobamba RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 685-2008-INPE/P Lima, 24 de noviembre de 2008VISTO, el Ofi cio Nº 560-2008-INPE/21 recibido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica el 24 de noviembre de 2008, de la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín, que adjunta el Informe Técnico Legal Nº 017-2008-INPE/21.04 de fecha 14 de noviembre de 2008, suscrito por las Unidades de Administración y Asesoría Jurídica, por el cual solicita que se declare en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, internas y niños del Establecimiento Penitenciario de Moyabamba, e Informe Nº 309-2008-INPE/08 de fecha 24 de noviembre de 2008, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 017- 2008-INPE/21.04 de fecha 14 de noviembre de 2008, las Unidades de Administración y Asesoría Jurídica de la Oficina Regional Nor Oriente San Martín, refieren que con fecha 15 de junio de 2007 se suscribió el Contrato Nº 004-2007-INPE/19 para el “Suministro de raciones alimenticias para internos varones, mujeres y niños para el Establecimiento Penitenciario de Moyobamba”, con la señora Judith Tafur Pinchi, representante del Consorcio TAPIN, conformado por Jhon Carlos Pérez Tafur y Judiht Tafur Pinchi, el cual, por haberse ejecutado el monto total adjudicado, culminó el 27 de mayo de 2008. También señalan que al haberse producido este hecho se procedió a realizar una contratación complementaria al contrato, el cual, por haberse cumplido el plazo contractual, culminó el 27 de agosto de 2008; Que, ante esta situación y a fin de que no se produzca un desabastecimiento de las raciones alimenticias, la Oficina Regional Nor Oriente San Martín solicitó a la Presidencia del INPE la exoneración del respectivo proceso de selección por la causal de desabastecimiento inminente, por cuanto el otorgamiento de la buena pro de la Licitación Pública Nº 001-2008-INPE/21 para el “Suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Moyabamba”, convocada para el Año Fiscal 2008, había sido impugnado por el postor CEDAQUI EIRL y por el Consorcio PURA AMAYO SUCESOES SRL – EL ÑAÑO – ANA LUISA UYEJARA, a través del recurso de apelación interpuesto ante el Tribunal del CONSUCODE, por lo que el proceso de selección quedó suspendido; Que, en atención al pedido formulado por la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín, la entidad mediante Resolución Presidencial Nº 515-2008-INPE/P de fecha 27 de agosto de 2008, aprobó la exoneración del correspondiente proceso de selección por el período de cuarenta y un (41) días calendario y por el monto de S/. 64 288,00 nuevos soles, suscribiéndose el Contrato Nº 020-2008-INPE/21 con la empresa Almacenes Juniors Max EIRL; Que, sin embargo, al haberse ejecutado el monto adjudicado en el Contrato Nº 020-2008-INPE/21 sin que el CONSUCODE se pronunciara respecto al recurso de apelación, la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín solicitó nuevamente a la Presidencia del INPE la exoneración del respectivo proceso de selección por la causal de desabastecimiento inminente, el cual fue Descargado desde www.elperuano.com.pe